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Los animales en la Constitución de Santa Fe

Los animales en la Constitución de Santa FeLos animales en la Constitución de Santa Fe

Jueves 31.7.2025
 1:53

Por Natalia Pallavicini y Silvina Pezzetta

La sociedad actual da muestras de notables cambios respecto de los animales. Como nunca antes, hay cientos de organizaciones y grupos que ayudan a distintas especies. Desde rescate de perros y gatos hasta campañas para liberar animales del cruel cautiverio en zoológicos, como fue el reciente traslado de la elefante Pupy a un santuario en Brasil.

Nuestros jueces y juezas dan cuenta de este cambio. Gracias a sus sentencias, colocaron a la Argentina en el primer país del mundo en aceptar un habeas corpus para una chimpancé que vivía sola en el ex-zoológico de Buenos Aires, Cecilia. Este fallo siguió los pasos del mundialmente famoso Caso Sandra, que culminó con la citada orangutana viviendo en un santuario especializado en grandes primates. Hoy, Argentina cuenta con más de catorce sentencias que reconocen a distintos animales, desde grandes primates hasta caballos, como sujetos de derecho.

Aunque los jueces y juezas no se explayen con gran detalle sobre qué derechos tienen los animales, más allá de la libertad y la integridad, ni respondan todas las preguntas que surgen de semejante declaración, son evidencia de que Argentina es pionera en reconocer que las relaciones y formas de convivencia que tenemos con los demás animales está en pleno cambio y evolución.

Hoy estamos ante una oportunidad única. La provincia de Santa Fe comenzó el proceso de reforma de su constitución. Los convencionales constituyentes se encuentran analizando sus propios proyectos presentados. Además, también están en debate los que presentaron sectores de la comunidad gracias al instrumento de la iniciativa ciudadana que fue incorporado en el reglamento de la convención. Las y los santafesinos estamos ante una oportunidad histórica para incorporar nuevos derechos y ampliar los ya existentes.

La ley 14384, que habilitó la reforma, establece en su punto d.1.11: "Se habilita la discusión en el sentido de incorporar la adopción de medidas de acción positiva que garanticen los derechos de las mujeres y disidencias; de las personas con discapacidad; de las personas mayores; de niños, niñas y adolescentes; de los pueblos originarios; de las juventudes, entre otros".

La acertada redacción, que incluye una lista no taxativa, ha dejado abierta la posibilidad de incorporar nuevos derechos y nuevas protecciones. Los animales necesitan una protección acorde a estos cambios sociales y jurisprudenciales. La idea de que los animales deben ser incluidos en una constitución no es nueva.

A nivel internacional, las constituciones nacionales de Eslovenia (1991), Bélgica (2024), Suiza (1999), Alemania (2002), Austria (2013), Luxemburgo (2007), Egipto (2014), Brasil (1988), India (1949) y México (2024) reconocen a los animales. A nivel nacional, la constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1996), de la Provincia de Jujuy (2023) y de la Provincia de La Rioja (2024), también lo hacen.

Pero … ¿por qué es necesaria esta inclusión? En primer lugar, porque no es más que el reconocimiento de una situación de hecho y también de derecho. La provincia es habitada no sólo por humanos sino también por animales. Y nuestro derecho lo reconoce decidiendo cómo viven y mueren los animales. Incluirlos en la constitución es sólo un paso lógico que, además, está acorde con las nuevas ideas que condenan la violencia y que ven a los animales como algo más que una fuente de la que obtener beneficios.

Por otra parte, una cláusula constitucional que incluya a los animales como sujetos de especial protección es, como toda cláusula constitucional, suficiente y apropiadamente abierta para permitir diferentes interpretaciones. Ello porque las constituciones están destinadas a durar muchos años y deben poder adaptarse a los cambios sociales. Serán las leyes provinciales y los y las juezas, junto con una ciudadanía activa en la defensa de los animales, quienes dotarán de contenido robusto a una cláusula protectoria.

La constitución no puede dejar a los animales afuera. La nueva constitución tiene que estar acorde a los tiempos que corre y reconocer, como ya lo hace la sociedad y la jurisprudencia, que los animales importan y merecen mucho más de lo que actualmente reciben.

(*) Natalia Pallavicini es presidenta del Instituto de Derecho Animal del CASF. Silvina Pezzetta, doctora en Derecho (UNR-Conicet).

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