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Reflexiones con vistas al futuro

Ruidos y molestias innecesarias en una nueva edición de "Música en la Laguna"

Por Manuel Víttori


Viernes 7.3.2014
 0:11
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Manuel Víttori

El sentido de esta nota no es evaluar la calidad de las bandas que fueron desfilando de viernes a domingo en la última edición de “Música en el Río”, en realidad “Música en la Laguna”, para ser más precisos y no ofender a nuestra Setúbal. Tampoco se trata de calificar o juzgar a los cerca de 150.000 santafesinos que entre esos días asistieron a una nueva edición del megarrecital. El tema es reflexionar sobre la pésima elección del lugar, sobre todo si se tiene en cuenta que la ciudad cuenta con grandes espacios abiertos -no tan alejados del centro pero sí de de zonas residenciales- donde se puede organizar este tipo de megaevento. Para eso existen la Costanera Este, el Parque Federal, los terrenos libres del ex puerto de Santa Fe recostados sobre la Av. Alem -digno escenario de las carreras del TC 2000-, los estadios de los clubes Colón y Unión y, también, el óvalo interior de la pista del Hipódromo de Las Flores y sus grandes instalaciones anexas. Alteraciones urbanísticas “Clampear”, en cirugía cardíaca, significa pinzar una vía hasta impedir la circulación de la sangre, como puede ser una gran arteria buscando una circulación alternativa a través de una bomba extracorpórea. En términos urbanísticos, eso mismo se hace cada vez que para armar los escenarios -cinco días antes de los eventos y hasta un día después de finalizado-, se “clampea” una gran arteria de circulación vehicular como la avenida Costanera creando tremendas congestiones de tránsito entre los vehículos que pretenden desplazarse desde la zona sur de la ciudad a la norte o viceversa y no encuentran vías alternativas suficientes. Si uno deja el auto en la vereda para bajar las bolsas del supermercado, es seguro que recibirá una multa por obstaculizar el tránsito de peatones. Lo mismo ocurrirá si se pone fuerte la música en una fiestita familiar, o se saca a deshora la basura, o se demora en entrar los materiales necesarios para una obra en construcción o para la reforma de una casa. Otra es la cuestión cuando el propio municipio es el que altera de manera alevosa el flujo del tránsito y llena de ruidos y molestias a todo un barrio residencial de características tranquilas y pacíficas, como lo debe ser un asentamiento de ese tipo y por el cual los vecinos pagan altos tributos. Violación de las normas vigentes Existen diversas normativas relacionadas con la polución acústica, a su vez vinculada con la calidad de vida. Algunas se refieren específicamente al ruido, y otras incluyen -como parte de una problemática más amplia- a las vibraciones y a la presión sonora que produce la música a alto volumen, capaces de afectar seriamente a las personas e impedir o interrumpir su merecido descanso. En primer lugar, está la legislación laboral, que protege directa o indirectamente al trabajador, para lo cual regula los niveles de exposición a ruidos (procurando limitarlos a valores seguros) y establece medidas de prevención. Luego existen las disposiciones ambientales, que protegen a la comunidad, y establecen límites sonoros en general muy inferiores a los laborales, ya que contemplan por ejemplo la tranquilidad y el descanso. En tercer lugar, se encuentran los reglamentos de habilitación, que enfocan los permisos para diversas actividades que involucren la producción de ruido, en este caso en los espectáculos públicos. Al respecto, para evitar la contaminación sonora y sus evidentes molestias, hay una serie de normas y recomendaciones emitidas por comités técnicos especializados pertenecientes a organismos nacionales e internacionales que, si bien no alcanzan el rango de disposiciones legales, suelen ser adoptadas en los textos de leyes, ordenanzas y reglamentos, debido a la autoridad técnica de la entidad en que se originan. La medición de los ruidos excesivos de una fuente fija se debe realizar de acuerdo con a la Norma Iram 4062/84 inc. 2.3.2 y el ruido de los vehículos se mide de acuerdo a la Norma Iram 4071/70. Después se fijan responsabilidades y penalidades para las respectivas infracciones. El Artículo 41 de la Constitución de la Nación Argentina (1994) garantiza el derecho a un ambiente sano y equilibrado a todos los habitantes y establece la obligación de preservarlo. El Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe (Ley Provincial Nº 10.703/91) establece en su artículo 65 penalidades para quien con ruidos o sonidos de cualquier especie o ejercitando un oficio ruidoso provocare molestias que excedieran la normal tolerancia. La ordenanza Nº 9.623/92 de la ciudad de Santa Fe, reguladora de los ruidos molestos prohíbe, al igual que la correspondiente ordenanza de Rosario, los ruidos innecesarios y excesivos, definidos de la misma manera, tanto para fuentes fijas como para vehículos. Algo similar ocurre con las ordenanzas de otras ciudades como Paraná, Rosario, Córdoba y Río Negro -por citar algunas-, que disponen una serie de medidas restrictivas en la planificación relativa a emplazamiento de eventos públicos o instalaciones ruidosas en inmediaciones de zonas residenciales, educativas, hospitales, etc. Del mismo modo, el Código Aeronáutico, en su Artículo 155 da derecho a reparación a las personas que sufrieren daños a causa de una aeronave en vuelo o del ruido anormal de aquélla. Falta de prevención y “daños colaterales” Es evidente que de todos los aspectos importantes que podría tener una normativa de cualquier especie, en este caso hay uno que está casi totalmente ausente e ignorado, tanto por los organizadores del megaevento “Música en el Río” como por la propia Municipalidad que lo autorizó: la prevención. Es decir esa serie de medidas técnicas y de estrategias que permiten anticiparse a los hechos consumados y ayudan no sólo a elegir mejor el lugar de realización sino a poder planificar un correcto modo de acción a fin de no alterar la normal circulación vehicular, adoptar un buen operativo de seguridad, controlar el abuso en el consumo de alcohol y drogas, no hacer pruebas de sonido antes de las 9 de la mañana o a la siesta y terminar temprano, entre tantas otras cosas. Está claro que la Costanera es de todos los santafesinos y no el territorio exclusivo de quienes tienen sus viviendas a lo largo de su traza. A pesar de esa obviedad, muchos pretendieron llevar la cuestión a una lucha de clases entre ricos y pobres cuando en realidad lo único que reclaman los vecinos, y con todo derecho, es que se cumplan las normas que regulan las actividades en un área residencial y que se respeten sus derechos. Es peligroso ideologizar la cuestión y pretender que los que tienen sus casas en la Costanera son cogotudos millonarios que viven encerrados en sus mansiones rodeados de perros de raza y mucamas de uniforme. También, que todos los que asistieron al megarrecital conforman una manga de vándalos y drogadictos. Pero si se organiza y convoca a unas 150.000 personas distribuidas en tres días en un ámbito no adecuado, con música a altísimo volumen que calienta la sangre y se le agrega una abundante oferta de bebidas alcohólicas diuréticas como la cerveza, es de esperar que a medida que pasan las horas -y superada la demanda de los insuficientes baños químicos- muchos de los presentes procedan a evacuar sus residuos líquidos y sólidos entre los autos estacionados, los jardines y las veredas. Previsible realidad a la que hay que sumarle la gran cantidad de basura que se fue acumulando en la zona durante el fin de semana. Otro tema que alarmó a muchos de los asistentes fue ver desde muy temprano a nutridos grupos de chicos y chicas fumando sus porritos; y a otros, más “pesados”, aspirando cocaína desde sus “moscas” sin ningún tipo de pudor, ante la casi nula presencia policial y la atónita mirada de otros jóvenes y de matrimonios con sus pequeños hijos. Tampoco se puede justificar que al abandonar el escenario natural donde se desarrolló el megaevento muchos lo hicieran con inusitada violencia dañando autos estacionados, doblando y quebrando los mástiles de los cestos de basura y varios postes con los nombres de las calles (el de Laprida y Chacabuco quedó tirado en un contenedor en Maipú y Laprida). Finalmente, y para que el padecimiento de los vecinos no concluyera, muchos amigos de lo ajeno, como ya es común en la Costanera al igual que en otros barrios de la ciudad, hicieron de las suyas. Así, los pibes chorros se quedaron en la zona, y a la madrugada se dedicaron a saltear tapiales y techos, forzar rejas con palancas y llevarse algunas cositas de recuerdo. Y los llamados al 911, ¡bien gracias!

La ciudad cuenta con grandes espacios abiertos -no tan alejados del centro pero sí de de zonas residenciales- donde se puede organizar este tipo de megaevento.

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