La Unión Europea avanzó con nuevas modificaciones vinculadas al Reglamento sobre Productos Libres de Deforestación (EUDR), una normativa que busca impedir el ingreso al mercado europeo de productos asociados a desmontes o degradación forestal.
La Comisión Europea presentó nuevas modificaciones y aclaraciones sobre el Reglamento de Productos Libres de Deforestación (EUDR), la normativa que regula el ingreso de materias primas y derivados al mercado europeo. Aunque las medidas simplifican obligaciones para empresas europeas, especialistas advierten que la carga de trazabilidad y control seguirá concentrándose en los países exportadores, entre ellos Argentina.

La Unión Europea avanzó con nuevas modificaciones vinculadas al Reglamento sobre Productos Libres de Deforestación (EUDR), una normativa que busca impedir el ingreso al mercado europeo de productos asociados a desmontes o degradación forestal.
Las actualizaciones fueron analizadas en un informe elaborado por la Bolsa de Comercio de Rosario, donde se destaca que, si bien las nuevas disposiciones alivian parte de la carga administrativa dentro de Europa, las exigencias sobre trazabilidad y control continúan recayendo principalmente sobre los países exportadores.
El reglamento, aprobado originalmente en 2023, alcanza a siete materias primas consideradas sensibles desde el punto de vista ambiental: ganado bovino, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera.
Durante diciembre de 2025 el Parlamento y el Consejo Europeo aprobaron una enmienda y solicitaron a la Comisión Europea una revisión simplificada del sistema. Como resultado, en abril y mayo de 2026 se difundieron nuevas aclaraciones, cambios normativos y herramientas digitales orientadas a facilitar la implementación de la normativa.
Sin embargo, el informe elaborado por Patricia Bergero y Julio Calzada sostiene que los cambios no modifican sustancialmente el esquema general de control y responsabilidad que establece la EUDR.
Uno de los cambios centrales consiste en reducir las obligaciones administrativas para operadores y comerciantes europeos que participan en etapas posteriores de la cadena comercial.
A partir de las modificaciones, la denominada Declaración de Diligencia Debida (DDD) deberá ser presentada únicamente por quien introduce por primera vez el producto al mercado europeo. De este modo, los actores posteriores de la cadena pasan a tener un rol más limitado, centrado principalmente en conservar información y referencias documentales.
Según el informe, esto simplifica considerablemente la operatoria dentro de la Unión Europea, especialmente para pequeñas y medianas empresas europeas y para operadores de países considerados de “bajo riesgo”.
Argentina, sin embargo, continúa catalogada como país de “riesgo estándar”, lo que implica mayores exigencias de control y trazabilidad para los exportadores nacionales.
En paralelo, la Comisión Europea presentó una propuesta para modificar el Anexo I del reglamento, donde se define qué productos quedan alcanzados por la normativa.
Para Argentina, la principal novedad aparece en la cadena bovina: se propone excluir del listado a distintos tipos de cueros y pieles bovinas. La fundamentación europea sostiene que la industria curtidora tiene poca capacidad de influir sobre la producción ganadera y, por lo tanto, un vínculo más débil con los procesos de deforestación.
No obstante, la carne bovina y el resto de la cadena ganadera continúan bajo las exigencias de la EUDR.
En el caso del complejo sojero argentino, el informe de la Bolsa de Comercio de Rosario advierte que las flexibilizaciones anunciadas tienen un impacto limitado.
La normativa continúa exigiendo sistemas estrictos de trazabilidad para garantizar que la soja y sus derivados no provengan de áreas deforestadas después de diciembre de 2020.
Entre las aclaraciones introducidas, la Unión Europea ratificó que sigue prohibido el llamado “balance de masa”, es decir, la mezcla de soja certificada con soja de origen desconocido o no verificado.
Esto representa uno de los mayores desafíos logísticos para el sector exportador argentino, debido a que la soja se comercializa principalmente a granel y bajo esquemas de almacenamiento masivo.
La reglamentación establece que, cuando se mezclen partidas provenientes de distintos orígenes en un mismo silo, el operador deberá poder identificar todas las parcelas involucradas desde la última vez que el depósito estuvo vacío.
El informe también destaca algunas flexibilidades parciales, como la posibilidad de realizar “declaraciones en exceso” en explotaciones agrícolas donde existe rotación de cultivos, o la opción de declarar únicamente las parcelas efectivamente sembradas con soja dentro de un establecimiento rural más amplio.
Otro aspecto relevante es el reconocimiento que la Comisión Europea realizó sobre plataformas digitales de trazabilidad desarrolladas en países productores.
En ese sentido, el documento menciona expresamente al sistema argentino VISEC, una herramienta creada para garantizar la trazabilidad de las exportaciones de soja y facilitar el cumplimiento de las exigencias europeas.
Más allá de las simplificaciones administrativas introducidas en Europa, el informe advierte que todavía no se evalúan plenamente los costos operativos que implica la segregación física y documental de mercadería en los países exportadores.
Los especialistas remarcan que la aplicación de la EUDR obliga a transformar parte de la logística tradicional de commodities en un esquema similar al de productos especiales con trazabilidad diferenciada, lo que incrementa significativamente los costos operativos.
Por ello, desde el sector agroindustrial consideran clave continuar las gestiones diplomáticas y técnicas para que Argentina sea recategorizada como país de “bajo riesgo”, una condición que permitiría reducir exigencias y facilitar el comercio con Europa.
Mientras tanto, el complejo exportador argentino continúa adaptándose a una normativa que, pese a las recientes modificaciones, mantiene intacto su objetivo central: exigir trazabilidad total y garantías ambientales para el ingreso de productos al mercado europeo.




