En su artículo 6, la ordenanza es taxativa: “Los cuidadores de vehículos habilitados no podrán exigir el pago de un canon a los titulares de vehículos que dejen estacionados sus autos en la vía pública. Si éstos deciden hacerlo —sigue la norma—, la contribución económica será voluntaria y se efectuará al momento de retirar el vehículo (no antes)”. Se prohíbe la exigencia anticipada de la entrega de un monto determinado de dinero.
Tendrán que exhibir a los inspectores municipales (si se les requiere) el carnet habilitante, y vestir un chaleco fluorescente con su número de identificación, número telefónico de atención ciudadana (0800-555-5000) y la leyenda “Contribución Voluntaria”. “No mantendrán (los cuidacoches registrados) relación laboral ni contractual con la Municipalidad ni con los usuarios de sus servicios (los conductores)”, deja el claro la norma.