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Cuáles son los cambios clave que se plantean para sanear la Caja Municipal de Jubilaciones

El Ejecutivo remitió el mensaje al Concejo. A septiembre de 2025, el déficit de la Caja fue de $952.604.226,41: la situación financiera es “apremiante”. Se propone actualizar la normativa actual, con subas en el porcentaje de aportes mensuales.

Cuáles son los cambios clave que se plantean para sanear la Caja Municipal de JubilacionesCuáles son los cambios clave que se plantean para sanear la Caja Municipal de Jubilaciones

Martes 2.12.2025
 9:17
Luciano Andreychuk
Luciano Andreychuk

El Ejecutivo Municipal, a cargo del intendente Juan Pablo Poletti, remitió al Concejo local el mensaje N° 40, donde propone una batería de modificaciones al articulado de la Ordenanza Nº 6.166, que regula y estructura en términos normativos a la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe.

Como es de público conocimiento, el primer mandatario local recibió en agosto el informe confeccionado por la Comisión Especial de estudio y análisis del régimen previsional del personal municipal, que tuvo como finalidad establecer una cuadro de situación y un diagnóstico actualizado de la Caja.

De ese informe se desprendió que el déficit acumulado del 1° de enero al 31 de agosto fue de 1.702 millones de pesos. La Caja está integrada por 51 municipios y comunas de toda la provincia de Santa Fe.

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La presidenta de la Caja Municipal de Jubilaciones, Valeria López Delzar, había declarado: “Venimos con un déficit sostenido y creciente en lo que va del 2025, en virtud de múltiples factores pero, sobre todo, lo que ingresa de aportes y contribuciones versus lo que se paga de jubilaciones y pensiones”.

Los fundamentos

En el mensaje remitido por el municipio al Legislativo, se plantea una modificación de decenas de artículos de la Ordenanza Nº 6.166, con la intención de “establecer modificaciones y actualizaciones que son imprescindibles para el correcto funcionamiento de la Caja”, dice el mensaje en sus fundamentos. Podría ser tratado en la próxima sesión del jueves 4.

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Esta propuesta normativa “se presenta en el marco de una apremiante situación económica y financiera de la Caja Municipal, que arroja mes a mes un estado deficitario, que se acentuó en el balance acumulado durante el 2024 y en lo que ha transcurrido de este año 2025, producto de múltiples factores”, aduce luego.

Uno de los motivos está relacionado con el “efecto negativo de la inflación” y sus consecuentes incrementos en las políticas salariales, “que debe trasladarse al sector pasivo y a la vez tales incrementos no tienen su correlato en todos los fondos que ingresan a la Caja”.

Poletti, al recibir el informe de la comisión especial sobre el estado de la Caja. Crédito: Archivo

“Otro de los motivos de trascendencia radica en la relación entre recursos ordinarios genuinos, que no son suficientes para cubrir todas las prestaciones previsionales mensuales que la institución debe hacer frente, provocando que la situación de la Caja Municipal sea de insostenibilidad en el corto plazo”.

Luego agrega que el déficit acumulado de enero a septiembre de 2025 se redujo a $952.604.226,41. Los números, con todo, siguen estando en rojo. “La situación descripta no puede sostenerse sin tomar medidas urgentes y contundentes, que pongan freno al déficit creciente”, se agrega.

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El proyecto “busca modificar el régimen de jubilaciones y pensiones para funcionarios, empleados, obreros y demás agentes civiles de la Municipalidad de Santa Fe, con sus organismos autárquicos y descentralizados, como así también 51 municipalidades adheridas”.

Busca mantener la “estructura un régimen previsional de reparto, solidario y con compromiso intergeneracional (…), sin descuidar los principios rectores de la Seguridad Social y garantizar la subsistencia económica financiera a través del tiempo, para poder cumplir con la cobertura de las contingencias de vejez, invalidez y muerte”.

Los cambios centrales

En primer lugar, el mensaje propone elevar el porcentaje de aportes personales mensuales de los afiliados a la Caja, y establecer un aporte extraordinario para el personal de gabinete y funcionarios de un 2%.

Actualmente, los afiliados deben contribuir con un aporte mensual del 13% del total de las remuneraciones, excepto las correspondientes a cargas de familia. Ahora, lo que se propone es que ese porcentaje sea del 16% del total de las remuneraciones.

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“Cabe destacar que, en comparación con otras instituciones previsionales, nuestra Caja Municipal cuenta con el aporte personal más bajo de los establecidos en otras Cajas Municipales de la provincia de Santa Fe y del país”, se asegura en los fundamentos.

Segundo, se plantea establecer reglas claras en lo referente al derecho al cómputo privilegiado en el cálculo de la edad y servicios prestados por docentes y preceptores al frente de cursos en Liceos Municipales (artículo 32).

En la actual normativa se computan como tiempo de servicios los períodos de licencia, descansos legales, enfermedades, accidentes, maternidad u otras causas que no interrumpan la relación de trabajo, siempre que por tales períodos se hubiere percibido remuneración o prestación compensatoria de ésta.

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“Tendrán derecho a un cómputo privilegiado en el cálculo de la edad y servicios prestados los docentes y preceptores al frente de curso en los Liceos Municipales o Institutos Educacionales dependientes de las Municipalidades y Comunas adheridas al régimen de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones”, dice.

A estos afiliados “se les computa por cada cinco años de servicios prestados uno más de servicios y uno más de edad. A los fines del cómputo privilegiado (...), serán tomados en consideración los servicios prestados hasta la vigencia de la Ordenanza Nº 6.166”.

La presidenta de la Caja Municipal de Jubilaciones, Valeria López Delzar. Crédito: Archivo

Ahora, lo que se propone es computar como tiempo de servicios los períodos de licencia, descansos legales, enfermedad, accidentes, maternidad u otras causas que no interrumpan la relación de trabajo, siempre que por tales períodos se hubiere percibido remuneración o prestación compensatoria de ésta, y se hubieren efectuado los aportes y contribuciones correspondientes.

El argumento del municipio capitalino es que con esto se generan “situaciones muy dispares de docentes con 4 horas y otros docentes con 30 horas frente a cursos de Liceos Municipales o Institutos Municipales, ambos con el mismo derecho a un cómputo privilegiado”.

Sanciones

En tercer lugar, y como modificación importante, se pretende establecer sanciones para las municipalidades y comunas que no envíen en tiempo y forma las declaraciones juradas sobre planillas de sueldos con los datos exigidos, tales como las planillas de sueldo y las liquidaciones, entre otras.

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El artículo 20 de la actual normativa que regula la Caja establece que los municipios y comunas deben remitir las planillas de sueldo que liquiden las oficinas encargadas el respecto; nombre del empleado; cargo de desempeña; importe del sueldo asignado, los descuentos que correspondan a cada concepto y el saldo líquido que se debe a abonar a la Caja.

En el mensaje del Ejecutivo, se agregaría un inciso a ese artículo, que dice lo siguiente: “La Municipalidad de Santa Fe, el Concejo local y los municipios adheridos a la Caja Municipal deberán enviar a esta institución la información relativa a las nóminas salariales de los activos afiliados y sus respectivas planillas de sueldo”.

¿Cómo? A través de la carga en el Sistema de control de aportes vigente, antes del día diez de cada mes. La omisión de hacerlo dentro del plazo establecido será sancionada con una multa que será fijada por la Junta Administradora, entre un 1% y un 10% de la última nómina salarial bruta informada por el ente u organismo.

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“Dentro de dichos porcentajes, la Caja podrá implementar sanciones ante defectos constatados en la información suministrada”, agrega.

Beneficios de pensión

El cuarto cambio es el que versa sobre toda la redacción relativa al beneficio de pensión, “adaptando los requisitos y exigencias para acceder a tal derecho, aclarando los porcentajes en que se comparte dicho beneficio para quienes concurren a la pensión en carácter de cónyuge divorciado, separado de hecho o legalmente y concubinas/os”, dice el mensaje.

También, se deberá determinar el porcentaje del haber de pensión e incorporar a los hijos/as mayores de edad que siguen sus estudios de nivel terciario o universitario, extendiendo la duración del beneficio de pensión en esos casos hasta los 25 años inclusive.

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La quinta modificación es una actualización normativa en la redacción de artículos en particular, a fin de precisar su alcance, sin dejar abierta la interpretación a la hora de garantizar el acceso a un beneficio de los que otorga la Caja.

“Es intención del Ejecutivo no causar ningún menoscabo en los haberes previsionales de jubilación o pensión que perciben los beneficiarios de la Caja Municipal, por entender que el sector pasivo se encuentra dentro de los grupos poblacionales que requieren especial protección”, subraya el mensaje en sus fundamentos.

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