Cómo subieron las multas en 3 meses y cuáles son los montos máximos en infracciones más comunes
Hubo una actualización porcentual del 12,4% de agosto a octubre de la Unidad Fija (UF), cálculo de medición atado al valor del litro de nafta súper para fijar los valores dinerarios de las multas por distintas contravenciones.
Cómo subieron las multas en 3 meses y cuáles son los montos máximos en infracciones más comunes
Días atrás, la Municipalidad de Santa Fe comunicó por sus vías oficiales una nueva actualización de la Unidad Fija (UF), que es la base de medición del valor dinerario de las multas que están tipificadas en el Régimen de Infracciones y Penalidades de la ciudad de Santa Fe (Ordenanza N° 7.882 y modificatorias).
En agosto pasado, una UF valía 1.365 pesos, y en octubre, ese monto ascendió a 1.535 pesos: es decir, un 12,45% de incremento porcentual. Cabe aclarar que el gobierno local tiene la potestad de arbitrar cada actualización, en función de los incrementos de las naftas.
El Concejo de Santa Fe sancionó, como informó oportunamente El Litoral, que la UF se determina sobre la base del promedio del costo del litro de nafta súper, valor surtidor de la empresa YPF, del Automóvil Club Argentino (ACA) en la ciudad capital.
“La mayoría de las infracciones, salvo las severas como la alcoholemia o narcolemia positiva, se pueden abonar en forma voluntaria, lo que implica un descuento del 20% del valor impuesto (…). Y el monto de la multa se actualiza al valor de la UF al momento de hacerse efectivo el pago”, argumentaron desde el municipio.
Del tránsito
Algunos ejemplos para graficar las contravenciones más comunes y sus nuevos valores. La multa por circular en moto sin el casco protector va de 50 UF de mínima a 500 UF de máxima: esto implica de 76.750 pesos hasta 776.750 pesos. Cabe aclarar el descuento por pago voluntario y que siempre, al monto final lo determina el Juez de Faltas Municipal.
Los mismos montos corren para aquellos conductores de automóviles que circulan sin el cinturón de seguridad, y que pueden ser detectados por los dispositivos que sacan las denominadas “fotomultas”.
Una alcoholemia positiva: casi $3 millones de multa. Crédito: Archivo Mauricio Garín
Por cruzar el semáforo en rojo, el pago mínimo (190 UF) es de 291.650 pesos; y el pago máximo (1900 UF), 1.688.500 pesos. El pago voluntario es de 233.320 pesos, por lo tanto, siempre conviene esta última opción.
Circular, maniobrar o detenerse en forma imprudente o guiar con una sola mano o separando ambas del volante o haciendo uso de la telefonía móvil sin el sistema de manos libres (manejar usando el celular, básicamente), implica multa de 50 UF (76.750 pesos) a 500 UF (776.750 pesos de máxima). A esta infracción también la pueden detectar las cámaras.
Alcoholemias positivas y velocidades
La multa por una alcoholemia o narcolemia positiva llega a un pago mínimo (190 UF) de 291.650 pesos; pero el pago máximo (200 UF) alcanza los 2.916.500 pesos. Circular a velocidades altas (que se consideran infracciones graves) también tienen montos muy elevados.
Así, la multa por exceso de velocidad de 0 a 20 km del permitido, el pago mínimo es de 145.825 pesos, y el pago máximo llega a 1.458.250 pesos. El voluntario, 116.660 pesos.
La multa por exceso de velocidad supera de máxima los $3,3 millones. Crédito: Manuel Fabatía
El exceso de velocidad de 20 hasta 40 km del permitido implica una multa de pago mínimo de 230.250 pesos, y un abono máximo de 2.302.500 pesos (voluntario, 184.200 pesos).
Y para el exceso de velocidad de más de 40 km de lo permitido, el pago mínimo es de 337.700 pesos, y máximo de 3.377.000 pesos (voluntario, 270.160 pesos).
El estacionamiento antirreglamentario sin registrar (por caso, sin abonar el SEOM en una dársena medida), conlleva una multa que cuesta de mínima 23.025 pesos, y de máxima 38.375 pesos. El pago voluntario es de 18.420 pesos.
Ruidos molestos
Una multa por generar ruidos molestos también tiene valores muy elevados: de mínima, el pago es de 767.500 pesos; el pago máximo, 4.605.000 pesos (pago voluntario, 614.000 pesos).
El arrojo de basura en la vía pública implica un pago mínimo de 122.800 pesos, y un máximo de 1.228.000 pesos (pago voluntario, 98.240 pesos).
Hay otras contravenciones tipificadas en el aludido régimen que, si bien no se consideran como graves, pasaron a tener ahora costos severos. Por ejemplo, aquellas que hacen al uso del espacio público por parte de locales gastronómicos.
Espacio público
Por la instalación, montaje o realización de actividades gastronómicas, recreativas, de esparcimiento y ocio nocturno sin habilitación o autorización municipal, corre multa de 1000 UF (1.535.000 pesos de mínima) a 6500 UF (9.977.500 pesos de máxima) “y clausura del local”.
“Al momento de establecer las penas se deberá tener especial consideración aquellas actividades para las cuales la normativa tiene mayores exigencias de cumplimiento, de forma tal que sean juzgadas y sancionadas con mayores niveles de rigurosidad”, dice la Ordenanza N° 7.882 (actualizada).
Por el montaje o realización de actividades gastronómicas, recreativas, de esparcimiento y ocio nocturno con habilitación o autorización pero en contravención a las normas vigentes (ordenanza de Nocturnidad), la sancionó dineraria de mínima es de 800 UF (1.228.000 pesos), y de máxima 5000 UF (7.675.000 pesos), y/o clausura de hasta 30 días.