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Conflicto institucional y final incierto

Sanciones a fiscales: para Somaglia "no hay intromisión de poderes"

El secretario de Justicia opinó que el fallo de la Cámara laboral de Rosario "conspira" contra el interés que pretende tutelar, que es la autonomía de los poderes. Dijo que el MPA ha "ninguneado" a la Auditoría General, que sólo trabaja con cuatro pasantes. Y advirtió sobre el "exorbitante" número de juicios abreviados acordados; "hay que indagar sobre ello", sugirió.

Sanciones a fiscales: para Somaglia "no hay intromisión de poderes"Sanciones a fiscales: para Somaglia "no hay intromisión de poderes"

Martes 29.9.2020
 20:54
Ivana Fux
Ivana Fux

Para el secretario de Justicia, Gabriel Somaglia, "no hay una intromisión de poderes" en la facultad delegada a la Legislatura para investigar y sancionar a fiscales y defensores de la provincia. En función de ello y en diálogo con El Litoral, advirtió sobre "la gravedad institucional" del fallo judicial que declara inconstitucional la ley que delega esa potestad sancionatoria en el parlamento.

"Respetemos la independencia de la instituciones como el MPA y el Poder Judicial pero no somos indiferentes a las mismas, menos cuando resoluciones de este tipo acarrean consecuencias sobre la estabilidad de las potestades de los poderes integrantes del estado", planteó el funcionario. Somaglia se refirió así al fallo de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Rosario, que hizo lugar a un planteo del fiscal Adrián Spelta, y consideró inconstitucional la ley Nro. 13.807. La sentencia generó un cimbronazo en el ámbito político porque deja en stand-by a todos los procesos de investigación iniciados en el marco de la Comisión de Acuerdo.

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Pablo Aguirre Somaglia recordó que el sistema tiene apenas seis años de vigencia y señaló que la ley se hace per se y que luego la práctica puede llevar a modificaciones.

Somaglia confirmó que el Fiscal de Estado apelará la resolución. "Entendemos que los magistrados se estarían inmiscuyendo en las facultades y potestades propias que tiene la Legislatura. Además, creemos que el interés jurídico que pretende preservar el fallo respecto de la autonomía de los fiscales no es tal; al contrario, se conspira contra él. Lo que quiero decir es que la Cámara no puede desconocer las atribuciones que tiene la Legislatura y su potestad de dictar leyes. En el caso del MPA, que rige la actividad de los fiscales, el parlamento tiene la posibilidad de dictar las normas que regulen la actividad disciplinaria y funcional de quienes integran ese órgano", planteó.

- ¿A su criterio no hay, entonces, una intromisión de poderes como lo señala la Cámara?

- No, de hecho para los magistrados, la propia Constitución y una ley regulan su mecanismo de enjuiciamiento, y existe un tribunal conformado por la Corte y otros miembros. Esta ley ha diseñado un sistema de enjuiciamiento y podría darse la paradoja de que en este tiempo de inestabilidad que vamos a vivir, no sepamos quién tiene que investigar a los fiscales. Si pensamos en la Auditoría General, que es una institución que se incorpora recientemente al sistema y tiene facultades disciplinarias sobre los fiscales, implicaría que es el propio MPA el que enjuicia a sus integrantes. Eso sí colisionaría con la independencia. Pero además, esa Auditoría sólo tiene facultades disciplinarias que no alcanzan a la destitución. Entonces, situaciones de fiscales que están siendo investigados por corrupción o por no cumplir con su deber, o que facilitan juicios abreviados para hechos delictivos de mucha gravedad, no podrían ser destituidos. Por lo tanto, la independencia que este fallo pretende sostener para el MPA no es tal. Finalmente, es una controversia que sólo se circunscribe al derecho local; no hay afectación a la Constitución Nacional. En la provincia de Santa Fe, el MPA forma parte de la estructura del Poder Judicial y solamente tiene autonomía financiera; no es independiente de ese poder. Por lo tanto no hay lesión a la Constitución.

- Si la Auditoría implicaría que el MPA se investiga a sí mismo y a la vez, la ley que delega esa potestad en la Legislatura también tuvo un origen de controversia, ¿cuál sería el mecanismo superador para investigar la conducta de los fiscales?

- Aquí se dan una serie de paradojas; en primer lugar, las dos leyes que se dictaron para determinar el enjuiciamiento de los fiscales contaron con un apoyo de todo el arco político. Fueron acompañadas por el ex gobernador Antonio Bonfatti y promulgadas por Miguel Lifschitz; también acompañaron los principales referentes del PJ y de otras fuerzas como Santiago Mascheroni. Todos estuvieron de acuerdo. Acá no hay una defensa corporativa de un poder sobre otro pese a lo que dice la camarista que dicta el primer voto; ella dice que su sentencia no tiene un propósito corporativo. Por otra parte, el propio MPA que insiste en defender su autonomía, hasta a ninguneado a la Auditoría. Hoy, ese organismo tiene apenas cuatro pasantes para trabajar; es el 0,5% del personal de una estructura burocrática amplísima que tiene el MPA. Otra cuestión; el 95% de las sentencias emitidas desde que está el MPA en funcionamiento, se producen a partir de juicios abreviados que implican acuerdos entre fiscales y defensores. Y sólo hay 500 juicios públicos que han culminado. Nos parecen que son números exorbitantes y que hay que indagar cómo son estos acuerdos de juicios abreviados. Y ese trabajo lo tiene que hacer una Auditoría que hoy sólo tiene cuatro personas para trabajar. Esto no es ponerse en contra del MPA; todo lo contrario. Los fiscales hacen un esfuerzo realmente para destacar, y fueron ellos mismos los que dieron cuenta de la conducta incorrecta de sus pares. Pero tenemos que apuntar a que este organismo funcione cada vez mejor.

- ¿A partir de este fallo, qué puede suceder con todos los procesos de investigación iniciados sobre la conducta de varios fiscales?

- La Legislatura seguramente resolverá con la prudencia necesaria; si suspende los procesos de investigación como consecuencia de los efectos que acarrea el fallo en cuestión, permanecerían en esa situación hasta tanto la máxima autoridad judicial se expida al respecto.

- ¿Una vez superada esta situación, debería promoverse una reforma a la ley?

- Toda ley es perfectible; es sancionada por seres humanos que pueden cometer errores. Siempre se busca la mejor ley que pueda satisfacer el interés general. Esta ley se dicta porque se advierte que había una laguna en el sentido de que no había ninguna previsión legal sobre cómo enjuiciar y destituir a un fiscal si se excede de sus facultades. Siempre hay posibilidades para reverlas y tratarlas (a las leyes). Pero para ello tiene que existir un consenso tan amplio como el que se dio en su momento para sancionarla.

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