Los espacios, franjas o columnas verticales se distribuirán de manera homogénea entre las distintas listas, e identificarán con claridad el nombre de la agrupación política; la sigla, monograma, logotipo, escudo, símbolo, emblema o distintivo y el número de identificación de la agrupación política; la categoría de cargos a elegir; para el caso de presidente y vice: nombre, apellido y fotografía color de ambos candidatos; para el caso de la lista de senadores nacionales: nombre y apellido de los candidatos y fotografía color de las personas titulares, y para el caso de la lista de diputados nacionales, deberá contener como mínimo los nombres y apellidos de los 5 primeros candidatos y candidatas de la lista, a excepción de los distritos que elijan un número inferior en cuyo caso se consignarán el total de los candidatos y candidatas.