La sentencia dictada por el Dr. Baravalle, también, absolvió a Abel Natalio Latanzi, en orden a los delitos de “Omisión Fraudulenta maliciosa de insertar datos en declaraciones juradas, cuatro hechos” y “Omisión Funcional” parte de la sentencia que fue apelada por la Fiscalía. Al respecto, los Dres. Fernández, Orso y Curik compartieron el criterio del juez de grado, quien entendió que la omisión de la inclusión de datos patrimoniales del cónyuge del funcionario público no constituye una obligación propia de su actividad como intendente, pues la omisión debe referir a un “acto de su oficio” relacionado con su actividad funcional, lo que obsta a la configuración del tipo penal enrostrado. Además, no se advierte, con la certeza razonable necesaria la intención y voluntad del acusado de violar la ley, “mucho menos con la malicia exigida por la figura legal, es decir, con el objetivo de utilizar la función pública como instrumento para concretar esa violación”, sostuvieron.