La Disposición 8797/2021, publicada este jueves en el Boletín Oficial, establece la prohibición de “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Aceite de Oliva Extra Virgen, marca Estancia La Argentina, Industria Argentina, Origen de Mendoza, RNE: 13529821, RNPA: 13938214″ por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser un producto en consecuencia ilegal.

































