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POLÍTICA

Reglamentarán la Ley Nº 12.521

Crearán un tribunal especial para faltas graves policiales

Serán evaluadas por un organismo que dependerá de la Secretaría de Control del Ministerio de Seguridad. se empleará un sistema oral y acusatorio, similar al previsto en el nuevo Código Procesal Penal.

Crearán un tribunal especial para faltas graves policialesCrearán un tribunal especial para faltas graves policiales

Viernes 26.12.2014
 21:44

Con el nuevo sistema, el procedimiento administrativo se desarrollará de manera independiente a la investigación penal de aquellos policías que hayan cometido una falta grave. Foto: Archivo El Litoral - Guillermo Di Salvatore

Ivana Fux ifux@ellitoral.com El Ministerio de Seguridad anunciará y presentará públicamente, la próxima semana, un nuevo régimen disciplinario para la Policía provincial. El adelanto lo formuló el propio gobernador Antonio Bonfatti días pasados, después de presidir en el Salón Blanco el acto de asunción de los nuevos jefes regionales de la institución. Se trata de la reglamentación de la Ley 12.521 de Personal Policial, que se sancionó en 2006 pero que sólo había sido reglamentada de manera parcial. En diálogo con El Litoral, el ministro de Seguridad, Raúl Lamberto, explicó que el nuevo sistema establecerá de manera más precisa qué tipo de sanciones deberán aplicarse a los uniformados, según la falta en la que incurran. “La Ley 12.521 (Ley del Personal Policial) establecía un régimen genérico de sanciones leves o graves. Pero nos parecía que esto había que desagregarlo; establecer cuáles eran las condiciones para una sanción leve o para una grave, y determinar cuáles son las tipicidades que están dentro de lo que estable la ley”, comentó. Un Tribunal Pero para Lamberto, el aspecto más significativo del nuevo régimen disciplinario pasa por una diferenciación en el procedimiento que se seguirá para la aplicación de las sanciones, según la gravedad de la falta. “Esto es muy importante -aseguró-. Se plantearán dos tipos de sanciones: aquellas que son de aplicación directa centralmente cuando son faltas leves, y aquellas vinculadas a faltas graves, y que exigen un procedimiento muy especial”. El funcionario destacó que para este último caso, se creará un Tribunal de Conducta Policial. “Este Tribunal -sostuvo- tendrá parámetros de tratamiento muy similares a los que hoy se aplican en el proceso de base acusatoria del sistema oral. Esto quiere decir que habrá una parte que imputa desde la propia Policía, un defensor del imputado y un juez que deberá resolver. Y todo va a funcionar en el marco de la Secretaría de Control del Ministerio de Seguridad”. Para el ministro, ése es otro de los rasgos salientes de la reforma. “Este es el gran paso -opinó-. Vamos a tener un órgano externo, cuya base es el personal del Ministerio de Seguridad y en cuyo ámbito se van a desarrollar las instancias que hacen al Tribunal de Conducta Policial”. Para diferenciar, Lamberto recordó que actualmente, la evaluación de la conducta policial ante una falta determinada se realiza “mediante sumarios y sobre la base de expedientes que son escritos y que se procesan desde el Departamento de Judiciales, es decir, una dependencia de la propia Policía. Con el nuevo sistema -insistió-, pasaremos las tramitaciones a un área de la Secretaría de Control, e intentaremos que el proceso sea oral y actuado, como en el actual sistema procesal penal”. Faltas graves Según el artículo 43 de la Ley de Personal Policial, se consideran faltas graves “aquellos hechos que atenten gravemente contra el orden constitucional, los poderes públicos o las instituciones constituidas o los derechos humanos establecidos o contra la repartición o la administración” Consultado por El Litoral, el secretario de Control del Ministerio de Seguridad, Ignacio Del Vecchio, señaló como uno de los principios centrales de la reglamentación que en el caso de las sanciones graves, “la investigación administrativa se desarrollará por un carril separado e independiente de la vía penal”. Además, apuntó que “si la sanción administrativa se conoce antes que la penal, la misma será sólo provisoria y a la espera de la sentencia penal definitiva”. Finalmente, mencionó que en el caso de las faltas leves, se prevén “algunos caminos alternativos” para las sanciones. “La propia ley estipula que en lugar de aplicar apercibimientos que pueden ensuciar los antecedentes del efectivo y perjudicarlo para futuros ascensos, se aplicarán sanciones como la realización de trabajos comunitarios”, ejemplificó. Del Vecchio destacó que si bien la ley tuvo sanción en 2006, hasta aquí nunca había sido reglamentado el articulado que refiere al régimen disciplinario de las fuerzas.

Cinco componentes El Tribunal de Conducta Policial tendrá cinco componentes. Habrá un coordinador general designado por el Poder Ejecutivo y que será responsable de la parte operativa, y existirá una Oficina de Gestión Judicial integrada por policías, y responsable de la logística del procedimiento (citaciones, etc.). El Tribunal se completará con un cuerpo de jueces (dos miembros de la fuerza activos o retirados y un representante del gobierno, todos abogados), un cuerpo de fiscales (abogados y pertenecientes a la fuerza) y un cuerpo de defensores.

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