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ECONOMÍA

La reforma para regularizar el trabajo

La informalidad laboral se concentra en Pymes antes que en grandes empresas

Idesa sugiere una “debilidad del proyecto” oficial remitido al Senado, al no contemplar los factores que más inciden para que en las empresas más chicas la irregularidad sea “tan masiva”.

La informalidad laboral se concentra en Pymes antes que en grandes empresas
La informalidad laboral se concentra en Pymes antes que en grandes empresas

Martes 16.12.2025
 6:17hs
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Ignacio Hintermeister
Por: 
Ignacio Hintermeister
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Politica y Economía.

“La pregunta que cabe hacerse es si este proyecto de ley, tal como está concebido, podrá realmente motorizar un proceso masivo de formalización laboral”. Con ese interrogante abre el Instituto para el Desarrollo Social Argentino un análisis en el que sugiere “contemplar a las Pymes” para alcanzar el propósito.

El centro de estudios que dirige Jorge Colina repasa los datos del mercado laboral. “Según el INDEC, el 40% de los asalariados en empresas privadas son informales”.

Detalla que el 80% está en empresas con menos de 10 trabajadores; el 16% está en empresas con entre 10 y 100 trabajadores y el 4% restante está en empresas con más de 100 trabajadores.

Las micrempresas acumulan 80% del trabajo informal en la Argentina.

“Estos datos muestran que en las empresas más grandes la incidencia de la informalidad es marginal. La inmensa mayoría de asalariados informales trabajan en microempresas con menos de 10 trabajadores y una porción menor, aunque significativa, en empresas medianas con hasta 100 trabajadores.

“Considerando estas evidencias -sostiene- aparece como una debilidad del proyecto no contemplar los factores que más inciden para que en las empresas más chicas la informalidad sea tan masiva”.

Factores que inciden

Entre esos factores, Idesa señala “la imposibilidad de aplicar los convenios colectivos de actividad (originalmente diseñados en función de las necesidades de las empresas más grandes y actualmente obsoletos por el paso de décadas sin actualizarse) y las muy elevadas cargas sociales.

Las grandes empresas imponen convenios que las Pymes no siempre pueden cumplir. Crédito: Archivo El Litoral.

“En materia de negociación colectiva es recomendable establecer que los convenios colectivos de actividad no sean aplicables a empresas con menos de 10 trabajadores. Es decir, que los pequeños emprendimientos estén obligados a respetar solamente la legislación laboral (Ley de Contrato de Trabajo, jornada, salario mínimo, etc.) y nada más, sin aplicar el convenio colectivo de actividad”.

Más adelante expone que “esto debería ser complementado con la posibilidad a las empresas medianas de desengancharse del convenio sectorial y celebrar con sus propios trabajadores un convenio de empresa”.

En materia de cargas sociales “la manera más directa y menos costosa desde el punto de vista fiscal -según Idesa- de aliviar a las empresas más chicas es con un mínimo no imponible sobre la masa salarial para las contribuciones patronales.

“El Consejo de Política Social, organismo que forma parte del gobierno, propuso un mínimo no imponible a la masa salarial de $5.000.000 mensuales y estimó que su costo rondaría el 0,23% del PBI. Este es un costo fiscal que representa menos de la mitad del que demandará la constitución del Fondo de Asistencia Laboral para los despidos, que se estima en el orden del 0,5% del PBI”.

Concluye que de esa manera, “con un costo fiscal más acotado se podría aliviar sustancialmente los costos laborales de las micro y pequeñas empresas”.

Si bien el análisis reconoce del texto remitido al Congreso “muchas reformas que van en la dirección correcta”, advierte que “su principal debilidad es que no resuelve los principales problemas que sufren las empresas donde se genera el 80% del empleo informal.

Patricia Bullrich está al frente del proyecto oficial en el Senado.

“El Congreso puede suplir esta deficiencia permitiendo que las pymes tengan la posibilidad de quedar excluidas de los convenios colectivos de actividad y estableciendo un mínimo no imponible sobre la masa salarial para las contribuciones patronales. Combinadas, estas dos herramientas tienen la potencia suficiente para inducir una fuerte formalización laboral”.

Casi 200 artículos

El texto del proyecto de reforma “aborda una gran cantidad de cuestiones aclaratorias de la Ley de Contrato de Trabajo y leyes complementarias, nuevas reglas para el funcionamiento de la negociación colectiva y los sindicatos”.

Se destaca “la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) donde las empresas quedan obligadas a destinar un 3% de la masa salarial -que se neteará de las contribuciones patronales con destino a ANSES- para financiar parte de las indemnizaciones por despido”.

A ello se añade “un régimen de fomento a la contratación con reducción transitoria de contribuciones patronales para nuevos trabajadores, la posibilidad de un blanqueo de trabajadores y, sin relación con la cuestión laboral, ajustes sobre el sistema tributario”.

Idesa recuerda que “uno de los principales objetivos buscados con la reforma es promover la formalización laboral. Las expectativas en este plano llegan al punto de que se pospuso la reforma previsional asumiendo que la formalización de trabajadores que generará esta reforma laboral permitirá mejorar la situación financiera del sistema previsional”.

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