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POLÍTICA

Instrucciones al fiscal de Estado Rubén Weder

En la Legislatura de Santa Fe piden sacar del fuero laboral una nueva cautelar de Sain

La mayoría en la Legislatura busca que no haya trabas en el nuevo proceso contra el director del Organismo de Investigaciones. La Corte fijó posición sobre la competencia al avalar la ley de control a fiscales y defensores.

En la Legislatura de Santa Fe piden sacar del fuero laboral una nueva cautelar de SainEn la Legislatura de Santa Fe piden sacar del fuero laboral una nueva cautelar de Sain

Lunes 25.10.2021
 15:46
Luis Rodrigo
Luis Rodrigo

Al cabo de un duro debate interno y con una diferencia holgada en una votación dividida, la Comisión de Acuerdos de la Asamblea Legislativa decidió dirigirse por nota al fiscal de Estado, Rubén Weder, ante el nuevo pedido de una medida cautelar presentada por el director del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación, Marcelo Sain.

La decisión fue impulsada por legisladores de los bloques opositores de la Cámara de Diputados, así como del Nes del justicialismo en el Senado. Busca establecer unas prevenciones para que avance la causa contra el ex ministro de Seguridad por su actividad proselitista mientra ejerce un cargo judicial. El acusador es el senador por General López, Lisandro Enrico (UCR) que con pruebas de posiciones públicas en medios de comunicación y redes sociales muestra la violación del artículo 89 de la Constitución de Santa Fe que impide a jueces, fiscales y funcionarios del Poder Judicial participar en la vida política partidaria.

En otras palabras, la mayoría de los legisladores espera que no le suceda lo que ya ocurrió con un proceso anterior contra Sain, referido a las incompatibilidades de su doble cargo en el Ejecutivo y la Justicia, que fue frenado por una medida cautelar a días de que la Sesión Conjunta de Ambas Cámaras votara una suspensión en su cargo con una reducción de su salario al 50%.

En rigor, a fines de junio, la jueza laboral Paula Calace Vigo había ordenado algo más extremo a la Comisión de Acuerdos que dejar inconclusa aquella sesión: ordenó el archivo de las actuaciones contra el amparista Sain.

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Acción de amparo de Sain contra la provincia de Santa Fe

"Penosa actuación"

Se destaca especialmente un duro párrafo del documento de los legisladores (los representantes de los bloques del oficialismo lo rechazaron en la Comisión) que contiene las "instrucciones" que la Legislatura le envía al representante natural del Estado. Considera "penosa" la actuación de Weder. Quienes impulsaron la nota, no quieren que se repita.

El texto aclara que la comisión tiene información informal respecto de que el ex ministro de Seguridad ha presentado una nueva cautelar y ,así como el gobernador le impuso ante el proceso anterior un "decreto de allanamiento" al fiscal de Estado, ahora los legisladores le dan a Weder 8 puntos sobre qué pretende el poder del Estado que resultaría afectado ante la presentación judicial de Sain.

Entre otros ítems, se le exige que la Fiscalía de Estado rechace la competencia del fuero laboral, por tratarse de un pedido de declaración de inconstitucionalidad de una ley el fundamento del amparo presentado por el titular del OI. Y le advierte que la Corte santafesina ya fijó posición respecto de que ese no es el fuero que corresponde a un juicio que cuestione la constitucionalidad de una ley.

La nota que llegó al despacho de Weder tiene la firma del presidente de la Comisión de Acuerdos, el diputado radical Fabián Bastia.

El primer punto es "defender la plena vigencia, validez y constitucionalidad" de las leyes 13.013, 13.459 y 14.016, "en todos los planteos en los que tome parte la representación de la Provincia de Santa Fe".

Luego "defender las potestades disciplinarias que corresponden al ámbito legislativo de conformidad con dichas normas, facultades que en este caso se materializan en la actuación de la Comisión de Acuerdos en el procedimiento disciplinario seguido contra el Director Provincial del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación, Lic. Marcelo Fabián Sain".

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Sain pretende algo inédito: que su visita a la comisión de Acuerdos sea pública

"Previa intervención a la Legislatura"

El punto 3 indica que Weder debe "abstenerse de formular allanamiento total o parcial, en todos los planteos en los que tome parte" ante ese procedimiento y el siguiente "dar debida y previa intervención a la Legislatura", otra vez sobre el mismo asunto.

Se le indica al fiscal de Estado que debe "defender la competencia material en lo contencioso administrativo y la inadmisibilidad de la vía del amparo en todos los planteos en los que tome parte". Y le recuerda: "tal como surge de precedentes de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe" y menciona el fallo de la Corte que admitió la constitucionalidad de la ley que le permite a los legisladores evaluar y tomar medias e incluso apartar de sus cargos a fiscales y defensores. Se trata del pronunciamiento del máximo tribunal santafesino a partir del caso del fiscal Adrián Spelta que perdió ese juicio. Y agrega que se formula esa instrucción "teniendo particularmente en cuenta la propia postura sentada por Fiscalía de Estado en dichos precedentes y el carácter improrrogable de la competencia contencioso administrativa (según lo dispuesto en el artículo 2 de la ley 11.330)".

A renglón seguido se exige "defender la competencia territorial de los tribunales con asiento en la capital provincial, en todos los planteos en los que tome parte la representación de la Provincia de Santa Fe con motivo del procedimiento disciplinario" contra Saín, "teniendo en cuenta particularmente que las autoridades que ejercen el Gobierno Provincial y contra las cuales se dirigiría toda eventual demanda tienen asiento en la ciudad de Santa Fe, capital de la Provincia (artículo 4 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe), y que el funcionario investigado tiene sede también en la capital de la provincia (artículo 12, inciso a), de la ley 13.459), por lo que también allí tiene domicilio legal (según lo normado en el artículo 74, inciso a), del Código Civil y Comercial)".

El punto anterior tanto habla de no aceptar que la cuestión se resuelva en la Corte nacional y mucho menos de que se acepten tribunales del fuero laboral y de la ciudad de Rosario. Considera "el carácter improrrogable de la competencia contencioso administrativa, aun entre las propias Cámaras (según lo dispuesto en el artículo 2 de la ley 11.330)".

El punto séptimo habla de "resistir toda pretensión cautelar que interfiera con las potestades disciplinarias de la Legislatura (...) oponiéndose expresamente y en su caso interponiendo los recursos que correspondan".

Y se le aclara, además, que deberá "requerir nuevas instrucciones ante cualquier eventualidad o derivación que pudiera presentarse, en particular ante la posibilidad de pérdida de derechos o facultades por parte de los poderes públicos instituidos, en todos los planteos en los que tome parte la representación de la Provincia de Santa Fe", siempre dentro de ese juicio.

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