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POLÍTICA

Este miércoles en Diputados

Debate por los DNU: Barra y la teoría del "perro que se muerde la cola"

La oposición busca poner límites al Presidente en el uso de esa herramienta, condicionándola al respaldo del Congreso y poniendo plazos. Milei amenaza con vetar y reeditar el escenario de debate en el recinto. Pero por ahora, la pulseada es por los tiempos. Hoy expone el Procurador del Tesoro.

Debate por los DNU: Barra y la teoría del "perro que se muerde la cola"Debate por los DNU: Barra y la teoría del "perro que se muerde la cola"

Miércoles 23.10.2024
 13:27
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Actualizado al Miércoles 23.10.2024 14:02hs
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Emerio Agretti
Por: 
Emerio Agretti
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Secretario de Redacción | Política

El procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, planteará sentará este miércoles en la Cámara de Diputados la posición del Gobierno en torno al debate instalado por la oposición para reformar el régimen legal de decretos de necesidad y urgencia (DNU), de manera tal de limitar la capacidad del presidente Javier Milei de gobernar a través de esa herramienta.

Barra ya adelantó su postura y la base de su argumentación: "El DNU es vigente desde su publicación, sin necesidad de ninguna actuación aprobatoria por el Congreso. No se trata de que el silencio por el Congreso constituya una aprobación ficta –porque, hay que repetirlo una y mil veces, el DNU no necesita ser aprobado- simplemente tal silencio significa que el DNU no se encuentra anulado (o derogado, según el caso) y así continúa vigente en el tiempo. Como ocurre con cualquier ley".

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"Que el DNU no precisa ser aprobado se encuentra en la misma finalidad del instituto. La omisión del Congreso (por falta de número, por estrategia política, por insensibilidad, etc, etc) de afrontar la situación fáctica justificante del DNU, exige esta medida de excepción. Si la misma quedase sometida a una aprobación expresa del Congreso estaríamos borrando con el codo lo escrito con la mano: el silencio del Congreso justifica el DNU, y ese silencio, a la vez, tira abajo al DNU, como el perro que se muerde la cola", argumentó el jurista, ex convencional constituyente, en un artículo publicado hace pocos días en Infobae.

Contrarreloj

La segunda reunión informativa del plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Peticiones, Poderes y Reglamento, que preside el santafesino Nicolás Mayoraz (La Libertad Avanza) se desarrollará este miércoles desde las 17, en tanto que el 30 de octubre se desarrollaría el último encuentro con la expectativa de dictaminar.

Este cronograma se estableció en la moción de emplazamiento que se aprobó en el epílogo de la última sesión especial luego de que el oficialismo y sus aliados tuvieran éxito en el blindaje del veto a la ley de Financiamiento universitario.

El santafesino Nicolás Mayoraz (La Libertad Avanza), presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales y Peticiones, Poderes y Reglamento. Crédito: HCDN

Al respecto, el presidente de la Nación, Javier Milei, ya adelantó un horizonte de conflicto, al señalar que si sale una ley, él la vetará, por considerar que detrás de esta movida hay un intento de "golpe de Estado". Con lo cual, el escenario en las Cámaras reeditaría el que se dio precisamente, aunque con distinto trámite y resultados, en el caso de las Universidades, las jubilaciones y los gastos de la SIDE: la exposición de argumentos y la conformación de fuerzas para rechazar o impedir que sea rechazado el nuevo veto.

Pero por lo pronto, la estrategia del oficialismo será la de intentar ganar tiempo y evitar que esa reforma se vote este año en el recinto, donde el Gobierno afrontaría a una derrota segura dado que la oposición tiene garantizada la mayoría de las voluntades.

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Giros

Son varios los proyectos en danza y fueron presentados por fuerzas políticas de las más variadas, pero tienen una raíz común: buscan invertir la lógica de la ley 26.122/2006, por la cual un decreto, para ser derogado por el Congreso, debe ser rechazado por ambas cámaras legislativas. La idea es que alcance con el rechazo de una sola cámara para dejar sin efecto el decreto, y además se apunta a poner un plazo perentorio de vigencia del DNU después del cual pierde vigencia.

Quienes motorizan este debate entienden que el mandatario liberal, más que presidentes anteriores, está haciendo "uso y abuso" de la capacidad que le dio la reforma del ´94 de emitir leyes mediante decretos, cuando en la mayoría de los casos no hay razones de necesidad y urgencia que lo justifiquen.

Barra hablará en un plenario de comisiones. El procurador del Tesoro ya adelantó su postura y la base de su argumentación: "El DNU es vigente desde su publicación, sin necesidad de ninguna actuación aprobatoria por el Congreso". Crédito: Gobierno de la Nación

La utilización de este instrumento tiene como base que el oficialismo se encuentra en absoluta minoría en ambas cámaras del Congreso, con apenas 39 diputados y seis senadores, lo que explica las serias dificultades para la sanción de leyes propias.

El debate no es menor porque se busca poner en crisis un régimen que se instaló hace 18 años, cuando se aprobó la ley 26.122 a instancias de la entonces senadora Cristina Kirchner, quien buscaba consagrar un mecanismo cerrojo para evitar que la oposición al gobierno de Néstor Kirchner pudiera voltear los DNU.

Justamente, la completa novedad es el reposicionamiento del kirchnerismo, que durante décadas -mientras estuvo en el poder- se opuso a modificar el régimen instituto de los DNU, y ahora sí se muestra dispuesto a hacerlo.

De manera simétrica, el otro bloque que modificó su postura en la actual coyuntura es el PRO, que lideraba las embestidas contra el mecanismo durante el gobierno de Cristina Kirchner, y años después con Alberto Fernández.

En el primer plenario de comisiones, la secretaria parlamentaria del bloque, Silvana Giudici, argumentó que en ese momento, la coordinación con otros sectores de la oposición tenía sentido porque de lo que se trataba era de frenar la "tiranía de las mayorías" kirchnerista que "había convertido al Congreso en una escribanía" en la que "nada se podía debatir".

Giudici se preguntó por qué razón después de 18 años en que el kirchnerismo "rechazó" sistemáticamente abrir el debate sobre los DNU habría que reflotarlo ahora y "caerle con todo el peso de las antiguas mayorías" al actual Gobierno para "intentar recortar el cambio".

Qué dicen los proyectos

Una de las iniciativas es la que tiene como autor al diputado de Encuentro Federal Oscar Agost Carreño, que establece un plazo de 60 días para que la comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo (cuya integración de ampliaría de 16 a 24 miembros) dictamine sobre la aprobación, rechazo o modificación de los decretos.

Si vence dicho plazo sin que la bicameral haya emitido dictamen, las cámaras legislativas podrán tratar el decreto de forma expresa dentro de los tres días hábiles. Pasado este lapso, con todos los plazos vencidos, caducará la vigencia del decreto.

El proyecto de ley de Fernando Carbajal, Carla Carrizo y Danya Tavela es similar pero incorpora un plazo adicional de 15 días (es decir, hasta 75 días en total) si una de las cámaras aprueba el DNU en cuestión para que la otra lo trate antes de perder vigencia.

Imagen ilustrativa. Crédito: HCDN

En tanto, la iniciativa de Margarita Stolbizer prevé que el dictamen de la bicameral sea incorporado como primer punto del orden del día de la primera sesión que se convoque. En caso de que no hubiera dictamen de comisión, las cámaras deberán tratar de oficio en el plenario. En total, el proyecto estipula un plazo de 90 días de vigencia del decreto.

El proyecto de los massistas Mónica Litza y Ramiro Gutiérrez es el más restrictivo desde el punto de vista de la vigencia de los decretos ya que prevé un plazo de apenas 30 días para que ambas cámaras lo aprueben; caso contrario, el decreto caduca.

La Coalición Cívica también tiene su propio proyecto, que a diferencia de los anteriores, no propone un plazo luego del cual los decretos pierden vigencia, aunque sí coincide con aquellos en el hecho de que basta con el rechazo de una de las dos cámaras para que los DNU queden sin efecto.

Además, también deposita en la voluntad de los legisladores la opción de modificar parcialmente los decretos, al suprimir partes del texto emitido por el Poder Ejecutivo.

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