Entre los beneficios fiscales y financieros se incluye la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias, la acreditación y/o devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado, la extensión del plazo para computar los quebrantos, la deducción de la Carga Financiera del Pasivo Financiero, el pago a cuenta en el Impuesto a las Ganancias por un importe equivalente al 10% del monto del componente nacional que fuera incorporado de forma excedente a los mínimos establecidos, las exenciones por importación de bienes (solo por 10 años). debe tratarse de la importación de mercaderías nuevas, sin uso, previa acreditación que no existe producción nacional de las mismas o bien cuando existiendo, ésta última no cuenta con la cantidad suficiente para satisfacer la demanda o dichos bienes no posean las características mínimas requeridas, la estabilidad fiscal (Los plazos se van acotando en función del momento de adhesión al Régimen), el acceso al Mercado Único Libre de Cambios (MULC).