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Ante objeciones religiosas y riesgos de contagio

La Corte nacional aprobó las autopsias mínimamente invasivas: de qué se trata

El Cuerpo Médico Forense, dependiente del Alto Tribunal, aprobó un nuevo protocolo para estas prácticas, que ya se aplicaron durante la pandemia de Covid. En qué casos el examen post mortem requiere consentimiento y por qué algunos credos se oponen.

La Corte nacional aprobó las autopsias mínimamente invasivas: de qué se trataLa Corte nacional aprobó las autopsias mínimamente invasivas: de qué se trata

Martes 4.2.2025
 21:08
 / 
Actualizado al Martes 4.2.2025 22:06hs
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Emerio Agretti
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Emerio Agretti
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Secretario de Redacción | Política

El Cuerpo Médico Forense, dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aprobó un protocolo para la realización de autopsias mínimamente invasivas para ser aplicado en los casos en donde esa técnica resulte "adecuada y compatible con las circunstancias de la muerte". Se trata de un avance que tiene en cuenta los planteos de distintos credos religiosos, que interpretan que la manipulación de un cadáver es una forma de profanación.

La autopsia es el examen médico que se realiza en un cadáver para determinar la causa de la muerte, una enfermedad o una lesión. Se realiza por un patólogo, un médico especializado en el estudio de tejidos y líquidos corporales. Implica una inspección detallada de los órganos y tejidos del cuerpo y puede ser de tipo clínica o médico legal.

En el caso de las autopsias clínicas, el objetivo suele ser investigar la causa de la muerte y la gravedad de la enfermedad natural. Para que se realice la autopsia, es necesario obtener el consentimiento del pariente más próximo. Cuando se deniega el permiso para realizar una autopsia por cualquier motivo, incluidas las objeciones religiosas, la autopsia no se realiza.

Este proceso es diferente en los casos que caen bajo la jurisdicción médico-legal, ya que la autopsia en estas circunstancias se utiliza como una herramienta para investigar la muerte no natural.

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Conflicto de derechos

El propósito de la autopsia médico-legal, que puede o no ser parte de una investigación de muerte, puede ser identificar al difunto, documentar la naturaleza y distribución de las lesiones, correlacionar si la naturaleza y distribución de las lesiones es consistente con una historia o relato de un testigo ocular, reconstruir eventos relacionados con la muerte, determinar otras enfermedades o lesiones que pueden haber contribuido a la muerte y recolectar materiales de rastreo que puedan ayudar a determinar la forma y causa de la muerte, así como resolver crímenes.

Por esta razón, son estos últimos casos los que pueden dar lugar a conflictos jurídicos. La investigación de una muerte no natural y las consiguientes prácticas en orden a ella son ordenadas por una autoridad legal (normalmente un médico forense) y no se busca el permiso del pariente más cercano, aunque su expresa oposición se considera caso por caso. Y no faltan aquellos en que una protesta fundada en motivos religiosos tuvo como propósito, o al menos como efecto, obstaculizar una investigación criminal.

Nueva modalidad

La necesidad de resolver este conflicto de intereses llevó a la elaboración de políticas públicas y leyes que limitan las autopsias a los casos en que existe una necesidad pública imperiosa, con el amparo de una orden judicial de proceder de la manera menos intrusiva posible.

Esta modalidad se realiza en forma dirigida y comprende el examen externo completo y la inspección interna de las regiones corporales relacionadas con la presunta causa de muerte, e incluye la toma de muestras que se consideren necesarias. En buena medida, se basa en diagnósticos por imágenes con dispositivos tecnológicos, y en exámenes percutáneos, a través de punciones en la piel.

Por esta razón, se aplica en casos en los que el cadáver presente riesgo de transmitir alguna enfermedad que pueda poner en riesgo la salud de los profesionales intervinientes, pero también puede ser útil en los casos en que exista objeción por motivos religiosos a la autopsia convencional. En estos casos, luego de un exhaustivo análisis, deberá informarse al órgano jurisdiccional que intervenga para que preste su conformidad al tipo de abordaje que se propone.

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Protocolo

La aprobación de este nuevo protocolo fue puesta en marcha a través de una resolución administrativa firmada el jueves 30 de enero por el decano del Cuerpo Médico Forense, Leonardo Ghioldi, a partir de la presentación formulada por el director médico de la Morgue Judicial, Santiago Maffia Bizzozero. La presentación cuenta con un soporte bibliográfico científico y técnico que detalla el procedimiento.

Leonardo Ghioldi indicó que hubo reuniones con la AMIA y el Centro Islámico de la República Argentina.

Según se detalla en la resolución, gran parte de los procedimientos sugeridos ya fueron aplicados durante la realización de autopsias que se llevaron adelante con cadáveres positivos para COVID-19. Y se basan en el conocimiento de la anatomía regional, topográfica y de las estructuras anatómicas presentes en las distintas regiones que se abordarán para garantizar el acceso a la visualización directa de órganos y la toma de muestras para histopatología.

"Hay que considerar que cada vez son más los requerimientos de las comunidades religiosas que se oponen a la práctica de autopsias (Asociación Mutual Israelita Argentina -AMIA- y el Centro Islámico de la República Argentina) con quienes se han mantenido reuniones en dicho sentido", añadió Ghioldi.

El factor religioso

En general, las religiones cristianas no se oponen de por sí a las autopsias, aunque la Iglesia Católica sí lo hizo durante mucho tiempo, hasta el siglo XIII. Así, en la Edad Media prohibía expresamente que un cirujano abriese un cadáver humano para determinar la causa de su muerte.

Las razones tenían su base en las palabras de los apóstoles, en el sentido de considerar al cuerpo un "templo de Dios" en el que mora el Espíritu Santo. Los exámenes post mortem sólo se autorizaban en los casos de supuesto envenenamiento, y eran excepcionales.

En cuanto al judaísmo y el Islam, si bien no existe una prohibición expresa de estas prácticas, se interpreta en términos generales que la intrusión corporal viola la santidad de mantener el cuerpo humano completo.

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Respuesta integral

Según el decano de la Morgue Judicial, la práctica de autopsias bajo la modalidad de invasión mínima "permite brindar una respuesta a los requerimientos de estas comunidades religiosas haciendo hincapié en el respeto por las creencias individuales de cada persona al mismo tiempo que se brinda respuesta a los órganos jurisdiccionales que intervienen en las causas judiciales donde es requerida esta práctica".

Ghioldi señaló que el protocolo permite conciliar el respeto por las creencias individuales con las necesidades de las investigaciones judiciales.

Ghioldi señaló que, con la aplicación del flamante protocolo, "podrá brindarse una respuesta integral que al mismo tiempo que garantiza el servicio de justicia es respetuosa de la diversidad cultural, religiosa y los derechos fundamentales de las personas y proteger a operadores y personas intervinientes en la manipulación de los cadáveres".

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