El recurso contó con un primer dictamen favorable del procurador Jorge Barraguirre. Sin embargo, se topó a poco de ello con una impugnación de los hermanos Mario y Néstor Deschi patrocinados por el abogado Domingo Rondina. A través del escrito, objetaron la habilitación del voto a partir de los 16 años y advirtieron que ello atentaría contra el texto mismo de la Constitución provincial que define la condición de elector a partir de los 18. Los planteos fueron y vinieron. En el devenir, el Tribunal emitió una resolución habilitando el Voto Joven, pero los mismos impugnantes habían dejado abierto el camino hacia la Corte para discutir la constitucionalidad de la medida. Este lunes, el TEP rechazó dicho planteo por lo que los impugnantes recurrirán ahora al máximo tribunal a través de la queja.