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POLÍTICA

Emergencia previsional

Pirola busca derogar una delegación de facultades sobre la edad jubilatoria

Un proyecto de ley confirma la posición política del bloque del PJ en el Senado, sobre una norma sancionada en 2024 que, en uno de sus artículos, ahora cobra más vigencia ante el nuevo escenario nacional.

Pirola busca derogar una delegación de facultades sobre la edad jubilatoriaPirola busca derogar una delegación de facultades sobre la edad jubilatoria

Domingo 16.11.2025
 10:31
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Luis Rodrigo
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Un proyecto de ley de apenas un artículo (el segundo es de forma) pone el foco en el Senado de Santa Fe en uno de los múltiples aspectos de la ley de emergencia previsional, que se sancionó en 2024 para la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe.

La iniciativa del senador justicialista por Las Colonias, Rubén Pirola, ingresó y pasó a comisiones el pasado jueves 13 de noviembre. Propone que sea derogado "el artículo 49 de la Ley N°14.283 de Declaración de Emergencia Previsional", que tiene hoy una mayor vigencia frente al nuevo panorama nacional en el que -tras las elecciones del 26 de octubre- se plantea la posibilidad de que en el régimen jubilatorio nacional sean modificadas las edades mínimas requeridas para recibir los beneficios previsionales.

Como se sabe, la norma discutida el año pasado en Santa Fe no fue más allá de los límites vigentes a nivel nacional, es decir, de 60 años para las mujeres y 65 para los hombres. Y en el artículo citado dejó en manos del Poder Ejecutivo Provincial el poder de adherir por simple decreto a las disposiciones que en ese sentido defina la Nación.

Senado de Santa Fe. Crédito: Gentileza Cámara provincial de Senadores.

Mejor lo explica el legislador que lidera la bancada opositora en sus fundamentos: "La Ley N.º 14.283, que fue sancionada el 12 de septiembre de 2024 y publicada en el Boletín Oficial el 13 de septiembre de 2024, establece la declaración de emergencia del régimen previsional de los empleados públicos y funcionarios de la provincia de Santa Fe, por un plazo de dos años prorrogable por un año más".

"En el artículo 49 se procede a delegar legislativamente en el Poder Ejecutivo la posibilidad de adecuar las edades jubilatorias del sistema provincial si a nivel nacional se dispone su aumento", indica

"Expresamente el artículo 49 dice: "Delegación. Mientras dure la emergencia declarada a través del artículo 1 de la presente ley, y en el supuesto de modificación de la legislación aplicable que disponga el aumento de las edades previstas para acceder a los beneficios jubilatorios del sistema integrado de jubilaciones y pensiones nacionales establecido por la Ley N° 24241, se habilita al Poder Ejecutivo a incrementarlas hasta llegar a las mismas edades, determinando a su vez la gradualidad de su implementación con apego a los parámetros de progresividad que rigen para las escalas previstas en esta ley y teniendo en consideración las particularidades de los regímenes especiales vigentes", añaden los considerandos.

Recuerda que durante el debate y tratamiento parlamentario en la Cámara de Senadores "expresé claramente mi posición contraria a establecer dicha delegación legislativa y así lo manifesté en la sesión respectiva", al decir que "con todo el respeto, no coincido con los señores senadores preopinantes en la delegación de facultades" directamente ligadas con las edades para jubilarse.

"Tal vez es la forma que el oficialismo encontró para zanjar diferencias y no levantar las edades en este momento y dejarles en manos del gobernador de la Provincia, que puede ser este o según como se analice la ley también puede ser el que venga, si sucede a nivel nacional el aumento de las edades", observa.

"Considero que le hace un muy flaco favor a la institucionalidad de esta Provincia, con una Legislatura que hoy tiene mayorías transitorias, como cada cuatro años, pero que tiene una institucionalidad que uno tiene que reconocer y que es importante. Que siga teniendo la facultad de definir las modificaciones sobre los trabajadores y trabajadoras de la provincia de Santa Fe. Hay una delegación que nos hace mucho ruido, porque pasa al Poder Ejecutivo la definición de acompañar o no modificaciones que haga el Gobierno Nacional en materia de edad", cita.

El senador Rubén Pirola (PJ-Las Colonias). Foto: Archivo El Litoral.

"Podemos discutir si las edades tienen que aumentar, si las mujeres tienen que tener la misma edad que los hombres, si los hombres tienen que aumentar la edad también. Pero creo que ese debate debería darse aquí, en la Cámara de Senadores y en la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Y no transferirle esas delegaciones al Poder Ejecutivo para que defina estas cuestiones", abundó el año pasado Pirola en su intervención ahora copiada del diario de sesiones del 5 de septiembre de 2024, en la página 15.

Espíritu constituyente

"Esta posición hoy se encuentra reforzada a la luz de las discusiones y debates que se suscitaron en la Convención Reformadora de la Constitución Provincial. En la Comisión de Poder Legislativo y Poder Ejecutivo, como también en la de Funcionamiento del Estado y Participación Política, al momento del estudio del tema referido en materia de delegación legislativa y limitación del dictado de Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) se resolvió no incorporar esa posibilidad en el texto constitucional y no conceder esa facultad al Poder Ejecutivo", esgrime Pirola.

"Esta ha sido una decisión de buena salud republicana y de respeto a la división de poderes, que claramente configura el espíritu del constituyente en contra de estas posibilidades de delegación. Teniendo en cuenta los anuncios de una futura reforma previsional, planteada originalmente en el Pacto de Mayo y que ahora avanza en función de las discusiones y negociaciones a llevar adelante con los gobernadores provinciales, considero que debe revisarse la cuestión de mantener la delegación y proceder a reasumir anticipadamente las facultades legislativas de la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, derogando el artículo por el cual se la otorga", expresa.

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Rubén Pirola
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