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Alerta sanitaria

Anmat prohíbe la venta, comercialización y consumo de tres salsas producidas en Rosario

La medida fue publicada en el Boletín Oficial para su cumplimiento inmediato.

Anmat prohíbe la venta, comercialización y consumo de tres salsas producidas en RosarioAnmat prohíbe la venta, comercialización y consumo de tres salsas producidas en Rosario

Jueves 12.12.2024
 10:13
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En una medida destinada a proteger la salud de la población, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió la Disposición 10989/2024, que prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización de tres productos alimenticios en todo el territorio argentino.

Esta decisión afecta a ciertas salsas dulces a base de jarabe de maíz y miel de las marcas La Carolina, San Isidro y Las Lilas. Los motivos principales son irregularidades en los registros sanitarios y la falta de garantías sobre la seguridad y calidad de los productos.

La investigación inicial

El proceso comenzó con una notificación de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA). En octubre de 2024, durante una inspección en un comercio de la localidad de Arroyo Seco, provincia de Santa Fe, se detectaron los productos investigados y se tomaron muestras oficiales para evaluar sus rótulos.

Los análisis realizados por el laboratorio de la ASSAL revelaron que los registros sanitarios consignados en los envases estaban vencidos o dados de baja:

El Registro Nacional de Establecimiento (RNE) Nº 21-009269 fue declarado inactivo en junio de 2022.

El Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) Nº 21-036648, correspondiente a la marca La Carolina, venció en septiembre de 2019.

El RNPA Nº 21-039213, asociado a la marca San Isidro, venció en noviembre de 2022.

El RNPA Nº 21-098979, relativo a la marca Las Lilas, expiró en septiembre de 2019.

Productos considerados ilegales

Dado que los productos presentan registros sanitarios vencidos o falsamente rotulados, no cumplen con la normativa vigente estipulada por el Código Alimentario Argentino (CAA) y otras leyes sanitarias. La ANMAT consideró que estas salsas no pueden ser identificadas de manera fehaciente y clara como provenientes de un establecimiento autorizado. Por lo tanto, se declararon ilegales y se prohibió su comercialización en todo el país.

Principales productos afectados

Los productos afectados por esta disposición son:

Salsa dulce a base de jarabe de maíz y miel – Marca: La Carolina

Elaborado por: RNE Nº 21-009269

RNPA: 21-036648

Lote: L18K21

Peso neto: 250g

Dirección: Ocampo 233, Rosario, Santa Fe.

Salsa dulce a base de jarabe de maíz y miel – Marca: San Isidro

Elaborado por: RNE Nº 21-009269

RNPA: 21-039213

Lote: L18K22

Peso neto: 250g

Dirección: Ocampo 233, Rosario, Santa Fe.

Salsa dulce a base de jarabe de maíz y miel – Marca: Las Lilas

Elaborado por: RNE Nº 21-009269

RNPA: 21-098979

Lote: L18K20

Peso neto: 250g

Dirección: Ocampo 233, Rosario, Santa Fe.

Medidas tomadas por la ANMAT

Ante estas irregularidades, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de estos productos en todo el país, incluyendo plataformas de venta en línea. También extendió la prohibición a cualquier producto que utilice los registros sanitarios RNE Nº 21-009269, RNPA Nº 21-036648, RNPA Nº 21-039213 o RNPA Nº 21-098979, dado que fueron dados de baja y su uso en rótulos constituye una falsificación.

Esta decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar la inocuidad de los alimentos disponibles para el consumo y evitar riesgos sanitarios asociados al consumo de productos sin trazabilidad ni controles adecuados.

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