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Estos serán los haberes de mayo de los jubilados argentinos con el aumento por inflación

Según lo establecido por un DNU, los ingresos tendrán una recomposición de 8,8%, índice equivalente a la variación promedio de los precios en abril.

Estos serán los haberes de mayo de los jubilados argentinos con el aumento por inflaciónEstos serán los haberes de mayo de los jubilados argentinos con el aumento por inflación

Martes 14.5.2024
 23:44
 / 
Actualizado al Miércoles 15.5.2024 11:04hs
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Los jubilaciones y pensiones del sistema de la Anses tendrán un reajuste de 8,8% en junio, es decir, una suba equivalente a la variación que, según comunicó esta tarde el Indec, tuvo en abril el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

De esta manera, el haber mínimo rondará los $206.900 y el máximo será de alrededor de $1.392.500, ambos montos, en bruto. El reajuste alcanzará a todos los ingresos del régimen general, sin importar de cuánto sea el monto. Y también abarcará a las prestaciones no contributivas, como la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que equivale al 80% del haber mínimo.

Las cifras exactas dependerán de cuántos decimales tenga el índice que finalmente se utilice. El Gobierno deberá definir, por otra parte, qué ocurrirá con el bono de hasta $70.000 que cobran quienes tienen los ingresos más bajos del sistema.

La suba de haberes con frecuencia mensual y según el índice de inflación es una regla que fue establecida por el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 274. Esa norma del Poder Ejecutivo modificó la modalidad de actualización de las prestaciones. Concretamente, definió que en julio ya no tendrá vigencia la fórmula de la ley 27.609, que rige desde 2021.

Y estableció que el actual trimestre, que va de abril a junio, es un período de transición o empalme entre esa modalidad de reajustes y los aumentos definidos por la variación del IPC.

Por eso, en junio habrá un punto de inflexión. El DNU establece que, además de otorgarse un reajuste a los haberes según la inflación de abril, se debe comparar el incremento acumulado entre el cuarto y el sexto mes del año con el índice resultante de la fórmula de movilidad. Y, en caso de que este último número sea más alto (es decir, si con la ley impulsada por el gobierno anterior hubiera correspondido una suba mayor), entonces el Estado debería pagarles a los jubilados lo que corresponda por esa diferencia.

En cambio, si de la fórmula surge un índice inferior, no hay un incremento extra y las subas ya otorgadas quedan incorporadas a los haberes, sin que se descuente nada.

La recomposición de 8,8% se aplicará sobre el valor de los ingresos de este mes que, a su vez, tienen incluidos un aumento de 11,01% respecto de los valores de abril. Entre abril, mayo y junio, el incremento acumulado será de 53,9%. Ese porcentaje supera al surgido de la fórmula para la suba de junio, que es de entre 40,5% y 42%. El Gobierno aún no dio a conocer cuál es el índice oficial según el cálculo previsto en la ley.

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Ese resultado determina que no habrá un incremento extra, más allá del definido por la inflación de abril. Según fuentes del Gobierno, para hacer la comparación prevista por el DNU (entre el resultado de la fórmula que quedará derogada y el aumento acumulado en tres meses) se tomarán en cuenta las subas mensuales por inflación y el 12,5% otorgado en abril como “incremento extraordinario”.

Si se decidiera no considerar esta suba por sobre el IPC, entonces sí correspondería un adicional, porque el reajuste acumulado sería de 36,72%.

Mientras que en enero y febrero los haberes no tuvieron ninguna recomposición (eso permitió en gran medida el superávit de las cuentas públicas), en marzo se dio la primera suba del año, que fue de 27,18% y que se definió por la fórmula del gobierno anterior, que preveía reajustes trimestrales. Así, los haberes acumularán a junio y desde el inicio del año un reajuste de 95,7%. Si solo se aplicara la fórmula que ahora quedará derogada, la recomposición llegaría a alrededor de 80%.

La inflación, en tanto, trepó en los primeros cuatro meses del año a 65%, según informó el Indec, en tanto que según varias proyecciones de economistas llegaría a un nivel de entre 85% y 90% en el semestre.

La variación interanual de los precios al consumidor fue de 289,4%, y en ese período las jubilaciones se incrementaron nominalmente un 191,97%, sin considerar la incidencia del bono. Eso significa que, para quienes no tienen refuerzo, el poder adquisitivo de abril de este año fue un 25% inferior que el del cuarto mes de 2023.

Más allá de la suba de los haberes propiamente dichos, no se conoce aún qué ocurrirá con los bonos. Por decisiones que se oficializan con decretos, el refuerzo se sigue abonando en estos meses, pero sin que se actualice la cifra. En marzo el monto pasó de $55.000 a $70.000 y ese valor se mantuvo en abril y se mantiene este mes.

Las prestaciones de mayo

Por ese congelamiento del bono, si bien en mayo los haberes propiamente dichos tienen una actualización de 11,01%, el efecto en el bolsillo es menor para quienes reciben la prestación mínima o un poco más. En el caso del haber mínimo, la recomposición es de 7,8%, ya que se pasó de un monto bruto de $241.283,31 a uno de $260.141,6.

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Un dato a tener en cuenta es que en el actual mes las prestaciones tienen un descuento, por el aporte al PAMI, mayor al habitual. Esto es porque cuando se abonaron los haberes de abril no se restó ese aporte sobre la parte que representó el aumento de 27,4%, y ahora se hace la corrección.

Por una cuestión operativa, para concretar ese descuento en los recibos aparece la cifra del incremento de abril sumada y restada, pero eso no quiere decir que la suba se anule, porque, al mismo tiempo, esa cifra ya está incorporada en el ingreso que se cobra.

Luego de años de pérdida de poder adquisitivo con la vigencia de dos fórmulas de movilidad y con decisiones discrecionales tomadas en 2020, el DNU 274 estableció una nueva modalidad para actualizar las jubilaciones y otras prestaciones a cargo de la Anses.

El decreto dispone el uso del IPC como valor de referencia para incrementar mensualmente los haberes, en reemplazo de la fórmula de movilidad de la ley 27.609, que contempla subas trimestrales, basadas en la variación de los salarios y de la recaudación, y que tiene un tope que en 2023 perjudicó fuertemente a los jubilados.

Si bien con la nueva modalidad se frena la pérdida de las jubilaciones frente a la suba de precios, lo cierto es que en los últimos tiempos se acumuló una muy fuerte caída del poder adquisitivo.

En el período de 12 meses finalizado en abril, el valor real de los ingresos cayó 16%, 29% o 25%, dependiendo de la situación frente a los bonos: si se los percibió en todo el período considerado (entre mayo de 2023 y abril de este año), si se los cobró durante unos meses y luego ya no, o si nunca hubo acceso a ellos. Entre diciembre de 2019 y el último mes de 2023 el deterioro acumulado fue de entre 32,4% y 44,6%.

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