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El caso de la pileta

La Corte analizará una demanda contra Colón

Fernando Mazas Cardamone tenía 17 años cuando quedó cuadripléjico al sufrir un grave accidente en la pileta del club en el verano de 2007.


Sábado 15.11.2014
 20:12
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De la Redacción de El Litoral

La Cámara de Apelación Civil y Comercial de Santa Fe -Sala I integrada-, admitió el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de un joven que demandó al Club Colón por haber quedado cuadripléjico al arrojarse a la pileta olímpica hace casi 8 años.

El abogado Carlos Marcuzzi confirmó que “esta parte fue notificada ayer a las seis de la tarde” de la resolución adoptada por la Cámara, a través de la cual accede a la revisión de la sentencia de segunda instancia por el órgano superior. El fallo, cuyos pormenores todavía no han sido conocidos por las partes, cuenta con los votos de las vocales María Cristina De Césaris -Sala II-, Nora Echarte -Sala III-, y la disidencia del Dr. Abraham Vargas -Sala I-.

Este último, junto con el ahora jubilado camarista Edgardo Saux, fue el que revocó la sentencia de primera instancia mediante la cual se obligaba al Club Colón a cubrir parte del daño sufrido por Fernando Mazas Cardamone (27), quien viene litigando desde 2009 en busca de un resarcimiento por una lesión irreversible.

La historia

“Esperamos que se haga justicia”, dijo hace medio año Ana María Cardamone, la mamá de Fernando. La mujer recibió con satisfacción la noticia y ahora concentra todas sus esperanzas en la interpretación que del caso pueda hacer la Corte provincial como última instancia de revisión.

El juicio por “daños y perjuicios” lo iniciaron los padres de un joven de 17 años, que quedó cuadripléjico tras arrojarse a la pileta del club Colón en el verano de 2007. El 10 de enero de ese año, el muchacho ingresó al complejo deportivo junto con un grupo de amigos, para hacer las fotos y la filmación previa para el cumpleaños de una quinceañera.

El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 4 -María Dolores Molina, Jorge Luis Piovano y Nora Gloria Abello- dictó sentencia el 28 de diciembre de 2012 haciendo lugar a la demanda parcialmente. Los magistrados entendieron que “existió culpa concurrente de las partes enfrentadas”, estipuladas en un 30% para la víctima y el 70% restante a la entidad deportiva y los concesionarios del natatorio -Carlos Naput y Carola Lovera-.

Colón apeló en 2013 mediante un recurso extraordinario que le fue denegado; y fue en queja directa a la Cámara de Apelación Civil y Comercial -Sala I- que el 31 de marzo de 2014 revocó el fallo -Edgardo Saux, Abraham Vargas y María Cristina de Césaris (en disidencia)-.

Derecho a la salud

El abogado de la familia Mazas Cardamone dijo entonces que el fallo de Sala atribuye “el supuesto de culpa exclusivo y excluyente” a la víctima, a quien le atribuye “una conducta suicida”. “Esta resolución viola incluso garantías constitucionales como lo es el derecho a la salud”, destacó el Dr. Marcuzzi. “La falta de asistencia, tratamiento y rehabilitación” para Fernando que “es un paciente de alto riesgo, pone en juego su derecho a la salud”.

En ese contexto, en abril de este año interpuso un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte provincial, que esta semana fue admitido por la Cámara.

En caso de que la Corte revoque el fallo de Sala, éste quedaría sin efecto y el expediente volvería al tribunal de origen para que se dicte un nuevo fallo. En caso contrario, no haría más que respaldar la sentencia de Cámara.

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