A renglón seguido se exige "defender la competencia territorial de los tribunales con asiento en la capital provincial, en todos los planteos en los que tome parte la representación de la Provincia de Santa Fe con motivo del procedimiento disciplinario" contra Saín, "teniendo en cuenta particularmente que las autoridades que ejercen el Gobierno Provincial y contra las cuales se dirigiría toda eventual demanda tienen asiento en la ciudad de Santa Fe, capital de la Provincia (artículo 4 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe), y que el funcionario investigado tiene sede también en la capital de la provincia (artículo 12, inciso a), de la ley 13.459), por lo que también allí tiene domicilio legal (según lo normado en el artículo 74, inciso a), del Código Civil y Comercial)".