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POLÍTICA

Cargos hereditarios

Rige en Santa Fe la prohibición de designación "preferencial" por familiar para el sector público

Este jueves 20 de marzo se promulgó la ley n°14397 que fue aprobada por la Legislatura a fines de febrero. El proyecto fue impulsado por un sector del oficialismo que consiguió respaldo en el Senado en las Extraordinarias.

Rige en Santa Fe la prohibición de designación "preferencial" por familiar para el sector públicoRige en Santa Fe la prohibición de designación "preferencial" por familiar para el sector público

Jueves 20.3.2025
 13:11
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Gonzalo Zentner
Por: 
Gonzalo Zentner
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A menos de un mes de su aprobación, el gobierno de Santa Fe promulgó la ley que prohíbe la designación preferencial a integrantes del grupo familiar primario en el sector público.

La normativa salió publicada este jueves 20 de marzo como decreto (0481/2025), que lleva la firma del gobernador Maximiliano Pullaro y el ministro de Gobierno e Innovación Pública, Fabián Bastia.

“Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar”, dice de forma clara y precisa el decreto.

La ley apunta a familiares de empleados que hayan fallecido o jubilado. La imagen es sólo ilustrativa.

Qué dice la norma

Al repasar el articulado de la ley aprobada se puede conocer en detalle a dónde apunta la medida, que fue impulsada por la diputada provincial del PRO, Ximena Sola.

“Prohíbase en todos los órganos y entes que integran el Sector Público Provincial no financiero, de acuerdo a las previsiones del artículo 4º de la Ley N° 12.510 y sus modificatorias, la designación preferencial en cargos y empleos a integrantes del grupo familiar primario de los trabajadores que hayan fallecido o que se acojan al beneficio de la jubilación”, dice el artículo 1°.

Asimismo, en el segundo artículo se avanza: “Prohíbase la homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de todo convenio en que intervengan las entidades detalladas en el artículo 1º de la presente, hasta que sus estatutos o normas internas se adecúen a lo establecido en el artículo 2”.

Y por último, la norma aprobada a fines de febrero y promulgada este jueves, invita a Municipios y Comunas de la provincia a adherirse a lo anteriormente explicado en el Art. 1 o “a dictar disposiciones similares en sus respectivos ámbitos”, según consta.

Voces

Al momento de presentar el proyecto, la legisladora del PRO manifestó en sus redes sociales: “Es momento de eliminar estos privilegios, sancionar a quienes avalen normativas que vulneren esta prohibición y evitar la homologación de convenios colectivos que contengan estas prerrogativas típicas de la casta”.

Mientras que el día de la aprobación definitiva del proyecto, la diputada Sola expresó: “Hoy dimos un paso clave y saldamos una deuda de la política con la transparencia: basta de heredar cargos por lazos familiares en la administración pública en caso de fallecimiento o jubilación”.

Ximena Sola (PRO) es la autora de la norma. Foto: Pablo Aguirre

Por su parte, el senador por San Cristóbal, Felipe Michlig, afirmó en la sesión donde se aprobó la ley que "este proyecto representa un paso significativo hacia una administración pública más justa y transparente".

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