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Regularizar obligaciones

Monotributo: claves para acceder a la moratoria y pagar deudas en cuotas

Los pequeños contribuyentes pueden adherirse al plan de regularización de deudas. Está vigente hasta el 30 de noviembre y contempla que las categorías más bajas tengan mayores beneficios.

Monotributo: claves para acceder a la moratoria y pagar deudas en cuotasMonotributo: claves para acceder a la moratoria y pagar deudas en cuotas

Domingo 10.10.2021
 11:01hs
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tiene vigente la moratoria para los monotributistas, el plan para regularizar las deudas de los pequeños contribuyentes en hasta 60 cuotas con una tasa máxima de 1,5%. Quien está adherido al Monotributo podrá solicitar las facilidades hasta el 30 de noviembre próximo.

Los contribuyentes pueden regularizar obligaciones vencidas hasta el 30 de junio pasado. También pueden reformular planes de pago vigentes para acceder a las condiciones de plazos y tasas previstas en la nueva herramienta.

Para poder adherir a la moratoria, los pequeños contribuyentes deberán tener declarados ante la AFIP el domicilio fiscal electrónico y la CBU de la cuenta bancaria de la que se debitará cada una de las cuotas.

¿Qué cantidad máxima de cuotas y de tasa de interés tiene la moratoria 2021 para el Monotributo?

Según se estableció por ley, los plazos máximos y la tasa de interés a aplicar para los planes de pagos sin penalidades ni multas dependerá de la categoría en la que se encuentre el monotributista. Se dividió en dos grandes grupos, como se detalla a continuación:

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Categorías A, B, C y D tendrán 60 cuotas, a 1,25% de tasa máxima;

Categorías E, F, G, H, I, J y K, así como sujetos no inscriptos en el régimen simplificado: pueden acceder a 48 cuotas, al 1,5%.

Las cuotas a abonar serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera de ellas, a la que se le sumarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento.

El monto de cada cuota deberá ser igual o superior a 100 pesos. La fecha que se tendrá en cuenta para calcular la consolidación de la deuda será la correspondiente a la fecha de la solicitud de adhesión. Las cuotas vencerán el 16 de cada mes a partir del mes siguiente al de consolidación.

Además de las obligaciones específicas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes devengadas al 30 de junio de 2021 (componente impositivo, aporte previsional, de obra social, infracciones por los conceptos precedentes) es posible reformular planes de pagos anteriores:

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Planes puros: se trata de planes de pagos vigentes vigentes al 22 de julio cuya deuda corresponde en su totalidad a conceptos del monotributo. Al reformular el plan y confirmarlo, implica que queda vigente el nuevo plan en los términos de la moratoria para monotributistas en curso. Las cuotas del nuevo plan vencerán a partir del día 16 del mes siguiente de efectuada la reformulación.

Planes mixtos: se trata de planes de pagos vigentes al 22 de julio cuya deuda no corresponde en su totalidad a conceptos del monotributo. La confirmación de la reformulación significará la presentación del nuevo plan de facilidades de pago en los términos de la moratoria para monotributistas y la disminución del valor de las cuotas del plan original. Este último conservará las condiciones que se otorgaron en su momento, con excepción del monto mínimo de cuota y sus cuotas mantendrán los vencimientos originales.

¿Cuáles son los pasos para adherir a la moratoria del Monotributo?

Para solicitar el plan de pagos de deudas, el monotributista tendrá que realizar las siguientes acciones en la página web de la AFIP:

Ingresar con clave fiscal al servicio “Mis facilidades”;

Ingresar en “Validación de deuda”. Allí se deberá convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar la obligación adeudada a regularizar. Luego “Confirmar y generar plan”;

Elegir el plan “Régimen de regularización de deudas para pequeños contribuyentes”;

Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar, la cual debe encontrarse previamente informada;

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Consolidar la deuda y seleccionar la forma de pago, que podrá ser:

Plan de Facilidades de Pago: deberá elegir la cantidad de cuotas y enviar la solicitud de adhesión.

Pago al contado: se generará un VEP que tendrá validez hasta la hora 24 del día de su generación.

Confirmar el envío del plan. El sistema generará el formulario de declaración jurada número 1003 junto con el acuse de recibo de la presentación realizada.

¿Cómo adherir el servicio “Mis Facilidades” de AFIP para acceder a la moratoria y otros trámites fiscales?

Para solicitar la moratoria, y otros servicios ante la AFIP, los contribuyentes deberán tener habilitado el servicio “Mis Facilidades”. A continuación, cómo se realiza:

Ingresar con clave fiscal al “Administrador de relaciones de clave fiscal”;

En la opción “Adherir servicios”, seleccionar el logo de la AFIP y luego “Servicios interactivos”.

En el listado que se desplegará, buscar “Mis facilidades” y confirmar el alta.

Por último, deberán cerrar la sesión y volver a acceder con clave fiscal.

¿Cuál es la tabla de categorías del monotributo Cómo saber qué categoría de monotributo 2021?

El régimen simplificado tuvo dos reformas este año, que implicaron subas en los montos de facturación que marcan las categorías en dos oportunidades. Una rigió para el primer semestre, generó polémica e implicó una nueva ley, de la que derivó la tabla vigente.

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Así hasta el 31 de enero de 2022, las escalas del Monotributo quedaron de la siguiente manera:

Categoría A: el límite de facturación anual pasa a $ 370.000.

Categoría B: el tope quedó en $ 550.000.

Categoría C: la facturación sube a $ 770.000.

Categoría D: el monto máximo se ubica en $ 1.060.000.

Categoría E: el límite máximo llega a $ 1.400.000.

Categoría F: el tope de facturación queda en $ 1.750.000

Categoría G: el máximo aumenta a $ 2.100.000.

Categoría H: es la más alta para quienes venden servicios y el techo de facturación será de $ 2.600.000.

Categoría I: el máximo aumenta a $ 2.910.000.

Categoría J: el tope alcanza $ 3.335.000.

Categoría K: el máximo se incrementa hasta $ 3.700.000.

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