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Violencia y acoso laboral

Se aprobó un protocolo para abordar casos de violencia de género en el sector público

La Decisión Administrativa que lleva las firmas de Juan Manzur y Elizabeth Gómez Alcorta, apunta a promover ámbitos y relaciones laborales libres de violencias y discriminaciones.

Se aprobó un protocolo para abordar casos de violencia de género en el sector públicoSe aprobó un protocolo para abordar casos de violencia de género en el sector público

Lunes 25.10.2021
 10:43
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El Gobierno anunció este lunes la aprobación del “Protocolo Marco para el Abordaje de las Violencias por Motivos de Género en el Sector Público Nacional”, elaborado conjuntamente por la Comisión de Igualdad de Oportunidades y de Trato, y el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.

Según la Decisión Administrativa 1012/2021, publicada en el Boletín Oficial, se efectuarán “acciones de prevención, orientación, asesoramiento y abordaje integral de la violencia y acoso laboral por motivos de género para el personal que se desempeña en el ámbito del Sector Público Nacional, propiciando la tramitación de actuaciones administrativas en los casos que correspondiere”.

Todo esto, claro, se realizó con el objeto de promover “ámbitos y relaciones laborales libres de violencias y discriminaciones por motivos de género”, de acuerdo a la publicación que lleva la firma del Jefe de Gabinete, Juan Manzur, y de la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.

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La normativa establece que el protocolo “regirá para todas las personas que están vinculadas laboralmente al Sector Público Nacional, con independencia de su situación de revista, cargo, función, modalidad de contratación o antigüedad”.

Además, se informó que “el Protocolo deberá adaptarse conforme las normas de negociación colectiva y los convenios de trabajo vigentes, según el tipo de entidad de que se trate”.

También contarán con el acompañamiento del organismo en el que trabajen, aquellas personas que padezcan “una situación de violencia por motivos de género por fuera del ámbito laboral”.

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En el Artículo 4 del anexo que forma parte de la Decisión Administrativa, se define como hecho de violencia y acoso por motivos de género en el ámbito laboral a “toda conducta, acción u omisión que, de manera directa o indirecta, afecte la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así, la seguridad personal y/o carrera laboral de mujeres y LGTBI+”.

El abordaje de las situaciones, se detalló, se regirá por los principios de “escucha activa y empática de quien recibe las consultas”, así como también “confidencialidad y respeto”, “no revictimización”, “contención y orientación” y, por último, “acceso a la información”.

De acuerdo al Protocolo, “el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad capacitará a los equipos de orientación, estableciendo lineamientos generales en materia de asistencia a personas en situación de violencia por motivos de género y, ofreciendo herramientas y materiales de formación para los equipos”.

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Se aclaró, además, que la persona que eventualmente esté en situación de violencia por motivos de género y que que realice consulta y/o denuncia, “podrá solicitar la modificación del lugar y/u horario de prestación de servicio, a fin de resguardar su integridad física y/o psicológica y/o la de su círculo de confianza”.

“Todo hecho de violencia y acoso por motivos de género en el trabajo (…) dará lugar a su investigación y sanción en caso de corresponder. En función del resultado de la investigación realizada en consecuencia, la máxima autoridad debe garantizar la aplicación de medidas disciplinarias proporcionales a la falta cometida”, se añadió en el artículo 11, correspondiente a la “Aplicación de Sanciones”.

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