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Entrevista

Microtráfico: una guía práctica para entender la desfederalización de la ley de drogas en Santa Fe

Los abogados Ignacio Alfonso Garrone, Santiago Saux y Clara Vázquez presentaron un libro que pretende ser una caja de herramientas para los operadores judiciales santafesinos.

Microtráfico: una guía práctica para entender la desfederalización de la ley de drogas en Santa FeMicrotráfico: una guía práctica para entender la desfederalización de la ley de drogas en Santa Fe

Domingo 5.5.2024
 14:06hs
 / 
Actualizado al Domingo 12.5.2024 20:34hs
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Juliano Salierno
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Juliano Salierno
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A cuatro meses de que entrara en vigencia la ley mediante la cual la provincia de Santa Fe asumió la competencia para investigar y juzgar los delitos de “microtráfico” de estupefacientes (Ley Nº 14.239), tres destacados profesiones del Derecho local condensaron en un libro lo que pretende ser una guía práctica o caja de herramientas para los operadores judiciales que traten su implementación.

Hay una realidad que le da contexto a la decisión política y es lo que está pasando en la provincia de Santa Fe, especialmente Rosario en materia de narcotráfico. Foto: Guillermo Di Salvatore

“Microtráfico. Cuestiones prácticas para su litigación en la provincia de Santa Fe”, es una obra que trabajaron en coautoría los Dres. Ignacio Alfonso Garrone y Santiago Saux, en colaboración con la Dra. Clara Vázquez y que desde los primeros días de mayo se distribuye en Santa Fe.

La publicación de Editorial Librería Cívica, cuenta con un prólogo del ministro de la Corte Suprema provincial, Dr. Daniel Erbetta; una introducción en la que se plantean los puntos centrales y la temática a abordar; y siete capítulos (1-Antecedentes normativos; 2-Cuestiones de competencia; 3-Tipos penales...; 4-Circunstancias no previstas…; 5-Regulación de microtráfico en Santa Fe; 6-Microtráfico y género; 7-Reflexiones finales). Además, se completa con referencias bibliográficas y un anexo normativo.

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-El título nos da un indicio, pero ¿adónde está apuntado particularmente?

SS: La idea inicial del trabajo tenía que ver con las dudas que se podían presentar en relación a la nueva legislación que entró a regir el 29 de diciembre (de 2023), cuando la provincia de Santa Fe adhiere a la desfederalización de lo que se denomina el microtráfico, que es el tráfico ilícito o el narcomenudeo barrial, que por una cuestión de estructura queda a cargo de las fuerzas provinciales, del Ministerio Público de la Acusación y el Poder Judicial.

Si hablamos de los últimos eslabones de la cadena, ese lugar suele estar muchas veces ocupado por mujeres, señalan los autores que dedicaron un capítulo a la problemática de género. Foto: Guillermo Di Salvatore

IAG: Santa Fe no es la primera provincia en desfederalizar, sino que hay una historia, un derrotero que viene de hace muchos años con varias provincias. Había cuestiones procesales de competencia entre la justicia federal y la provincial. Había que ordenar quién iba a resultar competente, porque esta ley de microtráfico es muy especial, tiene delitos en los que puede intervenir el juzgado federal y otros en los que puede intervenir la provincia, pero en determinadas condiciones. Por ejemplo, que sean últimos eslabones de la cadena.

A eso se suma que en Santa Fe la ley de adhesión tenía consideraciones particulares, cuando generalmente las leyes de las otras provincia sólo adhieren a la ley nacional. Santa Fe le agregaba cuestiones de política criminal, medidas que estaban vinculadas a la reforma del Código Procesal Penal como el cese del estaba antijurídico, las técnicas especiales de investigación; entonces había que ordenar, tratar de dar herramientas prácticas para que un fiscal provincial o inclusive un juzgado federal pueda saber cuando hay un anoticiamiento de un delito, si es competencia federal o provincial y qué delito es.

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SS: Más allá de que hay un capítulo específico que trata sobre la competencia, advertíamos que podía haber dificultades, porque lo que hace la ley fundamentalmente es compartir la competencia, que antes era exclusivamente federal. A partir de esa situación, con un delito que naturalmente tiene su complejidad, entendíamos que queríamos aportar una guía práctica para que los operadores tengan un apoyo, o un lugar donde poder buscar alguna respuesta desde lo práctico. Esencialmente que sirva para el día a día.

Mujeres de las circunstancias

-Hay un capítulo que habla de microtráfico y la cuestión de género. ¿A qué apunta específicamente?

CV: Si hablamos de los últimos eslabones de la cadena, ese lugar suele estar muchas veces ocupado por mujeres que, dependiendo el caso concreto, pueden ser víctimas de un contexto de violencia de género o del mismo contexto narco-criminal en el que conviven en los barrios y en el que se ven rodeadas. Estos delitos suelen estar vinculados a estas cuestiones, entonces la idea fue analizar con jurisprudencia de la ciudad de Rosario -que es donde más está presente hoy este conflicto- de qué manera la magistratura ha resuelto estos casos en los que se constata la presencia de ‘mujeres de las circunstancias’, que es como se las denomina y cuál es la respuesta que puede dar el proceso penal para ir detrás de los verdaderos responsables que no suelen ser este último eslabón de la cadena.

En términos coloquiales, cuando hablamos de microtráfico, nos referimos a un búnker donde hay una persona vendiendo, un delivery o la venta en una plaza. Foto: Archivo

-Si bien comparten la coautoría del libro, en sus trabajos particulares o función tienen distintos roles, en cada caso qué ha cambiado en en estos cuatro meses.

SS: En estos cuatro meses notamos un impacto en la cantidad, es decir, ha disminuido considerablemente la cantidad de causas ingresadas, porque si bien en la Justicia Federal siempre hay investigaciones en curso de lo que nosotros denominamos las líneas más altas del narcotráfico, la cantidad siempre la da el turno judicial, con el microtráfico o el narcomenudo. Es decir que en el juzgado federal (donde el Dr. Saux es secretario penal) el cambio de volumen ha sido algo que visualizamos de manera casi inmediata, no sólo por el microtráfico o narcomenudeo, sino porque las tenencias simples o tendencias para consumo personal, también fueron absorbidos por la competencia provincial.

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-¿O sea que es un beneficio para la Justicia Federal porque puede dedicarse exclusivamente a los eslabones superiores de la cadena?

SS: En términos cuantitativos sí. Sin ingresar en un espacio donde nosotros establezcamos un criterio propio, analizamos los beneficios y las críticas que ha tenido todas las leyes de adhesión a la desfederalización en términos constitucionales y de eficacia.

Límite para investigar

-¿Cuál es el límite entre microtráfico y el tráfico, donde se investigan los eslabones intermedios o primeros de la cadena?

SS: El artículo 34 de la Ley de drogas (23.737) que es donde se establecen los tipos penales que tienen que ser investigado y eventualmente juzgado por la órbita provincial le agrega dos requisitos al delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (artículo 5° inciso C) que este no establece. Además de tener la droga con fines de comercialización, esa droga debe estar fraccionada en dosis y destinada directamente al consumidor. Ahí tenemos dos parámetros de cuándo es el último eslabón de la cadena. En términos coloquiales, hablamos de un búnker donde haya una persona vendiendo, un delivery o la venta en una plaza, de ahí se derivan un montón de situaciones que pueden ser grises, que pueden ser interpretadas dentro de ese supuesto o no.

El 29 de diciembre de 2023 comenzó a regir en la provincia de Santa Fe la ley 14.239 de desfederalización, para la persecución legal de vendedores barriales de drogas. Foto: Gentileza

-¿Esto fue un motivo de discusión, me imagino porque al ir por el último eslabón de la cadena también se corre el riesgo de que se frustren investigaciones más complejas, no?

IAG: Hay dos críticas fundamentales a la Ley de microtráfico que se han esbozado a lo largo del tiempo. Una, de eficacia, la han planteado inclusive algunos fiscales federales, sobre la utilidad de atrapar al último eslabón de la cadena para sacarle tres o cuatro dosis, pero con eso se pierde todo una investigación en busca de evidencias para alcanzar eslabones superiores de la cadena. La otra crítica y un poco yendo al rol de la defensa que nosotros planteamos en el libro, es a los fines de evitar que se cometan errores, y que bajo esta ley de microtráfico terminen detenidos los consumidores.

Beneficios y dudas

-¿Más allá del análisis, que está en marcha, tiene el libro una síntesis de si se trata de una ley buena, regular o mala?

CV: No fue el objetivo del libro llegar a una crítica personal o grupal, en cuanto a la conveniencia o no de la decisión adoptada por el gobierno provincial. Hay una pauta que es que la ley es constitucional. Eso está fuera de discusión; después la discusión será sobre la eficacia, pero no la podemos proyectar ahora.

SS: Sí dejamos analizadas las voces que están a favor o en contra; o los beneficios y las dudas que ha traído en las provincias que ya lo tienen implementado hace rato. Ese análisis está hecho pero no adoptamos nosotros una postura.

En estos cuatro meses notamos que ha disminuido considerablemente la cantidad de causas ingresadas en los juzgados federales de Santa Fe. Foto: Archivo

IAG: Hay provincias que quieren volver atrás, como el caso de Buenos Aires, pero es una cuestión de eficacia, porque la ley se establece por un plazo de 24 meses a los fines de evaluar si continúa la desfederalización. Nosotros planteamos que va a ser bueno en tanto y en cuanto permita a los actores judiciales entender su rol.

SS: Hay una realidad que le da contexto a la decisión política que es lo que está pasando en la provincia de Santa Fe, especialmente Rosario en materia de narcotráfico, que lleva al gobernador de la provincia a tomar decisiones en materia de política criminal, por eso no entramos en la valoración sobre un interrogante a futuro, vamos a esperar.

Sobre los autores:

Ignacio Alfonso Garrone es especialista en Derecho Procesal Penal por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (UNL). Ex adscripto a la cátedra de Derecho Procesal Penal de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (UNL). Diplomado en Litigación Penal por la Universidad Alberto Hurtado de Santiago de Chile.

Santiago Saux se desempeña como secretario Penal del Juzgado Federal Nº 1 de Santa Fe. Especialista en Derecho Procesal Penal por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (UNL). Docente de la Cátedra de Derecho Procesal Penal y de la Práctica Profesional Final de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (UNL). Docente de la Especialización en Defensa y Garantías, con orientación en Derecho Penal y Derecho de Familia y Menores de la Universidad Nacional del Litoral y del módulo Procesal Penal, de la carrera de Especialización en Medicina Legal de la Facultad de Ciencias Médicas.

Clara Vázquez es docente de Derecho Penal Parte Especial de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (UNL) y aspirante a adscripta de Derecho Procesal III de la Facultad de Derecho (UNR).

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