+ SECCIONES
El Litoral
BUSCAR
EL LITORAL
  • Todos los Títulos
  • Área Metropolitana
  • Sucesos
    • Santa Fe Policiales
  • Deportes
  • Política
    • Filtrado
  • Economia
    • Puerto negocios
    • Dolar Hoy
  • Educación
  • Salud
  • Información General
  • Clima
  • Regionales
  • Campolitoral
  • Internacionales
  • Actualidad Sabalera
  • Actualidad Tatengue
  • Arte
  • Necrológicas
  • Edición Impresa
  • Especiales
  • Contenido Patrocinado
  • Clasificados
  • Agenda Cultural
  • Podcast
  • Servicios
  • Radios en vivo
  • Sitios
    • Mirador Provincial
    • Vivi Mejor
    • Notife
    • Sur 24
    • Revista Nosotros
    • Puerto Negocios
    • CyD Litoral
    • Educación SF
    • Norte 24
  • Escenarios & Sociedad
    • Show
  • Videos
  • Multimedia
    • Galerías de Fotos
    • Videos
    • Webstories
  • Opinión
  • Quienes Somos
  • Autores
  • Temas
  • Alianzas
  • Comercial EL

#HOY:

Maximiliano Pullaro
Javier Milei
Colón
Unión

POLÍTICA

Apelación de la sentencia

Emergencia previsional: para el gobierno santafesino, es "arbitrario" el fallo de la jueza laboral

Mediante un escrito de Fiscalía de Estado, el gobierno objetó la decisión de la magistrada rosarina que la semana pasada, hizo lugar a un amparo promovido por 18 jueces jubilados. Reprocha "miramientos políticos más que jurídicos" en la sentencia.

Emergencia previsional: para el gobierno santafesino, es "arbitrario" el fallo de la jueza laboralEmergencia previsional: para el gobierno santafesino, es "arbitrario" el fallo de la jueza laboral

Miércoles 13.11.2024
 17:22
 / 
Actualizado al Miércoles 13.11.2024 23:10hs
Seguinos en
Ivana Fux
Por: 
Ivana Fux
|
Política

El gobierno de Santa Fe apeló este martes la resolución de la jueza laboral Silvana Quagliatti (Octava Nominación de Rosario) que hizo lugar, la semana pasada, al amparo presentado contra la Ley de Emergencia Previsional por 18 jueces jubilados.

A través de la Fiscalía de Estado, el gobierno provincial solicitó la nulidad del fallo por entender que la sentencia es "arbitraria". Dicha arbitrariedad está fundada, según el escrito, en que el decisorio se sustenta "en afirmaciones dogmáticas que sólo otorgan al fallo una fundamentación aparente". También, en que omite analizar el contexto económico y social en el que fue votada la norma cuestionada.

La provincia le reprocha a la jueza que sustente su fallo en "miramientos de índole más políticos que jurídicos". Observa, asimismo, la contradicción de que encuentre en la emergencia una supuesta presión o "intranquilidad" que motive "el abandono (de los reclamantes) de sus cargos o funciones", cuando ninguno de ellos está en actividad (todos son jubilados).

Fiscalía de Estado apeló la sentencia. Archivo

Legitimidad

Para el gobierno, la emergencia no implica pérdida de patrimonio ni afectación de derechos, tal como se consigna en el fallo judicial, puesto que "no hay valores en juego susceptibles de satisfacer necesidades esenciales". Concretamente, plantea que en el caso de los amparistas, no hay privación de su jubilación ni afectación sustancial del haber; tampoco, vulneración de la igualdad ni "alteración de la razonabilidad en tanto existe una escala contributiva proporcional derivada del monto del haber acordado". Por todo ello, se afirma que la declaración de la emergencia "fue legal" y respetando todos los recaudos que la jurisprudencia impone.

La Fiscalía defiende la legitimidad de la ley sancionada puesto que "no anula ni desconoce beneficios jubilatorios, no afecta los Principios de División de Poderes ni la independencia del Poder Judicial; menos aún, la intangibilidad de las remuneraciones". Sobre esto último, la provincia advierte que, según la interpretación de la magistrada, si la ley no fuese aplicable a los reclamantes por su condición de jueces, "sí podría aplicarse (la emergencia) sin inconvenientes a un docente, a un enfermero a un policía jubilado, que no gozan de tales privilegios".

Aporte y tope

La cautelar de los reclamantes objetaba, esencialmente, el aporte solidario que la ley dispone tanto para activos como para pasivos; y el tope que la misma norma establece para fijar el haber máximo en la provincia. Tras la sentencia favorable de la justicia laboral, la provincia consideró que el primero (aporte) implica una detracción "transitoria" que se impone en el marco de "la necesidad de dar sustentabilidad al sistema previsional y evitar el desequilibrio en las cuentas provinciales que afectaría al resto de las prestaciones y de la comunidad".

Por lo tanto, "la confiscatoriedad o no razonable proporcionalidad no están acreditadas ni en lo más mínimo, teniendo en cuenta el bajo porcentaje aplicado al aporte (2%) y la temporalidad de la medida (dos años, prorrogable por un año más)". La reducción de remuneraciones o haberes - sostiene la provincia-, constituye una facultad "razonable" del Estado "frente a la grave crisis económica, pues no implica denegación, aniquilamiento o mutación del derecho adquirido". "Se justifica - abunda el escrito- en la necesidad de preservar el sistema previsional que los ampara frente a su propio déficit".

Respecto de los topes, se advierte que "no afecta" a ninguno de los reclamantes, "ni hay certeza alguna respecto de su aplicación en el futuro".

El gobierno provincial apeló el fallo. Foto: Fernando Nicola

¿Vulnerables?

Fiscalía interpela a la magistrada que en su sentencia planteó los eventuales perjuicios de un "grupo poblacional vulnerable", en alusión a los jubilados del Poder Judicial e intentado generar cierta analogía con otros pasivos. "Nobleza obliga distinguir – plantea la provincia en su apelación- aquello que resulta palmario, nítido e ineludible, por más incomodidad que nos provoque. ¿Podría asimilarse la situación de alguno de los amparistas con la de quien cobra la jubilación mínima a nivel nacional o provincial? Seguramente no. En ninguno de los casos, aparece una situación de vulnerabilidad o hiper vulnerabilidad", se concluye.

Finalmente, el escrito hace reserva de interponer Recurso Extraordinario Federal "por incurrir la sentencia en arbitrariedad y por la gravedad institucional que ello suscita" puesto que "vulnera el principio republicano de división de poderes". Tal gravedad institucional, se acota, "comprende a aquellas cuestiones que exceden el interés individual de las partes y afectan de modo directo al de la comunidad".

Seguinos en
Sobre el Autor
Ivana Fux
Por: 
Ivana Fux
|
Política
|
Ver Perfil

#TEMAS:
Reforma Previsional
Domingo Rondina
Edición Impresa

Además tenés que leer:

  • La Provincia apelará el fallo Aceptaron un amparo de jueces contra la reforma previsional de Santa Fe
  • Sigue la controversia Emergencia previsional en Santa Fe: nuevos amparos de otros 19 jubilados del Poder Judicial
TENES QUE SABER
Delegaciones elogiaron la transformación deportiva y urbana de cara a los Juegos Suramericanos en Santa Fe
Avanza la renovación de una ley especial para la Cooperativa Algodonera
Atentado en Pakistán: al menos 15 policías murieron tras un coche bomba y un ataque armado
Los viajes de Milei al exterior y la comparación con las provincias argentinas
Imputaron a "hamburguesita" por el homicidio de Tomás Agustín Juárez cometido en Alto Verde

Te puede interesar:


  • Colón de San Justo goleó en la revancha y sacó pasaje a la segunda fase
  • Cuatro años y seis meses preso por intentar robar una moto en Santo Tomé
  • Incendio y destrucción total de un automóvil en Sauce Viejo
  • Continúa la campaña itinerante de vacunación en la ciudad de Santa Fe
  • Trump vs. León XIV, segundo round
  • Delegaciones elogiaron la transformación deportiva y urbana de cara a los Juegos Suramericanos en Santa Fe
  • Avanza la renovación de una ley especial para la Cooperativa Algodonera
  • Atentado en Pakistán: al menos 15 policías murieron tras un coche bomba y un ataque armado

Política

Obras Delegaciones elogiaron la transformación deportiva y urbana de cara a los Juegos Suramericanos en Santa Fe
Legislatura de Santa Fe Avanza la renovación de una ley especial para la Cooperativa Algodonera
Números y gráficos Los viajes de Milei al exterior y la comparación con las provincias argentinas
Semana intensa en la Rosada El Gobierno sigue apostando a dejar atrás el caso Adorni
Tribunales La despedida de Bordas

Área Metropolitana

#ModoVacuna Continúa la campaña itinerante de vacunación en la ciudad de Santa Fe
Ciudad de Santa Fe Colectivos: cómo escalaron las subas del boleto y por qué ahora es clave registrar la tarjeta SUBE
A un año de su implementación Seguridad y tránsito: qué información recolectó el Anillo Digital de la ciudad de Santa Fe
Pronóstico Mañana fría y tarde agradable: así estará el clima este domingo en la ciudad de Santa Fe
Proyecto en el Concejo Triste, solitario y final: qué podría ocurrir con el mítico "Puente Palito" de la ciudad de Santa Fe

Sucesos

Un gran susto Piedrazos: atacaron la camioneta del cantante Juanjo Piedrabuena en la autopista Santa Fe-Rosario
Santa Fe Cuatro años y seis meses preso por intentar robar una moto en Santo Tomé
Santa Fe Incendio y destrucción total de un automóvil en Sauce Viejo
Tribunales de Santa Fe Imputaron a "hamburguesita" por el homicidio de Tomás Agustín Juárez cometido en Alto Verde
En una oficina Millonario robo en una distribuidora en Santa Fe: ingresaron por el techo y los desvalijaron

Información General

Panorama astrológico Horóscopo de hoy 10 de mayo de 2026
Horóscopo del día Horóscopo de hoy para Aries: 09 de mayo de 2026
Horóscopo del día Horóscopo de hoy para Tauro: 09 de mayo de 2026
Horóscopo del día Horóscopo de hoy para Géminis: 09 de mayo de 2026
Horóscopo del día Horóscopo de hoy para Cáncer: 09 de mayo de 2026
El Litoral
  • Campolitoral
  • Revista Nosotros
  • Clasificados
  • CYD Litoral
  • Podcasts
  • Mirador Provincial
  • Viví Mejor
  • Puerto Negocios
  • Notife
  • Educacion SF
Hemeroteca Digital (1930-1979) - Receptorías de avisos - Administración y Publicidad - Elementos institucionales - Opcionales con El Litoral - MediaKit
El Litoral es miembro de:
adepa.org.ariab.comadira.org.ar
afip.gob.ar