Los senadores de la oposición exponen que “es preciso señalar también que esta nueva ley nace con un vicio en el debido proceso constitucional de formación y sanción de las leyes, vulnerando así el sistema de bicameralidad expresamente previsto por los artículos 44, 78 y 81 de nuestra Constitución Nacional, toda vez que en materia de biocombustibles esta Cámara había sancionado por unanimidad con 70 votos afirmativos la orden del día 374/2020 que disponía la prórroga del régimen vigente hasta el 31 de diciembre de 2024. Con lo cual, la Cámara de Diputados debió haber considerado dicho proyecto en su calidad de cámara revisora y no haber sancionado un proyecto nuevo como cámara de origen”.