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Reformas políticas en la agenda

El gobierno de Santa Fe vuelve a enviar el proyecto de ley sobre Voto Joven

Junto a Corrientes son las únicas dos provincias que todavía no aggiornaron su legislación a la nacional. La iniciativa plantea que los chicos y chicas de entre 16 y 18 años puedan sufragar de manera voluntaria. 

El gobierno de Santa Fe vuelve a enviar el proyecto de ley sobre Voto JovenEl gobierno de Santa Fe vuelve a enviar el proyecto de ley sobre Voto Joven

Lunes 21.3.2022
 11:57hs
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Ivana Fux
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Ivana Fux
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Política

El gobierno provincial intentará por segunda vez avanzar con la sanción del proyecto de ley que permita consagrar en Santa Fe el denominado "Voto Joven". Para ello, ya habilitó y remitirá en las próximas horas a la Legislatura el mensaje Nro. 4949, a fin de que pueda ser tratado en extraordinarias. El texto de la norma plantea modificar solamente dos artículos de la ley 4990 (ley electoral), para ampliar el cuerpo electoral de la provincia y considerar "en calidad de electores" a "los argentinos nativos y por opción desde los 16 años, y los argentinos naturalizados desde los 18, que estén inscriptos en el Registro de Electores y no tengan ninguna de las inhabilitaciones" previstas en esa ley.

En los considerandos, se plantea que la iniciativa busca "ampliar los derechos políticos de los jóvenes, constituyendo un nuevo paso en el proceso de construcción de mayor ciudadanía para esa franja etaria". Y se acota que "uno de los principios de la democracia es la ampliación de las bases de participación política asignando a la mayor cantidad de personas posible su intervención en la elección de sus autoridades. En tal sentido – se concluye-, el voto de los más jóvenes incrementa la participación electoral".

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"Cada vez más jóvenes – plantea el proyecto de ley- se involucran para tratar de transformar la realidad a través de la práctica política. Pero en el caso de la provincia de Santa Fe – se advierte-, pueden hacerlo únicamente para los cargos nacionales. Es decir, pueden elegir al presidente y vicepresidente, a los senadores y diputados nacionales, pero no pueden elegir a las autoridades locales".

Según se consigna, la ley de 2012 que habilitó el Voto Joven en comicios nacionales, permitió que en los legislativos de 2013 participaran voluntariamente 627.364 electores de 16 y 17 años. El número creció para las últimas elecciones presidenciales, donde hubo 984.725 votantes de 16 y 17 años habilitados. Con la sanción de la ley nacional, casi todas las provincias comenzaron a adaptar su legislación para permitir el voto joven también en la renovación de los cargos locales. En 2012 se sumaron 9 provincias, en 2013 otras seis; y entre 2014 y 2017 lo hicieron cinco distritos más. Actualmente, las únicas provincias que no lo han instrumentado son Corrientes y Santa Fe.

El proyecto aspira a "consagrar una expansión de los derechos políticos de los jóvenes, permitiendo que puedan elegir a sus representantes en todos los niveles de gobierno", incluso los locales. "Ello implicará "el reconocimiento en esta franja etaria de capacidades y potencialidades hasta ahora invisibilizadas.

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La Constitución

El mensaje del Ejecutivo repara en que si bien la Constitución provincial cristaliza la conformación del cuerpo electoral para ciudadanos a partir de los 18 años, ello "no debe entenderse como una restricción a la ampliación de este derecho, sino que debe ser interpretada de manera sistemática, armónica y dinámica con los preceptos de la Constitución Nacional y con los instrumentos internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional incorporados en la propia Constitución Nacional". Y añade que en la Constitución provincial, en su artículo sexto, establece que "los habitantes de la provincia, nacionales y extranjeros, gozan en su territorio de todos los derechos y garantías que les reconocen la Constitución Nacional y la presente, inclusive de aquellos no previstos en ambas y que nacen de los principios que las inspiran".

Para el gobierno provincial, "dichas disposiciones deben ser tenidas en cuenta al momento de legislar sobre la ampliación de derechos que estipula este proyecto de ley", permitiendo sortear posibles impedimentos normativos. "La posibilidad de que las y los jóvenes voten de manera no obligatoria o facultativa, no vulnera las prescripciones de la carta magna que solamente establece como límite el de los 18 años para el sufragio obligatorio", se sostiene.

Con el envío a la Legislatura del proyecto de Voto Joven, el Ejecutivo pretende abrir una nueva etapa de discusión parlamentaria en la que se puedan comenzar a debatir diferentes reformas políticas. Se sumará a ésta, la discusión por las autonomías municipales, el retoque de normas electorales y por qué no, la propia reforma de la Constitución provincial.

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