En los considerandos, el decreto funda la medida en que "de los informes técnicos obrantes en los presentes se advierte el estado de situación que a la fecha presenta la Autopista Rosario – Santa Fe, tanto en lo relativo a infraestructura, equipamiento, servicios al usuario y administración de recursos humanos, por lo que surge con claridad la necesidad de reemplazar la forma de la organización administrativa actual del Corredor Vial, dado que la vigente dispuesta por Decreto N° 295/2020 no ha resultado lo absolutamente eficiente, pese a los esfuerzos realizados por la actual Unidad Ejecutora Especial". Según indica la norma, esta circunstancia "impidió, con eficiencia y celeridad, planificar servicios, ejecutar las mejoras sobre la traza principal y sus accesos desde localidades y caminos vecinos, la modernización y/o renovación de las áreas de servicios a los usuarios, condiciones de circulación más seguras que brinden una calidad superior acorde con los estándares de calidad previstos para este tipo de camino".