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Para muestra basta un Ecuador

¿Por qué la proactividad de Pullaro deriva en "guerra"?

El término “guerra” contra el crimen organizado no se refiere a un enfrentamiento bélico entre naciones, pero sí hace alusión a lo que está en juego y es objeto de disputa: el territorio.

¿Por qué la proactividad de Pullaro deriva en "guerra"?¿Por qué la proactividad de Pullaro deriva en "guerra"?

Miércoles 10.1.2024
 20:55
Pablo Benito
Pablo Benito

Ecuador, ¿está lejos?

Durante el mismo período en el que el gobernador Pullaro enfrentaba nuevas amenazas y se veía obligado a exiliar a su propia familia para protegerla, estallaba un enfrentamiento armado en Ecuador entre grupos narcos y el gobierno, con operaciones dirigidas desde las unidades penitenciarias. Este episodio representa una nueva forma de intento de golpe de estado por parte de organizaciones criminales, altamente armadas y con una logística que supera incluso a la del propio Estado.

Esta situación pone de manifiesto la gravedad institucional de lo que sucede en Santa Fe y la magnitud del conflicto que enfrenta Maximiliano Pullaro. Durante su primer mes de gobierno, su enfoque hiperactivo desconcertó a las instituciones y, al mismo tiempo, dejó al descubierto la falta de capacidad de reacción frente al crimen organizado. Este último, cuya sede parece radicar en las cárceles, ha logrado extender su dominio sobre áreas urbanas y suburbanas

Narco Estado. Estado Narco

Contrario a lo que se podría suponer, el conflicto no surge en las cárceles, en el territorio, a partir de la decisión de un Estado que comienza a disputar el control del territorio, las calles y la ciudad, que actualmente están bajo el dominio de un ejército informal pero organizado. Este ejército tiene su propio gobierno, impone tributos y sus propias leyes, características que definen lo que se conoce como un Narco Estado.

El Gobernador de Santa Fe, al igual que el nuevo presidente de Ecuador, ha optado por una decisión política que busca recuperar el control del territorio, las calles y las esquinas mediante la presencia y acción del Estado. La Resolución 02 del Ministerio de Seguridad de Santa Fe, emitida tan solo 24 horas después de asumir el gobierno, trazó un rumbo claro. En el marco de la urgente necesidad de restablecer el servicio de seguridad pública en toda la provincia, se consideró esencial implementar medidas excepcionales. Estas medidas implicaban "bloquear e inactivar" durante tres meses las funciones administrativas de las Fuerzas de Seguridad y utilizar todos los recursos disponibles del área para ocupar el territorio. Además, se suspendió el uso de licencias de todo el personal por el mismo período

Shock

Lo que presenciamos los habitantes de Santa Fe en las calles, con el notable aumento de presencia policial en las ciudades, fue un gesto claro de determinación para optimizar los recursos disponibles y enviar un mensaje firme en el territorio. Por un lado, se buscaba cortar la cadena de mando, desarticulando la cúpula de "gobierno" que operaba desde la cárcel, ejecutando órdenes de varios líderes narcos que estaban privados de su libertad ambulatoria.

Paralelamente, una serie de leyes llegaron a la Legislatura, revolucionando completamente el sistema de persecución penal y desconcertando a sus actores: ministros, jueces, fiscales, defensores públicos, agentes de seguridad y otros involucrados, quienes se vieron sorprendidos por la firmeza de Pullaro al liderar verticalmente la lucha por la "recuperación" del territorio.

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El Poder Judicial expresó su descontento, respaldado por algunas ONGs financiadas por gobiernos anteriores, que se sintieron desplazadas al no haber sido consultadas, dado su papel de "garante de calidad institucional" en asuntos penales. Sin embargo, esta resistencia fue efímera, ya que pronto daría comienzo el receso judicial

Ley de Inteligencia

La Ley Provincial de Inteligencia establece el sistema para producir y gestionar información con fines preventivos del delito. El objetivo no es solo estar presente en las calles que dominan los grupos delictivos, sino también en sus residencias, bunkers, lugares de transacción financiera, instituciones financieras, y puertos donde operan. La decisión política de obtener información en los niveles más altos de estas organizaciones criminales permite al Estado no solo anticiparse a sus movimientos, sino también dificultar, en principio, la "comodidad" de una cadena de mandos que actualmente opera con impunidad.

Esta ley centraliza de manera vertical e institucional la gestión de información, otorgando esta responsabilidad a la Subsecretaría de Inteligencia Criminal. Esta entidad se encargará de la gestión y análisis de datos. Dentro de esta estructura operarán la Dirección Provincial de Información Patrimonial, que recopilará datos sobre actividades económicas delictivas, y se creará la Central de Inteligencia y Operaciones Especiales (CIOPE), cuyo propósito será sistematizar información para definir decisiones estratégicas

Servicio Penitenciario

Lo sucedido en Ecuador nos demuestra que la persecución penal no concluye una vez que el criminal está preso. En muchos casos, el individuo no deja de delinquir al ingresar a la cárcel y la tecnología ha logrado atravesar los muros, debilitando la solidez de las cadenas de mando y obstaculizando los esfuerzos por desarticular las bandas delictivas.

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La nueva Ley Orgánica del Servicio Penitenciario reemplaza a su predecesora, promulgada durante el último gobierno de facto. Además de incorporar principios propios del Estado de Derecho, reestructura el escalafón, otorgando mayor jerarquía a los agentes y profesionales, e incluso crea la carrera de Técnico y Licenciado en Seguridad Penitenciaria. Refuerza la capacidad de acción y respuesta mediante la creación del Grupo de Operaciones Especiales Penitenciarias (GOEP), especializado en la gestión de situaciones de alteración del orden legal y la contención de la violencia, lo cual resulta fundamental para la estructura penitenciaria.

Con estas medidas, el Servicio Penitenciario comienza un proceso de integración a una política de persecución penal en la cual ya no se limita a ser solo un custodio de "chicos malos". El Estado debe definir dentro de las cárceles su propia estrategia de aislamiento y reinserción social. No puede delegar estas funciones a grupos religiosos, la Pastoral Social o ONGs bien intencionadas. La formación, apoyo y mejora de la condición del agente penitenciario son fundamentales, dado que las cárceles se encuentran actualmente bajo el dominio del crimen organizado

Agencia de Medidas no Privativas de la Libertad

La Ley de la Agencia de Medidas no Privativas de la Libertad responde a la urgente necesidad de establecer un organismo especializado encargado de supervisar, evaluar y fomentar la efectiva implementación de medidas que restrinjan la libertad ambulatoria, sin recurrir a la prisión en centros de detención.

Esta Agencia se convierte en un pilar fundamental para consolidar un sistema de justicia más equitativo, humano y eficiente. Reemplaza al antiguo Patronato de Liberados, que había renovado solo su nombre, por una entidad jerarquizada encargada de supervisar a los condenados en la etapa final de cumplimiento de la pena, que incluye salidas temporales, libertad condicional y semilibertad. Además, la Agencia se responsabiliza de las personas sujetas a medidas restrictivas de libertad impuestas judicialmente, conocidas como alternativas a la prisión preventiva. Estas medidas buscan cumplir con el principio constitucional de presunción de inocencia, así como reducir la sobrepoblación carcelaria y garantizar juicios previos.

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La creación de esta Agencia resuelve una deuda pendiente de 10 años del nuevo procedimiento criminal en Santa Fe, obligando a enfrentar la realidad de manera directa. Al abandonar la prisión, un individuo que ha sido privado de su libertad puede reintegrarse a la vida social formal o sumarse al crimen organizado. Aquí se hace evidente la lucha por el territorio de una manera tangible

“Nuevo” Ministerio Público Fiscal

La modificación propuesta por el gobernador a la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal es directa y profunda. En primer lugar, otorga al ministerio público fiscal la verticalidad que le faltaba y que, sin duda, es crucial. Esta medida está alineada con los organismos de investigación que debe dirigir y solicitar asistencia, como los creados por la Ley de Inteligencia. Además, eleva el rol funcional de la Fiscalía General, quien ahora puede designar fiscales a cargo de agencias o unidades especializadas directamente bajo su dependencia y no bajo los fiscales regionales.

La Fiscalía General asume la responsabilidad de administrar el presupuesto, que presentará directamente al Poder Ejecutivo sin necesidad de pasar por la Corte Suprema. También se encarga de la organización y coordinación para lograr una investigación eficiente y una estrategia efectiva en la persecución penal en toda la provincia. Se elimina la Junta de Fiscales Regionales y se establece en su lugar el Consejo de Asesores Regionales

Ley de Ejecución Penal

La modificación incluye el establecimiento de un régimen para internos de alto perfil, hasta ahora respaldado por regulaciones puramente reglamentarias. Esta actualización garantiza que los procesos de libertad anticipada estén alineados con las normativas nacionales sobre libertad condicional y libertad asistida.

Además, se introduce la creación de la Cámara de Apelaciones de Ejecución Penal y Supervisión Carcelaria. Este organismo se encargará de concentrar las apelaciones relacionadas con la ejecución penal y los hábeas corpus

El paquete de reformas como “ingeniería”

Este sistema institucional ha sido diseñado para enfrentar la criminalidad en toda la provincia, infundiendo concentración, verticalidad y agilidad tanto en las secretarías y agencias de Seguridad y Justicia como en el Ministerio Público Fiscal. La meta es que este último sea proactivo y propositivo, al igual que todo el servicio de justicia en el ámbito penal, como ha enfatizado Pullaro.

Aún hay varios proyectos de reforma que se tratarán a partir de febrero. Estos incluyen la modificación del Código Procesal Penal, que eliminará la feria judicial en el fuero penal. Además, se abarcan la Ley Orgánica de la Defensa Pública, la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Ejecución de Penas de la Provincia. Estos proyectos buscan asegurar que los ciudadanos de Santa Fe tengan un Poder Judicial con una función institucional activa.

Este poder estatal debe permanecer atento a las violaciones de derechos y a la inseguridad, aspectos que estuvieron opacados por la negligencia política anterior. El objetivo es impulsar y respaldar medidas concretas en el diseño, implementación, financiación y evaluación de políticas criminales. En resumen, se busca un servicio de justicia activo, ágil, eficiente y que pueda justificar su presupuesto elevado.

#TEMAS:
Ecuador
Maximiliano Pullaro
Narcotráfico

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