Y, entre otras, atribuye a Sain que: a) Dispuso, en uso de su potestad jerárquica tanto como ministro de Seguridad como de director del OI, de los medios por los cuales la asociación ilícita se valió para ejecutar sus planes criminosos (atento a la disposición funcional que poseía sobre los demás miembros de la asociación ilícita y las personas a las que se solicitaban tareas ilegales de inteligencia y recopilación de datos, disposición de los recursos, instalaciones y herramientas de trabajo del Ministerio de Seguridad y OI, claves que fueron solicitadas a distintos organismos públicos y privados, etc.); b) Utilizó para fines ajenos a la prevención en seguridad y la investigación penal (ya sea para fines políticos partidarios, para hostigar o intimidar a rivales políticos o funcionarios, empresarios y profesionales con los que disentía públicamente, etc.) la información personal cuya obtención ilegal ordenó; c) Utilizó con los mismos fines información obtenida en el marco de investigaciones penales violando el deber de reserva; d) Coordinó acciones con los organizadores y demás miembros de la asociación ilícita (mediante conversaciones cotidianas, reuniones periódicas, comunicaciones telefónicas y por aplicaciones de mensajería, etc.) para el montaje y funcionamiento de la estructura destinada a recopilar ilegalmente información de personas físicas y jurídicas; e) Omitió deliberadamente el debido control sobre el personal directamente a su cargo en el Ministerio de Seguridad y el OI a los fines de favorecer la realización de actividades de inteligencia prohibidas por parte de los organizadores y miembros de la asociación ilícita; f) Dispuso de los medios económicos necesarios para sustentar el funcionamiento de la organización delictiva mediante la utilización de las partidas de gastos reservados de la Secretaría de Control, la contratación de servicios a nombre del Ministerio de Seguridad de la Provincia (Sudamericadata, Veraz y NOSIS, entre otros), la contratación de Agustina Moulins y Milagros Bernard por parte del mismo Ministerio, la disposición de las oficinas públicas, su mobiliario, recursos (movilidad, telefonía, etc.), insumos, etc.; g) Dictó órdenes abusivas y contrarias a la legislación a integrantes de la asociación ilícita y miembros de fuerza de seguridad para que apliquen violencia contra personas privadas de su libertad (a fin de obtener información o por el sólo hecho de causarles sufrimiento) y omitió deliberadamente (y ordenó a Funcionarios a su cargo hacerlo) el debido control del accionar policial abusivo y violento cuando este era dirigido contra determinadas personas.