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Fijaron pautas para la transición de autoridades

El intendente saliente deberá detallar cómo deja las finanzas del Municipio

Lo estableció por ordenanza el Concejo. En el traspaso de mando, el titular del Ejecutivo (a través de la secretaría general) tendrá que entregar al intendente electo informes sobre la situación financiera de cada una de las secretarías municipales, los procesos judiciales en los que el Estado local es parte, contrataciones y licitaciones. 

El intendente saliente deberá detallar cómo deja las finanzas del MunicipioEl intendente saliente deberá detallar cómo deja las finanzas del Municipio

Martes 14.5.2019
 12:32
Luciano Andreychuk
Luciano Andreychuk

Con una ordenanza sancionada por unanimidad, el Concejo estableció pautas claras para la transición de autoridades municipales —algo que faltaba y que no estaba regulado por normativa local—, luego de las elecciones generales del próximo 16 de junio donde se elegirá el nuevo intendente de la ciudad. La transición de autoridades se volvió así un proceso formal donde el intendente saliente (en este caso, José Corral) cederá el mando al nuevo titular del Ejecutivo que resulte electo.

La transición se iniciará el día de proclamación del intendente electo (es decir, una vez conocidos y ratificados los resultados del escrutinio definitivo por parte del Tribunal Electoral Provincial, TEP), y conforme la Ley Orgánica de Municipalidades (N° 2.756). Finalizará el día de la asunción del nuevo titular del Ejecutivo (el 10 de diciembre), pero “las disposiciones de la ordenanza son operativas y exigibles desde el momento de la proclamación”, deja en claro la ordenanza.

Lo interesante de esta normativa es que el mandatario saliente deberá entregar al intendente electo, a través del secretario/a general (que será la autoridad de aplicación de la ordenanza) una memoria detallada del estado de la Municipalidad en lo que respecta a cada área de gestión.

“El secretario general se asegurará de que los secretarios de las demás áreas de gestión hagan entrega a quienes los sucedan en el cargo información detallada sobre la nómina de autoridades y personal de planta permanente y transitoria u otra modalidad de contratación, incluyendo consultores, pasantes y personal contratado, detallando sus respectivas funciones y posición en el escalafón”, dice la nueva norma.

También, un informe con la situación financiera de cada una de las secretarías, instituciones, empresas si las hubiera, entes y auditorías realizadas; la situación de todos los procesos judiciales en los que el Estado Municipal sea parte o se relacione con su área de gestión; las contrataciones públicas, licitaciones, concursos, obras públicas, adquisiciones de bienes y servicios que están en curso o pendientes, “con la especificación de los objetivos, características, montos y proveedores; los informes de auditoría o evaluaciones internas o externas realizadas en el último año, con sus respectivas copias”, fija la norma.

Además, la gestión saliente (siempre a través de la secretaría General de Municipio, actualmente a cargo de la Dr. María Martín) deberá otorgar a la entrante “un inventario de bienes, depósitos, disponibilidades financieras y obligaciones exigibles; las normas propias del organismo vigentes al momento de la transición; los permisos, concesiones y autorizaciones otorgadas, y sus titulares, y la descripción de los servicios que el organismo brinda directamente al público”.

Finalmente, la información será pública dentro de los seis meses de haber asumido el gobierno municipal. En su último artículo —dice la ordenanza—, la secretaría general “enviará al Concejo y publicará en Internet” un “informe final del proceso de transición que contemple la información recibida del gobierno municipal anterior” al momento del traspaso de mando.

Transparencia

Quien impulsó la ordenanza (que esperó para su sanción varias sesiones) fue Ignacio Martínez Kerz (PJ), que es candidato a intendente. El edil aclaró que la norma es independiente de si el intendente saliente y el electo son del mismo color partidario, o este último de otro partido. “Eso es absolutamente irrelevante. Este texto pone pautas claras en términos jurídico-administrativos de la gestión que se entrega, y de cómo la gestión que asume tiene que conducir y garantizar la continuidad de las políticas públicas municipales”, le dijo a El Litoral.

Con las responsabilidades fijadas para la secretaría general (en la coordinación del período de transición) y de la entrega de información, “se dará mayor transparencia a la administración de Estado Municipal, pero al mismo tiempo se garantizará la continuidad de los servicios que debe prestar el Gobierno local para que no haya problemas, principalmente servicios públicos y obra pública en marcha”, añadió.

Lineamientos generales

La ordenanza procura establecer “parámetros claros y precisos para fortalecer el principio republicano y democrático de gobierno”, y “regular el período de transición de autoridades políticas en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal”, establece la ordenanza en su artículo 1°.

El período de transición de las autoridades políticas comprenderá “todas aquellas acciones que resulten necesarias para facilitar el cambio de administración, particularmente el suministro a las autoridades electas de toda la información sobre el estado de situación del gobierno municipal”.

La autoridad de aplicación será la secretaría General del Ejecutivo Municipal. La norma establece que el secretario general del gobierno municipal saliente tiene “responsabilidades tales como coordinar las acciones de transición; convocar a los representantes del gobierno municipal saliente y del gobierno municipal electo a las reuniones que ambas partes crean necesarias para facilitar la transición”.

También, “velar por el cumplimiento de todos los actos simbólicos de entrega de mando de conformidad con los usos, costumbres y protocolos vigentes”.

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