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POLÍTICA

Comunicado oficial

Reforma Constitucional: la Defensa Pública también busca "independencia respecto de los tres poderes del Estado"

Al igual que lo plantea el MPA, el Servicio Público Provincial de Defensa Penal pretende convertirse en un órgano extra poder, con “autonomía funcional y autarquía financiera”. El lugar de los empleados en el nuevo esquema.

Reforma Constitucional: la Defensa Pública también busca "independencia respecto de los tres poderes del Estado"Reforma Constitucional: la Defensa Pública también busca "independencia respecto de los tres poderes del Estado"

Viernes 27.6.2025
 14:51
 / 
Actualizado al Sábado 28.6.2025 2:11hs
Juliano Salierno
Juliano Salierno

El Servicio Público Provincial de Defensa Penal de Santa Fe difundió este jueves por la tarde un comunicado mediante el cual expresó su postura institucional de cara a la Convención Constituyente que iniciará el próximo 14 de julio en la Legislatura.

“Se propone la incorporación expresa del Ministerio Público de la Defensa como parte integrante del sistema de justicia, con autonomía funcional y autarquía financiera, y con un diseño institucional que garantice su independencia respecto de los tres poderes del Estado”, dice la parte medular del escrito.

El planteo lo encabeza la Defensora General, Estrella Moreno Robinson. Foto: Guillermo Di Salvatore/Archivo

De esta forma, el ministerio que conduce la Defensora General, Estrella Moreno Robinson, se suma a lo ya expuesto por la Fiscal General, María Cecilia Vranicich, que dos meses atrás puso en agenda la pretensión de autonomía del Ministerio Público de la Acusación (MPA).

El comunicado

El texto oficial se titula: “Comunicado institucional del Servicio Público Provincial de Defensa Penal ante el proceso de Reforma Constitucional” y expresa “la postura institucional en lo que respecta a la importancia de la inclusión de la defensa pública en el futuro texto constitucional y los contenidos que deberían ser incluidos”.

Señala que “la autonomía funcional y la autarquía financiera del Servicio Público de Defensa está dentro de los temas habilitados por la Ley N° 14.384 para ser debatidos por la Convención constitucional” y expresa “la convicción institucional de que el fortalecimiento estructural del organismo es condición indispensable para garantizar el acceso a la justicia y la plena vigencia de los derechos”.

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Es en ese sentido que “se propone la incorporación expresa del Ministerio Público de la Defensa como parte integrante del sistema de justicia, con autonomía funcional y autarquía financiera, y con un diseño institucional que garantice su independencia respecto de los tres poderes del Estado”.

También destaca que dicho reconocimiento pretende “asegurar el ejercicio pleno y efectivo del derecho a la defensa, especialmente en favor de quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad”.

El lugar de los empleados

Asimismo, marca seis “ejes centrales”, entre los que se destaca la independencia de los tres poderes tradicionales del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial); la inclusión de sus funciones esenciales; la autonomía y garantía de piso presupuestario; el empleo de mecanismos técnicos y autónomos para la selección de sus integrantes y la equiparación para los empleados a los del Poder Judicial.

Este último aspecto, que genera inquietud en las bases de ambos ministerios (SPPDP y MPA) apunta a “la necesidad de que los integrantes, empleados, funcionarios y defensores, del Ministerio Público de la Defensa sean equiparados en todo aspecto a los empleados y funcionarios del poder judicial, extendiéndose tales equiparaciones a todos los efectos patrimoniales, previsionales y tributarios”.

La Fiscal General Vranicich fue la primera en poner el tema en la agenda política. Foto: El Litoral

Señalan a su vez que “el diseño institucional sugerido, al igual que los contenidos mínimos que se transmitieron, son el medio idóneo para consolidar un servicio de defensa integral y eficiente, capaz de cumplir con las misiones y funciones que le son propias y de las crecientes incumbencias funcionales y operativas que ha asumido en el último tiempo”.

Por último, cierra el comunicado recordando que “el acceso a la justicia es un derecho humano fundamental y una Defensa Pública fuerte y eficiente contribuye a la consolidación de la democracia y del estado de derecho en la provincia de Santa Fe”.

Primer pronunciamiento

La discusión sobre el lugar de los Ministerios Públicos en la Reforma Constitucional que está próxima a comenzar no es nueva en la provincia.

Dos meses atrás, puntualmente el 10 de abril, el Ministerio Público de la Acusación aprovechó para introducir el tema en respuesta a declaraciones del ministro de la Corte Suprema de Justicia provincial, Rubén Weder, que tras asumir el cargo dijo que el MPA “parece depender del Poder Ejecutivo”.

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Los fiscales de Santa Fe reclaman que el MPA sea "un órgano extrapoder"

En aquella coyuntura, el MPA recordó que “el desafío de dar respuestas institucionales a la altura de la realidad social atravesada por violencias altamente lesivas requiere del trabajo coordinado con las demás agencias del Estado que tienen responsabilidades en materia de seguridad, sin que ello pueda entenderse como un menoscabo a su autonomía o independencia”.

Y a renglón seguido consideró oportuno reiterar “el posicionamiento institucional en relación a que el MPA sea un órgano extrapoder, en línea con la Constitución Nacional que ubica al Ministerio Público como un órgano independiente del resto de los poderes del Estado”.

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"No estamos dentro de ninguno de los tres poderes clásicos", dijo Vranicich ante los legisladores

Un mes atrás y ante quienes fueron elegidos para llevar adelante el proceso de reforma, la Fiscal General del MPA insistió con el pronunciamiento. “No estamos dentro de ninguno de los tres poderes clásicos”, dijo el 22 de mayo al momento de presentar el Informe de Gestión en el Senado. “No podemos depender ni formar parte del Poder Judicial”, enfatizó ante los legisladores.

Seis ejes principales:

  • La definición del organismo como autónomo e independiente de los tres poderes del Estado, en concordancia con el artículo 120 de la Constitución Nacional.
  • La inclusión de sus funciones esenciales: acceso a la justicia, defensa técnica y asistencia jurídica integral.
  • La capacidad de autogobierno presupuestario, con la potestad de elaborar y ejecutar su propio presupuesto.
  • La selección y remoción de sus integrantes mediante mecanismos técnicos y autónomos, conforme a estándares establecidos por la Ley Nacional N.º 27.149 que regula al Ministerio Público de la Defensa a nivel federal.
  • La necesidad de que los integrantes, empleados, funcionarios y defensores, del Ministerio Público de la Defensa sean equiparados en todo aspecto a los empleados y funcionarios del poder judicial, extendiéndose tales equiparaciones a todos los efectos patrimoniales, previsionales y tributarios.
  • La garantía de un piso presupuestario que asegure el cumplimiento efectivo de su misión.

Empleados preocupados

La pretendida salida del SPPDP y el MPA de la órbita del Poder Judicial puso en alerta a los empleados de ambos ministerios, temerosos de la pérdida de condiciones laborales adquiridas.

“Los empleados estamos solicitando no dejar de pertenecer al poder judicial porque la mayoría rendimos un concurso de varias etapas para poder pertenecer al mismo”, señalan en otro comunicado que circuló esta semana en los medios locales.

Empleados de ambos organismos mantienen reuniones para definir su futuro. Foto: Gentileza

En tal sentido, aclaran que “estamos solicitando que en caso de que lleve a cabo esa reforma se nos dé el derecho de opción donde podamos elegir si queremos seguir perteneciendo al Poder Judicial o seguir en el MPA o SPPDP”.

En la misma línea el Sindicato de Judiciales de Santa Fe mantuvo reuniones toda la semana con el personal y autoridades de ambos organismos, sosteniendo la bandera de la “permanencia del SPPDP (pero también del MPA) dentro del Poder Judicial santafesino”.

#TEMAS:
Estrella Moreno Robinson
María Cecilia Vranicich
MPA
Reforma Constitucional
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