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POLÍTICA

El Poder Ejecutivo promulgó la norma

Licencia especial para estatales víctimas de violencia de género

Será de tres días con goce de haberes. Habrá un registro provincial encargado de estudiar y visibilizar la problemática.

Licencia especial para estatales víctimas de violencia de género Licencia especial para estatales víctimas de violencia de género

Miércoles 17.1.2018
 10:35
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Mario Cáffaro
mcaffaro@ellitoral.com

Tras idas y vueltas en Legislatura, el Poder Ejecutivo promulgó la norma que crea como causal de licencia laboral la violencia de género para las trabajadoras del Estado provincial en sus tres poderes, así como organismos autárquicos, descentralizados y empresas. La ley incluye a quienes acrediten la rectificación registral del sexo conforme la ley nacional 26.743, norma que estableció el derecho a la identidad de género de las personas.


“Es importante que se sancione esta ley de y que por ley podamos llamar a las cosas por su nombre, y visibilizar el problema dejando de esconderlo atrás de licencias psiquiátricas o vacaciones adelantadas”, señaló la diputada Mercedes Meier (Frente Social y Popular). La norma que lleva el número 13.696 apunta a promover y garantizar derechos en el ámbito laboral para las trabajadoras en situación de violencia de género.


La licencia definida por Legislatura es por un plazo de tres días hábiles, con goce de sueldo y sin requerir un mínimo de antigüedad en el cargo, reza el artículo 4.


En Diputados, la iniciativa de Meier -una de las impulsoras del tema- pretendía prorrogar dicha licencia hasta 90 días cuando así lo indicara la certificación emitida por organismos autorizados. El Senado recortó la posibilidad a tres días. La diputada de la izquierda santafesina señaló que “las modificaciones que se han hecho fueron en base a una profunda ignorancia sobre el tema. Se argumentó sobre puntos de vista estigmatizantes sobre los estatales, y particularmente sobre las trabajadoras estatales, y desde ya desde una visión machista”, afirmo. No obstante consideró importante “que se sancione esta ley y llamar a las cosas por su nombre, y visibilizar el problema”.


Meier acotó que “es una puerta para visibilizar este problema y para que puedan contar lo que les está pasando, es muy difícil para una mujer reconocer que sufre una situación de violencia y es por esto que a pesar de que esta ley está recortada en su articulado original, aceptamos aprobar este texto por todas esas mujeres que hoy están sufriendo violencia, por todas las trabajadoras que murieron víctimas de femicidio”.


Otros alcances


En otros artículos, dispone que la licencia entra en vigencia a partir de la comunicación de la situación de violencia ante las autoridades del área en la que presta servicio la trabajadora, debiendo en el plazo de 48 horas presentar la debida justificación emitida por la Subsecretaría de Políticas de Género, o un centro de salud con competencia específica para la atención y asistencia a las mujeres en situación de violencia.
Se advierte que “teniendo en cuenta las circunstancias del caso en concreto, la autoridad de aplicación debe requerir la previa instancia de acción penal”. También ordena al empleador preservar el derecho a la intimidad de la trabajadora en situación de violencia.


Pero además, el instrumento legal avanza en la necesidad de sistematizar la información para trabajar en el estudio y visualización de la problemática.


Así dispone que el organismo empleador deberá notificar por escrito, en soporte papel o electrónico, a la Subsecretaría de Políticas de Género del Ministerio de Desarrollo Social “toda licencia laboral por violencia de género en un plazo máximo de 24 horas desde su inicio, debiendo constar en la notificación el nombre completo de la trabajadora, su documento nacional de identidad, domicilio, teléfono de contacto y, una copia de la certificación por ella presentada. Esta última puede ser presentada por la trabajadora afectada: en un plazo máximo de 72 horas”.


La Subsecretaría en tanto, deberá disponer medidas de acompañamiento, seguimiento y abordaje integral de la situación de violencia de género de acuerdo a la complejidad del caso y además deberá crear un registro provincial de licencias laborales por violencia de género “con el objeto de proceder a su sistematización y facilitar el estudio y visualización de esta problemática”.

Sobre temas de salud


Entre las normas promulgadas en las últimas horas por el Poder Ejecutivo está la ley 13.687 que dispone que las personas carentes de recursos económicos que reciban tratamiento médico por patologías oncológicas gozan de la gratuidad en el transporte terrestre de pasajeros por el trayecto hacia y desde el hospital, servicio o centro de salud donde reciben las prestaciones médicas asistenciales correspondientes. El beneficio alcanza a su acompañante.


Se emplaza al Poder Ejecutivo a reglamentar la norma en no más de 60 días donde además deberá firmar los acuerdos necesarios con las empresas de transporte terrestre y definir una documentación identificatoria para el paciente “cuyo diseño y realización no debe implicar ningún tipo de discriminación ni costo para el paciente”.


También el Poder Ejecutivo promulgó la ley 13.679 que declara de interés provincial la atención integral de las personas que padecen el síndrome de fibromialgia y entre otras cosas ordena al IAPOS la cobertura total de las prestaciones a los afiliados que padezcan esta enfermedad.

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