Emiliano Arri tenía 39 años y falleció la madrugada del domingo 24 de septiembre de 2017, luego de que un grupo de patovicas intentara retirarlo por la fuerza del boliche On-Club de la ciudad de Gálvez. El 22 de febrero pasado condenaron a 9 años de prisión a uno de los acusados por el homicidio y absolvieron a otros tres.
El tribunal compuesto por los jueces Sergio Carraro -presidente-, Octavio Silva y Gabriel Candioti, dio a conocer sus fundamentos el 3 de marzo, en los que consideró que Juan Pablo Rivero (42) cuando aplicó las distintas maniobras para reducir a Arri "asumió los riesgos y confianza en su destreza hasta las últimas consecuencias, sin reposar que con ello culminaría en definitiva con la muerte de su oponente".
No obstante, respecto de los acusados Juan Pablo Ortiz (40), Claudio Sebastián Ojeda (41) y José Franco Carrizo (34), sostuvieron que "del material probatorio reunido, se vislumbra la existencia de actividades tendientes a reducir al mismo para intentar sacarlo del local, no esperando al respecto un resultado distinto en sus acciones".
Ellos "confiaron plenamente en las actitudes de Rivero para poder reducir a la víctima sin pensar siquiera en la posibilidad del resultado muerte", "imperando en favor de los mismos el principio rector del in dubio pro reo frente a la inexistencia de elementos que -los- incriminen".
El fiscal Martín Torres, a cargo de la investigación, imputó oportunamente a los cuatro hombres con distintos grados de participación, entendiendo que "se pusieron de acuerdo, fueron en conjunto a buscar a Emiliano, aguardaron su salida y arremetieron en su contra, Rivero lo tomaba por el cuello mientras los demás lo sostenían en las extremidades".
La teoría fiscal apuntaba a que una vez sujeto fue trasladado al sector de guardarropas mientras Arri intentaba escapar. Una vez allí, "Rivero aplicó presión en block cervical generando asfixia por compresión mecánica". Para Torres "quienes participaron del hecho, particularmente su autor, sabían lo que hacían".
La fiscalía pretendía que se condene a Rivero como autor de "homicidio simple", a Ortiz y Carrizo en carácter de partícipes principales y a Ojeda como partícipe secundario del crimen, y se les impusieran penas de 20, 11 y 6 años de prisión respectivamente. Sin embargo, el tribunal no dio por acreditados todos los supuestos de la acusación, y terminó sentenciando sólo a Rivero a 9 años de reclusión, considerando la existencia de un "dolo eventual".
Ortiz, Ojeda, Carrizo y Rivero fueron imputados junto a Cristian David Serrano (34), quien tendrá un juicio separado porque al momento del inicio del debate tenía una apelación pendiente. Los cinco permanecieron en prisión preventiva durante tres años, recuperando los primeros tres su libertad tras la absolución.
Archivo/Manuel Fabatía Juan Pablo Rivero (42) de camisa rosa y barbijo celeste, fue el único condenado por el homicidio.