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ECONOMÍA

Presión tributaria récord

El Estado se lleva al menos 47,3 % de los ingresos de una familia media

Es el caso de los empleados formales con cónyuge y dos hijos que no pagan Ganancias, si se consideran impuestos nacionales, provinciales y municipales más cargas patronales. Sin éstas últimas, la carga fiscal al salario bruto es del 35,2 %.

El Estado se lleva al menos 47,3 %  de los ingresos de una familia mediaEl Estado se lleva al menos 47,3 % de los ingresos de una familia media

Lunes 13.7.2015
 23:45
Lía Masjoan
Lía Masjoan

De la redacción de El Litoral

economia@ellitoral.com

Instituto Argentino de Análisis Fiscal

Los Estados nacional, provincial y municipal se llevarán este año un promedio del 47,3% al 61,6% del ingreso total (incluyendo contribuciones patronales) de una familia, según se desprende del estudio del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf) elaborado por Nadin Argañaraz, Sofía Devalle y Andrés Mir.

El análisis refiere a la carga tributaria formal que ejerce el Estado argentino en sus tres niveles (nacional, provincial y municipal) sobre una familia asalariada, mediante el cobro de impuestos directos e indirectos, incluyendo contribuciones patronales.

Los autores consideran cuatro casos de ingresos hipotéticos, para una familia compuesta por matrimonio y dos hijos y cuyos ingresos son generados por un solo miembro que se desempeña como trabajador asalariado en el sector formal de la economía.

“Se aplica el concepto de presión tributaria formal, que surge de analizar la normativa tributaria y considerar las principales características tributarias legales de los impuestos más representativos en nuestro país en los tres niveles de gobierno, y cuantificar lo que debería pagar un contribuyente tipo”.

El estudio analiza la “carga tributaria bruta” ya que no analiza cómo vuelve el ingreso desde el Estado a los contribuyentes. Se trata además de un “análisis económico” (no contable o legal), ya que “mide la incidencia sobre el contribuyente que efectivamente está afrontando los impuestos (en este caso, las familias), independientemente de cuál es el sujeto encargado de liquidar la carga tributaria”.

Para el análisis los autores toman cuatro casos (asalariados al frente de una familia tipo) con ingresos de bolsillo de 12.373; 26.811; 39.842 y 60.466 pesos.

“En el caso límite de quienes hoy no pagan Impuesto a las Ganancias, la carga tributaria total asciende a un 47,4 % de los ingresos totales, incluidas contribuciones patronales”. Los autores añaden que según el Sistema Integrado Previsional Argentino, “el porcentaje de asalariados que no se encuentran alcanzados por el pago del Impuesto a las Ganancias, asciende a un 85% del total de trabajadores del sector formal de la economía.

El IVA a la cabeza

  • “Desagregando la carga tributaria por tipo de impuesto, se aprecia una mayor preponderancia de impuestos del ámbito nacional (más allá de que gran parte de estos luego sean coparticipados a las provincias), dentro de la cual se destacan los impuestos previsionales y el IVA.
“Ganancias tiene importancia creciente en los niveles de ingresos más elevados. Por el contrario, el IVA y los impuestos internos poseen mayor peso en los niveles más bajos de los casos de ingresos considerados”, señalan los economistas del Iaraf. “En cuanto a la evolución a lo largo del período 2011 - 2015, se advierte a nivel general un incremento sostenido en la presión tributaria que vienen soportando los trabajadores asalariados argentinos, teniendo en cuenta que, año a año, la totalidad de los impuestos que tributan representan un mayor porcentaje de sus ingresos”. Concluyen que “estos incrementos son más acentuados para los estratos de ingresos más elevados, considerando que en el acumulado de los 5 años, el nivel más bajo evidenció casi un punto porcentual de subas, mientras que en los tres restantes las subas fueron de entre 8 y 14 puntos porcentuales”. Entre los tributos nacionales directos, el estudio analiza aportes y contribuciones patronales, Ganancias y Bienes Personales; entre los indirectos incluye IVA, impuestos internos y los específicos. Para el nivel provincial contabiliza como directos al inmobiliario y el automotor, y como indirectos a los ingresos brutos. Sobre la carga municipal evalúa las tasas y contribuciones promedio que cambian de denominación según cada jurisdicción (alumbrado, barrido, tendido eléctrico, etc.)

"Un trabajador asalariado formal en Argentina debería trabajar en 2015 entre unos 173 y 225 días para cumplir con las obligaciones tributarias de los tres niveles de gobierno”. Informe del Iaraf Análisis de carga fiscal bruta.

32,5 % de la carga fiscal del caso básico lo constituyen los impuestos al trabajo que el Iaraf evalúa como parte del ingreso del trabajador. 10,3 % de la carga tributaria formal son por el IVA y los impuestos internos que termina aportando un asalariado que no está alcanzado por Ganancias.

Cargas patronales

  • El estudio asume que las “contribuciones patronales” a la seguridad social “terminan recayendo sobre el trabajador”, por lo que los autores lo suman al sueldo bruto para considerarlas parte de la carga fiscal.
Pero aún reestimada esa carga “sin considerar las contribuciones patronales como parte de los tributos que inciden en las familias” la incidencia fiscal es alta. La carga tributaria total -formal- expresada como un porcentaje del salario bruto varía entre un 35,2 % y un 52,8 % de los ingresos para los cuatro casos analizados.

El dato Sin precedentes

  • “La recaudación consolidada argentina (incluidos los ingresos por seguridad social) habría alcanzado en el año 2014 un 35,1% del PBI, sin considerar el impuesto inflacionario, evidenciando un crecimiento de casi el 50% respecto a los valores de una década atrás”, asegura el Iaraf. Señala que los tres niveles de gobierno en el país “han aumentado la carga que ejercen los tributos sobre personas físicas y empresas, tanto debido a cambios en la normativa (alícuotas, bases imponibles, sobretasas, entre otros elementos) como a subas indirectas, derivadas de la no actualización de los parámetros de cálculo de ciertos impuestos”.

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