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El fiscal echado por causas caídas prendió el ventilador: apuntó a su jefe, un ex camarista y la Auditoría del MPA

La Legislatura lo removió este mes del cargo que ocupaba en la Fiscalía de Reconquista. Fue tras su "mal desempeño" en casos de abusos sexuales y un triple crimen sin condena. En su descargo, se despachó contra el arco acusatorio y anticipó que apelará.

El fiscal echado por causas caídas prendió el ventilador: apuntó a su jefe, un ex camarista y la Auditoría del MPAEl fiscal echado por causas caídas prendió el ventilador: apuntó a su jefe, un ex camarista y la Auditoría del MPA

Miércoles 25.6.2025
 17:01hs
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Gustavo Capeletti
Por: 
Gustavo Capeletti
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Norte 24

En una sesión conjunta de ambas cámaras de la Legislatura de Santa Fe, celebrada el jueves 12 de junio, se resolvió por amplia mayoría remover de su cargo al hasta entonces fiscal de Reconquista Alejandro Rodríguez. Además de la destitución, la resolución dispuso su inhabilitación para reingresar al Ministerio Público de la Acusación (MPA) por un período de 10 años.

La votación no contó con apoyos para el fiscal: sí hubo abstenciones, pero ningún voto afirmativo en favor de Rodríguez. Con mayoría de votos negativos hacia la tarea del funcionario, se alcanzó la mayoría especial que exige la Constitución santafesina para aplicar la medida disciplinaria extrema.

Rodríguez fue hallado responsable de desatención de causas sensibles. La comisión de Acuerdos le reprochó haber dejado prescribir varias investigaciones por abuso sexual, lo que a criterio de la Legislatura constituyó una falta gravísima. También le atribuyó haber incurrido en una pérdida de confianza institucional por la acumulación de demoras y debido al impacto social de esos hechos dictaminó que era pasible de apartamiento. Desde el inicio del nuevo sistema penal acusatorio, Rodríguez es el tercer fiscal de Reconquista removido en los últimos años bajo señalamientos de faltas funcionales.

En contexto y de acuerdo a lo expuesto por el diputado radical José Corral, que actuó como miembro acusador, la acusación se centró en 4 causas, 3 de estas referidas a abusos sexuales -1 de ellas global contra todos los fiscales de Reconquista y 2 directas contra el cuestionado-, y la restante relacionada con el tristemente célebre “crimen de los pescadores”, un triple ejecución a sangre fría ocurrida en 2001 en la zona de islas de Reconquista, que más de 24 años después sigue sin condenados.

“En todos los expedientes que hemos estudiado se detecta cierta negligencia, una demora injustificada y falta de impulso del proceso penal... Se argumenta que faltan recursos para llevar adelante la tarea de fiscal, ha faltado voluntad de avanzar”, afirmó el integrante de la Cámara baja.

“Criterio subjetivo”

Rodríguez hizo público su descargo en las últimas horas. El fiscal removido por “dejar caer causas” prendió el ventilador y apuntó contra quien hasta hace poco fuera su jefe directo, el fiscal regional Rubén Martínez; englobó en su diatriba a la Auditoría del MPA y al exfiscal y juez de cámara jubilado José Mántaras, este último de Vera.

El un documento dirigido a la opinión pública, vertió fuertes críticas al accionar de la Auditoría General del Ministerio Público de la Acusación (MPA) de la provincia de Santa Fe. El texto denunció que, bajo un “criterio subjetivo e inflación en lo punitivo”, se avanzó en causas disciplinarias contra fiscales, con remociones incluidas, “sin fundamentos jurídicos claros ni consistentes”.

Los cargos recaídos sobre Rodríguez fueron por “falta de impulso y actuación sin perspectiva de género” ,y “morosidad y no cumplir directivas del fiscal regional”. Sin embargo, contrarrestó las calificaciones en razón de considerarlas provenientes de un “supuesto informe” realizado por una fiscal de Santa Fe, quien ”habría detectado prácticas irregulares, todas absolutamente discutibles (sic) en el accionar de ‘todos’ los fiscales de Reconquista".

El fiscal apartado reprochó especialmente la conducta funcional del camarista José Antonio Mántaras (ya retirado).

“No obstante, el auditor no repara en que esta fiscal tenía como función: asesorar y apoyar la tarea de los fiscales de género y no realizar informes; y porque, además, dicho informe no tiene ni firma ni sello de dicha funcionaria: una desprolijidad del auditor del MPA que no resiste el menor análisis crítico”, fustigó.

Respecto a las causas por abusos sexuales, se defendió al afirmar que “tuvieron el impulso correspondiente: en menos de 2 años, 'a mi pedido', se realizaron 30 audiencias preliminares". Una de ellas, reveló, se había iniciado “7 años antes de su participación y todas tuvieron su correspondiente ”impulso" procesal.

Demoras y evasivas

La restante causa abordó el trabajo de Rodríguez en el ”triple crimen de los pescadores", también citado como “la masacre de El Biguazal” por el nombre del enclave isleño donde en la noche del 2 de enero de 2001 fueron ultimados a balazos Francisco Meza (67), su hijo Rafael Meza (29) y Matías Bustamante (18).

Por el conmocionante hecho de sangre fue condenado Carlos Cano, pero en consonancia con el fallo de la Corte nacional en el caso Fraticelli, en una acordada de emergencia en 2009 la Corte provincial declaró nulo el fallo condenatorio y Cano quedó en libertad, en un bochornoso capítulo de la historia judicial del norte santafesino. Es que los integrantes del tribunal pluripersonal que lo condenaron habían participado en etapas anteriores al juicio oral en su rol de camaristas penales.

A fines de la década pasada, en 2019 la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Vera resolvió planteos de prescripción del “crimen de los pescadores” formulados por la defensa técnica de Cano y sostuvo que de ninguna manera había prescripto, en consecuencia ordenó a la Oficina de Gestión de Gestión Judicial que disponga la realización de un nuevo juicio oral y público. Rodríguez fue designado para retomar las actuaciones, pero su supuesta demora en encaminar la causa a juicio oral desembocó en el proceso disciplinario que lo alejó de su puesto. En febrero pasado, se sustanció la audiencia preliminar de acusación, en los Tribunales de Reconquista: los acusadores fueron los fiscales Nicolás Maglier y Valentín Hereñú.

Una de la causales de remoción abordó el trabajo de Rodríguez en la nueva acusación por el ”triple crimen de los pescadores", ocurrido en la noche del 2 de enero de 2001 en la zona de islas de Reconquista, cuando fueron ultimados a balazos Francisco Meza (67), su hijo Rafael Meza (29) y Matías Bustamante (18).

En su favor, adujo que en atención a que se trataba de una “causa sensible y compleja”, ya que en el anterior sistema el imputado fue condenado, pero, la “Corte Suprema de Justicia provincial anuló el fallo y mandó a hacer otro”.

En consonancia y advirtiendo que la causa no tenía pronóstico de condena, dijo que convocó a los familiares de las víctimas y les informó el estado de la causa. “Antes lo había hecho verbalmente y por escrito al fiscal regional Martínez de la situación; requiriéndole que analice la situación y que participara a la Fiscalía General de la provincia la misma; pero, contestó ‘siempre’ con evasivas; hasta que, de repente, y a sabiendas de la situación y pronóstico de la causa, ordenó que se acuse y se lleve la causa a juicio”.

“¿Por qué será…?”

Sobre este particular, el fiscal apartado reprochó especialmente la conducta funcional del ex camarista José Antonio Mántaras (ya retirado), quien inició el reproche con la remisión de "una nota a la Corte provincial porque le llamó la atención la morosidad del fiscal Rodríguez, que recibió la causa en 2019; pero no la morosidad de los 18 anteriores”.

Para Rodríguez, fue esa “preocupación” de Mántaras lo que generó a se lo acusara de inacción y desobediencia a la instrucción del fiscal regional Martínez, que lo intimó a formalizar la acusación contra el sospechoso Cano.

Con una verba cargada, ironizó: “Qué importante hubiera sido que en el tiempo en que fue fiscal del MPA en la ciudad de Vera (por 4 años y 7 meses: de marzo de 2014 a septiembre de 2018, ’sin rendir concurso alguno'), cobrando sueldo de fiscal de Cámara sin ir a trabajar, se hubiera ofrecido intervenir en la causa y hubiese realizado lo que había que hacer; porque esta causa (que nació en 2001), traía una demora importante, en un sistema en el que, ¡oh, casualidad!, a él le correspondía actuar”.

Rodríguez fue por más y reprobó que “cuestionar la tarea de otros ‘que sí trabajan’ no posiciona a Mántaras como el reivindicador de causas justas, ni lo abstiene de ser el protagonista de estar incluido en las críticas de varios libros de derecho procesal, en la que citan sus fallos como lo que precisamente no hay que hacer”, una situación a la que calificó como “verdaderamente vergonzosa” y que "ningún funcionario auditor remitió a la Legislatura ¿Por qué será…?”, indagó, e intensificó la carga: “Porque eso, también es ‘mal desempeño de sus funciones’. Me pregunto: ¿a ningún/a auditor/a se le ocurrió actuar…?”.

Apelación y atraso

En la parte final de su presentación, hizo constar que la remoción en el cargo provocó un “grave perjuicio en mi vida familiar, personal, social y profesional. En el camino quedan ciertos sabores amargos que me incentivaron a buscar justicia; por lo que, recurriré a cuanta instancia recursiva tenga a mi alcance (provincial, nacional e internacional)”.

Sin nombrarlo, pero al vez sin dejar lugar a dudas de estar aludiendo a su hasta hace poco jefe directo, el fiscal regional Rubén Martínez, postuló que “personas ineficientes, malintencionadas, traicioneras y dañinas como ‘quien dirige el barco’ (con perdón de los timoneles) tienen que irse; pero, también, deben una parte por el atraso que provocan en una institución útil a la sociedad, como es el MPA”.

La FR4 “merece alguien que sea probo, que sea un referente de los tripulantes del barco; con coraje; sin compromisos políticos y sobre todo con respeto a los derechos humanos”.

“Reconquista es una ciudad pujante; tiene con qué hacer frente a muchas situaciones. No se olviden de las víctimas, ni de quienes fuimos su voz”, instó, para luego, a tono más personal “pedir disculpas a la sociedad y a ciertas víctimas por no haber podido atender sus causas como era de esperar. A algunas les dediqué todo mi esfuerzo, las abracé, las llamé, me rogué por ellas”.

Sobrecarga estructural

Según datos aportados por el propio Rodríguez en descargos anteriores, la Fiscalía Regional 4 trabaja con menos de la mitad de los fiscales que prevé la ley (8 en lugar de 19) y gestiona más de 100 000 legajos en trámite. El ahora ex fiscal había denunciado a su vez arbitrariedad en los procesos disciplinarios y falta de recursos para afrontar la demanda de causas, sosteniendo que “cualquier fiscal es vulnerable a ser acusado de falta grave” en ese contexto.

Cuando se diseñó el nuevo sistema, para que el MPA pudiera funcionar en óptimas condiciones, se previó un fiscal cada 13.500 habitantes. Si la fiscalía regional 4° trabajaba para una densidad poblacional de 260.660, debería contar, entonces, con 19 fiscales. Pero, “la realidad es que son 8 fiscales (2 en Las Toscas; 1 en Vera y 5 en Reconquista). De los cuales, uno de esos 5 fiscales cubre la carencia de uno de los fiscales de Vera; y viaja todos los días desde Reconquista a Vera. Hoy, con mi remoción, sólo quedan 4 fiscales en funciones”, contextualizó.

Derechos y garantías

La Legislatura provincial -para remover fiscales y defensores del nuevo sistema- utiliza la Resolución 803, del año 2018; que “viola flagrantemente los derechos y garantías de los funcionarios sometidos al proceso disciplinario: una Resolución que no tiene origen en la Constitución de la provincia de Santa Fe ni en una ley formal del poder legislativo (único ámbito donde se regula la función de los legisladores), se establece que pueden ser tribunal disciplinario de los fiscales del MPA)”, se escudó Rodríguez en su defensa, bajo la asesoría del abogado Mauricio Frois.

De acuerdo a su apreciación, se trata de “una Resolución que no respeta el orden jerárquico obligatorio del Art. 31 de la Constitución Nacional, que expresamente prevé: ‘La Constitución, los tratados y convenciones internacionales a los que argentina ha adherido, son ley suprema de la nación. Y, las provincias deben acomodar su legislación a ella…’. La provincia de Santa Fe, con el dictado de esta resolución 803/18, no cumple con el obligatorio mandato de la Constitución”.

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