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Fallo inédito

El chat porno no es delito, según un juez


Jueves 23.3.2006
 17:10
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Un juez rechazó una denuncia formulada por la madre de una joven de 19 años de edad que exhibe voluntariamente su cuerpo en un sitio de chat pornográfico, porque ``el trabajo que está desempeñando es parte de una elección de su esfera íntima". El trabajo que la joven desarrolla en una empresa de Internet que se dedica a ese tipo de chats "no está punido y no afecta ningún bien jurídico", por lo que "no corresponde que el derecho penal avance mediante actos procesales en el ámbito de su libertad individual", sostuvo el juez de instrucción Roberto Ponce. El insólito caso se inició a raíz de una denuncia presentada por la presidente de la organización Missing Children, Susana Murray, tras recibir información de la madre de la joven sobre su trabajo y denunciar los hechos ante el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del gobierno porteño y la Procuración General de la Nación. La denuncia de la madre sostenía que su hija "desde hacía cuatro meses estaría trabajando en un lugar sito en la calle Charcas al 5100 de esta ciudad donde estaría usando su cuerpo". La madre dijo ante la Justicia que "no quería que trabajara más en esas condiciones", pero reconoció que su hija "no era obligada a permanecer en dicho lugar, que tenía un horario de trabajo y que finalizado se retiraba a su domicilio. Que el trabajo lo hacía porque quería y que no era obligada a ello". El trabajo de la joven fue definido por su propia madre: "consistía en chatear con gente de todo el mundo, pudiendo serle requerido el servicio de 'privado' por el cual una persona puede solicitar que le exhiba su cuerpo". La presentación aludía a la presunta comisión de los delitos de "privación ilegal de la libertad, corrupción de menores, reducción a la servidumbre" e incluso violación a la ley de profilaxis. El fiscal de la Cámara del Crimen Norberto Quantín opinó que no se podía desestimar la denuncia sin previamente escuchar en declaración testimonial a la joven en cuestión, cuya identidad -al igual que la de su madre- esta agencia mantendrá en reserva. Pero el juez Ponce entendió que escuchar a la joven "resultaría violatorio de los artículos 18 y 19 de la Constitución Nacional, de la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer y de la Convención Americana de los Derechos Humanos". "No hay justificación alguna para exponer a la joven a que concurra a la sede de la fiscalía a fin de que se le reciba una declaración testimonial para conocer los pormenores de su trabajo e ingresar en su intimidad, exponiéndola a lo que podría constituir un trato denigrante hacia su persona, cuando no es imputada ni víctima de delito alguno", subrayó el juez. "Ninguna persona puede ser sometida a injerencias arbitrarias en su vida privada", concluyó el magistrado Ponce al desestimar la denuncia. (DyN)

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