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POLÍTICA

Bullrich se comunicó con familiares

El nuevo Código Penal que impulsa el gobierno nacional baja la edad de imputabilidad

En medio de las reacciones por el homicidio de Jeremías Monzón, se reabrió el debate sobre el régimen para los menores. El tema tuvo dictamen el año pasado, pero no llegó al recinto. Cuál es la situación actual y qué dice el proyecto de reforma.

El nuevo Código Penal que impulsa el gobierno nacional baja la edad de imputabilidadEl nuevo Código Penal que impulsa el gobierno nacional baja la edad de imputabilidad

Viernes 23.1.2026
 13:50
Emerio Agretti
Emerio Agretti

El brutal asesinato de Jeremías Monzón en Santo Tomé, y sobre todo a partir de la difusión de imágenes en video, reinstaló a nivel nacional el debate sobre la edad de imputabilidad. El tema se discutió el año pasado y tuvo dictamen, y ahora forma parte del proyecto de nuevo Código Penal.

El año pasado obtuvo dictamen en comisión de Diputados un proyecto para bajar la edad de imputabilidad, pero no llegó al recinto.

El intendente de Santo Tomé, Miguel Weiss Ackerley, sumó su voz a las repercusiones políticas del caso y la discusión sobre el régimen penal para los menores, sobre lo que en horas previas se habían pronunciado el gobernador Maximiliano Pullaro y la senadora nacional Patricia Bullrich.

“Necesitamos que el Congreso baje la edad de imputabilidad. Hoy hay dos asesinos de 14 años sueltos, porque una ley injusta así lo establece”, publicó Weiss Ackerley en su cuenta de X. Y añadió: “No puede volver a pasar. Acompañemos. Apoyemos. Esto tiene que ser una causa de todos”.

“Y también tiene que serlo el no seguir compartiendo el video. Cada reenviado vuelve a dañar a su familia”, añadió, en consonancia con el pedido de la familia de la víctima.

El intendente de Santo Tomé pidió que no se siga compartiendo el video. Foto: Flavio Raina

Debate 2025

En cuanto a la baja en la edad de imputabilidad, se trató el año pasado en comisiones de la Cámara de Diputados de la Nación y obtuvo un dictamen favorable, sobre la base de distintos proyectos previos. Pero no llegó al recinto.

El debate se había acelerado después de varios hechos de inseguridad que protagonizaron menores de edad. El más impactante fue el caso de Kim Gómez, de 7 años, que fue asesinada por dos delincuentes de 14 y 17 años, que le habían robado el auto a la mamá de la niña y la arrastraron varias cuadras.

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Bullrich, impulsora de la iniciativa por entonces en su condición de ministra de Seguridad, insistirá ahora como senadora, tras haberse comuncado con familiares de Jeremías, mediante una gestión impulsada a través del Concejo de Santo Tomé y la diputada nacional Valentina Ravera (LLA).

“Jeremías tenía 15 años. Fue torturado y asesinado por menores que se filmaron haciéndolo. Hoy, dos de ellos están libres”, resumió, y recordó que “la Ley Penal Juvenil estuvo frenada en el viejo Congreso porque algunos eligieron que no avanzara”, en alusión al kirchnerismo y los bloques de izquierda.

Bullrich describió un escenario de “menores que cometen los peores delitos y salen impunes. Sin pena ni consecuencias, creen que tienen libertad para delinquir”, ante lo cual aseguró que “en este nuevo Congreso, la ley debe salir. La edad no puede ser excusa”.

Oportunidades y conductas

Durante una ronda de prensa, Pullaro reiteró conceptos que ya había expuesto anteriormente tanto en el Congreso Nacional como en entrevistas, subrayando que “el juzgamiento o la pena tiene que ver principalmente con el delito cometido y no con la edad de quien comete ese tipo de delito”.

El gobernador fundamentó su postura en la experiencia adquirida durante su gestión como ministro de Seguridad entre 2015 y 2019, y en los hechos violentos que ha debido enfrentar desde que asumió la gobernación. En tal sentido, ya había hecho hincapié en que la marginalidad, la pobreza o la vulnerabilidad no deben amparar la comisión de delitos extremos.

“Hay un montón de personas que no tuvieron oportunidades y no cometen ese tipo de hechos delictivos. Hay una multiplicidad de factores para que algunas personas tengan estos niveles de violencia extrema, pero no es solo la ruptura del tejido social, sino hasta cuestiones que suceden dentro de las familias”, manifestó entonces el gobernador.

El gobernador santafesino Maximiliano Pullaro y Patricia Bullrich, ministra de Seguridad de la Nación.

El mandatario también remarcó en otras oportunidades la necesidad de acompañar las políticas de mano dura con programas sociales y de inclusión, como el plan “Nueva Oportunidad”, que busca brindar contención y futuro a miles de jóvenes en situación de vulnerabilidad.

De la ley al Código

La postura del gobernador de Santa Fe coincide con el principio que comenzó a impulsarse desde el Gobierno nacional, que plantea la modificación del Código Penal para que los menores que cometan delitos adjudicados a adultos sean juzgados bajo las mismas normas.

Cabe recordar que la aprobación de la Ley Penal Juvenil fue pedida el año pasado por el presidente Javier Milei en la apertura de sesiones ordinarias.

El proyecto dictaminado planteaba bajar de 16 a 14 años la edad a partir de la cual se puede juzgar a un menor, aunque estableciendo una pena máxima de 15 años y solo para delitos graves.

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La iniciativa en cuestión buscaba dar prioridad a las penas alternativas, como la aplicación de tareas comunitarias, prohibiciones de aproximación con las víctimas o medidas de reparación del daño causado.

En ese entonces, la propuesta obtuvo 77 firmas (necesitaba 73 como mínimo) de los diputados del PRO, La Libertad Avanza, la UCR, la Coalición Cívica, Innovación Federal y Democracia para Siempre.

Ahora fue incluido el tema en el marco de una profunda reforma del Código Penal que se proponía tratar el Gobierno en extraordinarias, pero si bien el proyecto figuró en el primer pedido hecho en diciembre pasado, no figuró en el temario de febrero.

El régimen actual

En la actualidad, si una persona menor de 16 años comete un delito, no puede ser juzgada ni condenada penalmente. La Ley 22.278 (cuya derogación propicia el proyecto de nuevo Código) establece que “no es punible el menor que no haya cumplido 16 años de edad”.

Esto significa que no puede ser procesado ni recibir una pena, aunque haya cometido un hecho tipificado como delito. En estos casos, la causa queda a cargo de un juzgado de menores, que actúa desde una lógica tutelar.

Sin embargo, el juez puede aplicar medidas de protección previstas en el Decreto-Ley 10.067/83, entre ellas, “la internación del menor en establecimientos adecuados”, además de la supervisión familiar o asistencia médica o psicológica.

En la práctica, esto puede derivar en que menores de 16 años sean alojados en institutos, a pesar de no haber sido condenados, lo que genera tensiones jurídicas ya que implica una privación de la libertad sin proceso penal previo.

Por lo tanto, aunque el régimen actual, en lo formal, impide sancionar penalmente a menores de 16 años, sí habilita intervenciones judiciales que pueden traducirse en restricciones a su libertad.

En el caso de los adolescentes de entre 16 y 18 años, con el régimen actual son imputables si el delito que cometieron tiene una pena superior a los 2 años de prisión. En estos casos, pueden ser juzgados, condenados y, si corresponde, cumplir penas privativas de libertad aún antes de cumplir los 18 años.

El dictamen

El proyecto dictaminado en 2025 establecía que un adolescente puede ser imputado penalmente desde los 14 años. Cuando sea condenado por un delito que contempla penas de hasta 3 años, no habrá prisión efectiva, es decir, no irá preso.

Por otro lado, según el dictamen de comisión, cuando la pena supere los 3 años y sea de hasta 10 años, el juez podrá reemplazar la prisión por penas alternativas -como la asistencia a programas educativos, la realización de tareas comunitarias o la libertad asistida-, siempre que no haya muerte, violencia grave ni antecedentes del imputado.

Este proyecto prohíbe expresamente la prisión perpetua para adolescentes. El artículo 19 indica: “Queda prohibida la imposición de las penas privativas de la libertad de reclusión perpetua y de prisión perpetua”. Además, fija un máximo de 15 años de condena para adolescentes.

Opiniones en contra

La baja en la edad de imputabilidad es rechazada por distintas instituciones. UNICEF indicó que en la Argentina la reforma del sistema de Justicia Penal Juvenil “no requiere bajar la edad de punibilidad”, una medida que podría interpretarse como un retroceso en materia de derechos humanos.

La organización destaca la necesidad de encontrar un abordaje para la justicia juvenil que respete los derechos consagrados en los tratados internacionales incorporados a la Constitución Argentina, señalando que experiencias internacionales han demostrado que disminuir la edad de punibilidad no ha resultado una medida efectiva para combatir la inseguridad.

La Red Internacional de los Derechos del Niño (CRIN – “Child Rights International Network”) señaló en un informe que algunos países, tras reducir la edad mínima de responsabilidad penal, decidieron revertir esta decisión tras la crítica por parte de organismos como el Comité de los Derechos del Niño en sus Observaciones finales y en el Examen Periódico Universal.

En el marco de la discusión del año pasado, el obispo Dante Braida, titular de la Pastoral Social de la Iglesia Católica sumó la voz de la institución en contra de la baja de edad imputabilidad: “Poner en situación de encierro a un chico no soluciona el problema de raíz”, dijo.

En un solo proyecto

En tanto, y tal como se apuntó, el gobierno nacional modificó este año la estrategia para abordar la cuestión y prevé insistir con la baja de la edad de imputabilidad dentro del nuevo Código Penal, en un solo proyecto amplio que se enviará al Congreso cuando comiencen las sesiones ordinarias.

El grupo que se encargó de la redacción fue creado a principios del 2024 y estuvo integrado por figuras como el juez de la Cámara Federal de Casación Penal, Mariano Borinsky, y el abogado Jorge Boumpadre, que lo encabezó.

“Hay todo un régimen penal juvenil, que incluye no solamente la baja de la edad, sino también cuestiones de políticas de Estado, de inserción y asistencia social, tratamiento terapéutico, etcétera. Es decir, son un montón de herramientas para pensar qué hacer con un chico que delinque”, explicó uno de los autores de la propuesta.

Milei presentó el nuevo Código Penal junto a Bullrich en el penal de Ezeiza. Archivo El Litoral

Por lo demás, la reforma penal que incluiría esta modificación es un intento integral de modernizar el régimen actual, incorporando algunos delitos nuevos y endureciendo las penas para otros existentes.

El nuevo Código

La junta entregó una primera versión ese año que tenía un total de 540 artículos, pero luego se siguió trabajando y esa cifra se amplió considerablemente, hasta llegar a 912.

El proyecto, con el que ahora se va a insistir, contempla cambios importantes sobre algunos aspectos vinculados a la corrupción, el terrorismo y el endurecimiento de las sentencias.

Entre otros aspectos, la propuesta más reciente propone no solo mantener la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, sino también sumar otros delitos como homicidio simple y agravado, abuso sexual, grooming, financiación, pornografía infantil, corrupción de menores, trata de personas, terrorismo, financiamiento del terrorismo, tráfico de estupefacientes, entre otros.

Asimismo, se conservan algunas leyes sancionadas en el último tiempo, como la de Interrupción Voluntaria del Embarazo y, aunque fue un tema que generó fuerte discusión dentro del Gobierno, por el momento se sostenían los agravantes cuando los delitos son cometidos en contextos de discriminación por razones de género, identidad u orientación sexual.

Entre los nuevos delitos que aparecen, está el de los motochorros, que se redactó de manera más clara para que no haya grises; la criminalidad ambiental, sumando la contaminación, y se perfeccionó la figura del financiamiento del terrorismo.

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