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Hubo rechazos y abstenciones en Diputados

Reforma a la reforma del Código Procesal Penal: para el uso más eficiente de recursos policiales y judiciales

Votación dividida sobre cambios en un artículo del Código de Procedimientos. Disponen que la audiencia de control de legalidad de una detención se realice a pedido de las partes y deje de ser paso obligatorio. La palabra final en manos del Senado.

Reforma a la reforma del Código Procesal Penal: para el uso más eficiente de recursos policiales y judicialesReforma a la reforma del Código Procesal Penal: para el uso más eficiente de recursos policiales y judiciales

Martes 28.5.2024
 6:00hs
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Actualizado al Martes 28.5.2024 9:52hs
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Mario Cáffaro
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Mario Cáffaro
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Política.

La Cámara de Diputados votó una enmienda al recientemente reformado artículo 214 del Código Procesal Penal "para optimizar el uso de recursos humanos, respetar los principios constitucionales y mejorar el sistema de justicia" según afirmó el radical Martín Rosúa, autor de la iniciativa que llegó al recinto con el despacho de la Comisión de Asuntos Constitucionales.

No obstante, los tres diputados de bloque Frente Amplio por la Soberanía votaron en contra y seis diputados justicialistas se abstuvieron de acompañar la iniciativa que tuvo 31 votos positivos.

El artículo 214 refiere a la detención que ordena un fiscal contra un imputado "respecto del cual estimara que los elementos reunidos en la investigación penal preparatoria autorizaran a celebrar la audiencia prevista en el artículo 274, siempre que se trate de delitos reprimidos con pena privativa de libertad y pudiera existir riesgo de fuga o de entorpecimiento probatorio".

La reforma al Código Procesal Penal votada en marzo a instancias del Poder Ejecutivo determinó que "en todos los casos dentro de las 24 horas desde el Inicio de la privación de la libertad, el imputado deberá ser llevado ante los estrados judiciales, a fin de que el Tribunal controle sumariamente la legalidad de la detención". Sobre este párrafo se discutió la reforma para determinar que esa audiencia se hará "en todos los casos que medie pedido del imputado o su defensa" para lo cual "aquel deberá ser llevado ante los estrados judiciales a fin de que el Tribunal controle sumariamente la legalidad de la detención, lo que deberá realizarse dentro de las 24 horas desde la formulación del pedido de control".

El propio Rosúa había anticipado en marzo cuando Diputados sancionaba la reforma que iba a presentar esta modificación, no introducida en ese momento para evitar que se demorara la sanción.

A la hora de fundamentar el proyecto, el legislador rosarino insistió mucho en hacer un uso más eficiente de los recursos de la justicia y de las fuerzas policiales pero respetando las garantías constitucionales. Destacó que en 96 horas, un detenido es llevado dos veces ante un juez y en la primera audiencia es entre dos a cuatro minutos y se carece de litigio. "No eliminamos la instancia y se puede realizar a pedido de las partes", aclaró. Es que para realizar esa audiencia un móvil policial debe trasladar al detenido al edificio de Tribunales para comparecer ante el juez y ser llevado nuevamente al lugar de detención. "En lugar de estar afectado al control de calle, un móvil policial está afectado a llevar y traer detenidos" acotó el radical.

"De las críticas al artículo se destaca el problema en la organización de un aumento exorbitante en el número de audiencias de trámite de cumplimiento obligatorio, pero que ocuparán gran parte del cronograma diario realizado por la Oficina de Gestión Judicial, dinamitando así la agenda diaria del sistema. Ello también traería aparejado diversos inconvenientes, por ejemplo, sacar una cantidad considerable de patrulleros de sus funciones habituales, con la sola finalidad de trasladar detenidos desde sus lugares de detención hasta el Centro de Justicia Penal, y luego desde este último nuevamente hacia sus lugares de detención. Asimismo, es dable destacar que ni el Ministerio Público de la Acusación, ni el Servicio Público de la Defensa, ni las fuerzas policiales asignadas, tienen los recursos materiales ni humanos para hacer frente a ese incremento exponencial de audiencias diarias", señaló el autor.

Antes, Fabián Palo Oliver había expresado el rechazo de los tres integrantes de su bancada recordando que el Frente Amplio por la Soberanía había rechazado la reforma al Código por entender que era "una contrarreforma". El proyecto de reforma también había tenido cuestionamientos de la Defensora General, Estrella Moreno Robinson quien fue citada a exponer esas diferencias por la Comisión de Derechos y Garantías. "Se lesiona el debido proceso", advirtió Palo Oliver a la hora de rechazar el proyecto.

En tanto, el justicialista Marcos Corach recordó lo ocurrido en la sesión de debate de la reforma cuando discutió con el radical José Corral ante la decisión de aprobar en forma rápida los cambios. "Se votó rápido, pero ¿bien? se preguntó el rafaelino para pedir la abstención a la hora de votarse el proyecto ahora girado al Senado para su revisión.

Con la reforma vigente al Código Procesal Penal, entre otras cosas, se amplió al 96 horas el plazo de detención de un imputado y el fiscal podrá fundamentar ante el juez un plazo similar para continuar con la investigación.

Pliegos

El actual Poder Ejecutivo remitió los primeros pliegos para ocupar cargos vacantes en el Poder Judicial y en este caso se trata de seis futuros cargos de fiscales respetando el concurso realizado por el gobierno anterior. Los pliegos remitidos para su aval legislativo son los de Patricio Saldutti y Alejandro Ferlazzo como fiscales titulares en la circunscripción judicial II con asiento en Rosario. Para el mismo distrito, el Ejecutivo propuso como fiscales adjuntos a Bárbara Glinkman, Agustina Eiris, Brenda Debiasi y Paul Barros.

En tanto, en Casa Gris se considera inminente la firma por parte del gobernador Maximiliano Pullaro del decreto de nuevo funcionamiento y reglamento del Consejo de la Magistratura y tras esa decisión le seguirá la convocatoria a la cobertura de algunas de las vacantes en el Poder Judicial.

Otra reforma es ley

Uno de los últimos mensajes del Poder Ejecutivo presentados en diciembre a poco de asumir Maximiliano Pullaro, se convirtió en ley el pasado jueves. Es el que dispone la reforma parcial a la Ley Orgánica del Poder Judicial -Ley 10.060- y al Código Procesal Civil y Comercial.

Por unanimidad, la Cámara de Diputados aceptó las reformas introducidas por el Senado a un tema que el Ejecutivo comenzó por la Cámara Baja. Así los juzgados Colegiados de Familia y Extracontractual pasarán a ser unipersonales yen varias ciudades del interior de la provincia los actuales juzgados de Circuito pasará a ser de fuero pleno. Los Juzgados de Circuito de Rosario y Santa Fe pasarán a ser de Distrito mientras que los juicios iniciados en los Colegiados de Familia y Extracontractual seguirán a cargo del juez de trámite.

Al presentar la reforma, el Poder Ejecutivo explicó que el objetivo central es lograr un Poder Judicial efectivo en el cumplimiento de sus funciones, dotándolo de herramientas eficientes para resolver los conflictos jurisdiccionales. Se explicó la reforma, ahora ley, implica un cambio sustantivo en el procedimiento y trámite de las causas que se susciten por las cuestiones relativas al fuero de Familia y de Responsabilidad Extracontractual pasando de juzgados colegiados a unipersonales. También dota a la justicia de Distrito Civil y Comercial, de mayor dinámica y agilidad procesal, incorporando los nuevos Juzgados de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial y creando nuevas Salas, en la Circunscripción 1ª y Circunscripción 2ª de las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial.

Gran parte de los cambios están fundamentados en las estadísticas propias del Poder Judicial.

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