“La autarquía sólo se justifica cuando la naturaleza del organismo exige independencia funcional respecto de los objetivos y prioridades de la Administración Central, como ocurre en entes reguladores, organismos de control o entes que deben operar con criterios técnicos autónomos respecto de la autoridad política. Ese no es el caso del INA”, argumentó Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado. “Sus funciones de investigación hídrica, asesoramiento especializado, control y preservación del recurso hídrico están directamente alineadas con las funciones que desarrolla la Secretaría de Obras Públicas, que es además quien ejecuta las obras y programas de infraestructura hídrica del Estado nacional -expresó a través de su perfil en X-. No existe ninguna razón técnica ni institucional que justifique mantener una estructura autárquica, con áreas financieras y administrativas propias”.