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POLÍTICA

Política

Media sanción al proyecto que establece la prisión preventiva por uso o portación ilegal de armas

En la sesión extraordinaria de este jueves la Cámara Baja santafesina aprobó el proyecto de Ley del Diputado Oscar Martínez del Frente Renovador-PJ por el cual se modifica el Código Procesal Penal y se agrega como peligrosidad procesal al uso de armas, estableciéndose para ello la prisión preventiva.

Media sanción al proyecto que establece la prisión preventiva por uso o portación ilegal de armasMedia sanción al proyecto que establece la prisión preventiva por uso o portación ilegal de armas

Viernes 17.12.2021
 11:12
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Esta iniciativa, que había sido presentada por el legislador en setiembre del 2020 modifica el artículo Nº 221 del Código Procesal Penal de la provincia de Santa Fe (Ley 12.734) que se refiere a la “peligrosidad procesal”, a través de lo cual si al momento de cometerse un delito se portan o utilizan armas, será procedente el dictado de la prisión preventiva.

En el recinto, el diputado agradeció a sus pares la aprobación del proyecto, y especialmente a la Comisión de Asuntos Constitucionales que emitió el dictamen final. “ A pesar de haber pedido en varias oportunidades su tratamiento no habíamos logrado los consensos necesarios para su aprobación, por lo que celebro que al fin lo hayamos logrado” y puso de manifiesto la importancia de la opinión de jueces y fiscales en el sentido de considerar su propuesta técnicamente superior a una iniciativa que en el mismo sentido fue presentada por el Poder Ejecutivo. “A la luz de los hechos que se están sucediendo queda claro que la tenencia y el uso de armas en el momento que se comete el hecho además de constituir o no un delito autónomo, es también una demostración de la conducta que va a asumir el imputado con respecto al proceso, y a los sujetos que intervienen en el mismo; si al momento de cometer el hecho elige un modo que sabe que produce en la víctima miedo no solo actual sino también a futuro es consiente de que su acción también va en procura de su impunidad. Creemos firmemente que quien porta o usa un arma deja en claro cual va a ser su accionar en el proceso y por lo tanto esa conducta habilita el dictado de la prisión preventiva como mecanismo cautelar”.

Martínez hizo hincapié además en que gran parte de los fundamentos del proyecto que presentó se basan en los números que elaboró el propio Observatorio de Seguridad Pública provincial. “En este último tiempo hemos sido testigos de una enorme escalada de la violencia urbana cuyas causas son múltiples y sus efectos devastadores. Tomando como fuente los datos estadísticos consignados en los informes del Observatorio de Seguridad Pública -que triangula la información de los Ministerios de Salud, Seguridad y la Secretaria de Justicia- de noviembre del corriente año, el reporte de Personas Heridas con Armas de Fuego a causa de armas de fuego correspondiente a los Departamentos La Capital y Rosario entre enero y noviembre del año 2021 es de 1239. Un dato aún más grave es que tanto en Rosario como en Santa Fe más de la mitad de las personas heridas con armas de fuego no superan los 30 años. Por otra parte y también según los informes del Observatorio de Seguridad Pública los números de los homicidios dolosos cometidos en el transcurso de este año en Rosario y Santa Fe son 333 y las franjas de edad que acumulan más víctimas son la que abarca entre los 20 y los 24 años y la que comprende entre los 25 y los 29 años”.

“Semejante panorama -continuó el legislador- requiere acciones concretas directas y efectivas que contribuyan a que esta situación cambie. Obviamente las responsabilidades y funciones no son las mismas para todos los actores de la realidad social o del sistema institucional. Tanto la Constitución Nacional como la de nuestra Provincia delimitan las responsabilidades y funciones de los distintos órganos del estado y entre las provincias y la Nación. En ese orden de ideas corresponde a esta Legislatura la sanción de las leyes de rito y al Congreso Nacional la sanción de los códigos de fondo en virtud de lo establecido por el artículo 75 inc. 12 de la Constitución Nacional”.

Y agregó: “Desde que asumí como Diputado provincial asumí públicamente el compromiso de aportar todo lo que estaba a mi alcance para poder abordar la problemática de la inseguridad y particularmente de la violencia y su impunidad entendiendo que esta última tiene un doble efecto devastador en nuestra sociedad. Por un lado las terribles consecuencias sufridas por las víctimas y sus familiares quienes tienen que convivir con esas huellas de dolor por el resto de sus vidas y por el otro la disgregación del tejido social que entiende que vale más la razón de la fuerza que la fuerza de la razón. Si el Estado deja de ejercer el monopolio de la fuerza y renuncia al ejercicio de su rol característico la escalada de violencia será mucho más cruenta y de mayor magnitud”.

“En definitiva -sentenció- no se trata de aparentar dureza con el delito con proyectos que parecen duros pero que técnicamente son vulnerables. La dureza del Estado debe estar en la fase de prevención del delito. Una vez accionado el sistema de persecución penal deben observarse normas que no presenten flancos para ser atacadas porque si no la sensación de ‘puerta giratoria’ se acrecienta cada vez más. Es nuestra obligación como legisladores sancionar las leyes que permitan que esta persecución penal sea implacable y de acuerdo al Estado de derecho se haga justicia”.

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Oscar "Cachi" Martínez

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