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POLÍTICA

La norma de excepción vencerá el mes próximo

El Poder Ejecutivo solicitó prorrogar solo una parte de la emergencia en seguridad

Es en lo pertinente a recursos humanos tanto para Policía como para Servicio Penitenciario e IAPIP. El ministro Cococcioni conversó el tema con la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados con la que se reunió el miércoles último.

El Poder Ejecutivo solicitó prorrogar solo una parte de la emergencia en seguridadEl Poder Ejecutivo solicitó prorrogar solo una parte de la emergencia en seguridad

Sábado 29.11.2025
 10:08
Mario Cáffaro
Mario Cáffaro
|

El Poder Ejecutivo remitió un mensaje a la Cámara de Diputados para solicitar el dictado de una ley que prorrogue una parte de la emergencia en seguridad pública que caducará el mes próxima. Es la parte referida al personal tanto de la Policía como del Servicio Penitenciario y del Instituto Provincial de Industrias Autárquicas (IAPIP).

La ley de emergencia pública dictada Ley 14.237, caduca el mes próximo y el ministro de Justicia y Seguridad, Pablo Cococcioni, anticipó el pasado miércoles a una comisión de la Cámara de Diputados que el objetivo es no tener más las facultades especiales para compras y licitaciones y solo mantener el capítulo relativo a recursos humanos.

Este viernes, en tanto, el Ejecutivo ingresó por Mesa de Entradas de Diputados el mensaje con el respectivo proyecto.

El régimen excepcional permitió reincorporar efectivos policiales en toda la provincia

Son cuatro los artículos de la iniciativa. "Declárase la emergencia en materia de recursos humanos de las fuerzas de seguridad comprendidos en el escalafón del personal Policial, del Servicio Penitenciario y del Instituto Autárquico Provincial de Industrias Penitenciarias, con los alcances específicos en esta materia previstos en la Ley 14.237, por el plazo de doce meses de promulgada la presente ley"

Agrega que "el Poder Ejecutivo podrá prorrogar por única vez y por igual plazo esta declaración si subsisten las circunstancias fácticas que lo motiven".

En el siguiente artículo pide prorrogar cuatro artículos de la norma aún vigente "a los efectos dar continuidad al régimen extraordinario de reincorporaciones y demás fines allí previstos".

El artículo clave dispone que la ley aplicable a los beneficios jubilatorios del personal reincorporado al servicio efectivo o que se reincorporen a partir de la vigencia de la presente con los alcances previstos en los artículos precedentes, se determinará de conformidad a la ley vigente a la fecha del primer cese de la prestación de servicios.

"A los fines del cálculo del haber de retiro se computarán los nuevos servicios prestados acorde a la situación de revista al momento del cese en el marco del presente régimen, pudiendo incrementar su porcentual, si hubieran obtenido ascenso durante este período", acota.

La Ley 14.237 declaró el estado de emergencia en Seguridad Pública facultando al Poder Ejecutivo a implementar medidas extraordinarias orientadas a reforzar las capacidades operativas, funcionales y estructurales de las fuerzas de seguridad, en respuesta a una situación de violencia de extrema gravedad.

El Poder Ejecutivo informa haber ejercido dicha facultad en el marco de la reincorporación de personal retirado a la Policía de la Provincia y al Servicio Penitenciario Provincial, en condiciones de celeridad, eficiencia y respeto por las garantías legales.

Cococcioni expuso ante Diputados la necesidad de sostener la emergencia en recursos humanos..

Explica luego el mensaje que transcurrido el plazo previsto "y encontrándose dicho régimen en plena ejecución y con consecuencias jurídicas consolidadas, se estima necesario otorgar continuidad normativa a dicha situación, a fin de preservar el vínculo jurídico con el personal ya reincorporado y mantener en funcionamiento los mecanismos extraordinarios que resultaron eficaces en el refuerzo institucional de la Policía y el Servicio Penitenciario.

Por último, señalan los considerandos que "la prórroga parcial responde exclusivamente a la necesidad de consolidar un régimen excepcional en materia de recursos humanos, sin introducir modificaciones a su alcance originario".

84 efectivos

Fueron los policías reincorporados a la fuerza en los dos años de vigencia de la emergencia y para los cuales se pide la continuidad del régimen de excepción.

Solo uno fue reincorporado al Servicio Penitenciario, según pudo saber El Litoral.

Polito destacó que la nueva ley reducirá falsas alarmas y optimizará el sistema 911.

Respaldo a la ley

Funcionarios del Ministerio de Justicia y Seguridad brindaron detalles sobre los alcances de la ley de regulación de las agencias de seguridad privada, sancionada por la Cámara de Diputados, sistema que se regía por un decreto del año 1991.

La norma sancionada tiene 70 artículos y comienza por regular la prestación privada de servicios de vigilancia, custodia y seguridad de personas y bienes por parte de personas jurídicas dentro del territorio de la provincia.

Uno de los puntos que se incluyen en la ley es que busca reducir el margen de falsas alarmas automáticas para optimizar los recursos del sistema de emergencias del 911 y los recursos policiales abocados al patrullaje en calle. "Es una herramienta que nos permitirá mejorar nuestros niveles de incidencia en los llamados con alarmas", aseguró el director provincial de Emergencias 911, Pablo Polito.

El funcionario ejemplificó que en Rosario "los llamados por alarmas consumen más de un 30 % de la operatividad policial en calle y en lo que va del año tenemos más de 150 mil llamados por alarmas, de los cuales solo 350 fueron incidencias", por lo que valoró que la ley recientemente sancionada permitirá "usar racionalmente el recurso policial en calle" ya que actualmente "llegan los llamados y no podemos no atenderlos porque puede estar ocurriendo un delito", por lo cual reconoció que la ley permitirá "medir las incidencias para que los móviles policiales no vayan a un lugar donde no haya novedad o no se sepa que sucedió".

La norma encarga la construcción de un registro de empresas, los tipos de servicios que pueden prestar así como las características que deben cumplir los titulares de las firmas y los empleados.

Además, cuenta con un capítulo sobre la prestación de servicios con usos de armas. "Es una ley marco que regula las alarmas y todo el sector de la seguridad privada, es decir, la seguridad física (vigiladores) y la seguridad electrónica", subrayó la subsecretaria de Articulación y Enlace con el Sector Privado, Karina Chumpitaz.

La funcionaria explicó, además que "lo primero que se hará será un registro para tener una competencia leal, conocer cuántos son los prestadores de monitoreo, de prestación de alarma en servicios privados en domicilios y las bancarias, para darle una profesionalización no solo a quienes trabajan dentro de la seguridad privada, sino también una certificación internacional y de estándar a lo que se utiliza como drones o totems".

Con esta nueva normativa se podrá sancionar a las empresas no registradas y beneficiar a las que cumplen, a los fines de proteger una competencia leal de mercado y fortalecer la seguridad privada como complemento de la seguridad pública y del plan de seguridad del gobierno provincial. "El fin es darle al ciudadano una mejor seguridad pública, tomando dentro de esta ley a la seguridad privada como un complemento", concluyó Chumpitaz.

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