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Desde enero, habrá una nueva escala para el régimen del monotributo

El reajuste queda muy por debajo de la inflación; los montos a pagar, congelados durante un año, aumentarán un 110,9%.

Desde enero, habrá una nueva escala para el régimen del monotributoDesde enero, habrá una nueva escala para el régimen del monotributo

Miércoles 27.12.2023
 16:55

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó este miércoles las nuevas categorías de facturación y las cuotas a pagar del régimen de monotributo que comenzarán a regir desde el 1° de enero.

La facturación anual máxima para estar en el monotributo será a partir de enero de 2024 de aproximadamente $16.957.898 en la actividad de comercio y de alrededor de $11.916.360 si el contribuyente se dedica a la prestación de servicios. Los importes son estimados y surgen de aplicarles a los valores actualmente vigentes un reajuste según el esquema de actualizaciones establecido en la normativa vigente.

De esta forma, las nuevas autoridades convalidaron las escalas que habían sido anunciadas previo a la asunción de Javier Milei.

La facturación anual máxima para estar en el monotributo será a partir de enero de 2024

La actualización implica una suba en las cuotas de 110%, casi la mitad de la inflación que se producirá en el año.

Cómo queda la escala

Categoría A: pasará a $2.108.288,22. Cuota: $12.128,39

Categoría B: pasará a $3.133.941,71. Cuota: $13.571,75

Categoría C: pasará a $4.387.518,35. Cuota: $15.241,42

Categoría D: pasará a $5.449.094,70. Cuota: $19.066,46

Categoría E: pasará a $6.416.528,89. Cuota: $24.526,43

Categorías F: pasará a $8.020.661,11. Cuota: $29.223,11

Categoría G: pasará a $9.624.793,31. Cuota: $33.439,61

Categoría H: pasará a $11.916.410,77. Cuota: $56.402,68

Categoría I: pasará a $13.337.213,57. Cuota: $81.121,96

Categoría J: pasará a $15.285.088,45. Cuota: $93.619,47

Categoría K: pasará a $16.957.969,16. Cuota: $106.964,65

Las cuotas mensuales tienen un incremento de 110%

Importes mensuales

Los importes a pagar mensualmente, en tanto, serían los siguientes para quienes tienen a su cargo la obligación de abonar los tres ítems (impuesto integrado, jubilación y obra social). Categoría C: $15.503 (servicios), $15.241 (comercio); D: $19.498 y $19.066 respectivamente; E: $26.946 y $24.526; F: $33.137 y $29.223; G: $38.695 y $33.440; H: $66.111 y $56.402 respectivamente. En los tres escalones más altos esos importes totales serían de $81.122 (categoría I); $93.619 (J), y $106.964 (categoría K).

Individualmente, según el componente de pagos, la actualización marca que el monto del impuesto se moverá entre los $1048 y los $72.817, según la categoría. El aporte jubilatorio será de entre $4623 (categoría A) y $11.991 (categoría K), en tanto que el pago para el sistema de salud tendrá un monto de $6457 para quienes están en el escalón más bajo y de $22.156 para los categorizados en el tramo más elevado.

Los monotributistas de las categorías A y B están exentos de pagar el impuesto integrado (y sí deben aportar al sistema jubilatorio y al de salud) siempre que no tengan un empleo bajo relación de dependencia, una jubilación o una pensión, ni estén en la conducción o dirección de sociedades, ni alquilen sus bienes, ni se dediquen a inversiones financieras.

En enero regirá, además, el primer período de recategorización obligatoria de 2024. Es el trámite por el cual cada monotributista debe observar la facturación de los 12 meses previos y, en caso de hacer falta, reubicarse en la tabla de las categorías que responden a diferentes rangos de ingresos.

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