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Recomendación del Colegio de Ópticos

Advierten que anteojos pregraduados son ilegales y que resultan peligrosos

Están expresamente prohibidos por la legislación nacional y provincial, porque atentan contra la salud visual de la población, pero la irresponsabilidad de funcionarios nacionales permitió que estos elementos invadan nuestro país.


Jueves 21.5.2009
 19:26hs
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“Un comerciante que vende anteojos pregraduados para presbicia comete ejercicio ilegal de la medicina y suplanta con liviandad y sumo peligro la tarea de dos profesionales de la salud científicamente calificados”, sostiene un escrito el Colegio de Opticos de la provincia con el que intenta advertir sobre los riesgos que provoca el uso de anteojos sin prescripción médica.

Señalan luego que “no es por capricho que las leyes nacionales y provinciales disponen claramente que los problemas visuales deben ser diagnosticados por un médico oftalmólogo, y tampoco es antojadizo que otorguen a un técnico óptico la responsabilidad de confeccionar los suplementos visuales adecuados” y recuerdan que “estos profesionales dedican años de su vida a capacitarse para cumplir con sus importantes funciones dentro del sistema de salud. Todo esto se tira por la borda cada vez que alguien vende o compra anteojos “truchos’, pero no es lo único que se desecha. Cuando una persona utiliza suplementos inadecuados, elige deteriorar su vista. Las gafas dañadas pueden cambiarse, pero todavía no se fabrican ojos de repuesto”.

Los anteojos pregraduados -señala- “están expresamente prohibidos por la legislación vigente, tanto a nivel nacional como provincial, pero recientes decisiones de irresponsables funcionarios de organismos nacionales han abierto la puerta para que comerciantes inescrupulosos inunden el país con estos suplementos estandarizados y comiencen a venderlos en estaciones de servicio, kioscos, minimercados, supermercados y hasta en plena calle”.

Consulta al médico

En una presentación ante el Ministerio de Salud de la Nación, a fines del año pasado, el Consejo Argentino de Oftalmología explicó que “la venta de anteojos pregraduados trae como consecuencia que los usuarios eviten la consulta médica. La consulta al oftalmólogo para examen y prescripción debe ser previa a toda provisión de lentes de cualquier tipo, ya que en general cada ojo no ve igual que el otro y el centro óptico varía de una persona a otra. Además, el examen es la forma de detectar conjuntivitis, queratoconjuntivitis, queratitis, astigmatismo, presbicia, miopía, hipermetropía y enfermedades que no presentan síntomas como el glaucoma y los problemas de retina, así como otras patologías como el sida, la hipertensión arterial y la diabetes”.

Recientemente, el Colegio de Ópticos 1ª Circunscripción de nuestra provincia solicitó formalmente al gobierno santafesino que declare “inaplicable” una absurda resolución (“sin perjuicio de atacar su validez”) del Ministerio de Salud de la Nación dictada en agosto 2008, por una “incongruencia” que surge entre su artículo 4º y la legislación provincial.

Es que en el mencionado artículo de la Resolución Nº 857, la cartera nacional establece que “el despacho al público de los productos objeto de la presente reglamentación (anteojos pregraduados) deberá realizarse en aquellos locales autorizados al efecto, de acuerdo con la reglamentación vigente en cada jurisdicción”.

El Colegio de Ópticos asegura que en ese punto “surge la contradicción, toda vez que las leyes y reglamentos de la provincia de Santa Fe prohíben expresamente a las casas de óptica “la tenencia de anteojos correctores de cualquier naturaleza que no se acompañen con la correspondiente receta médica’ (art. 8 b del decreto Nº 3584/87 y 32.3.8 inc. B del decreto Nº 6030/91)”.

Los fundamentos

“De los expuesto, se deduce que el legislador santafesino ha querido resguardar la salud visual de la población, estableciendo un marco legal regulatorio rígido para hacer frente al avance de grupos multinacionales que priorizan sus intereses económicos por sobre cualquier otro noble interés. No caben dudas de que el bien jurídico tutelado por el contexto normativo es la salud pública”, sostiene la entidad que nuclea a los técnicos ópticos del centro-norte provincial.

Más adelante, sigue con la fundamentación: “Que cualquier firma comercial en forma indiscriminada y en contravención a la norma vigente, comercialice elementos de óptica (armazones, anteojos de sol, protectores, etc.), genera violación al marco legal. La transgresión surge diáfana, dado que estos comercios no se encuentran habilitados como casas de óptica, ni reúnen los requisitos que deben cumplimentar las mismas, por lo que no cuentan con habilitación ni fiscalización como tal, por lo que carecen de un regente técnico, profesional óptico con título habilitante, que de acuerdo a su ciencia practique los necesarios controles de calidad inherentes a la mercadería que se comercializa y el asesoramiento en las ventas, con la consecuencia gravosa, insistimos, de poder estar expendiendo elementos óptimamente imperfectos, los que pueden provocar daños en la salud”.

“Intentamos colaborar con los poderes públicos en la tarea de combatir el ejercicio ilegal de nuestra profesión, en conformidad con las facultades conferidas a nuestra entidad por la Ley provincial 10.726, en procura de salvaguardar la salud visual de la población santafesina”, asegura Roberto Izquierdo, presidente del Colegio de Ópticos 1ª Circunscripción.

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