La argumentación atribuye a los imputados haber realizado acciones de inteligencia prohibidas por la ley 25520, de Inteligencia Nacional. Esas acciones consistieron en obtener información, producir inteligencia y almacenar datos sobre personas por el sólo hecho de sus acciones privadas, opinión política, adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales o laborales y por actividades lícitas que desarrollan en la Provincia de Santa Fe.




































