Un empleado judicial santafesino fue condenado a siete años de prisión por haber violado a dos mujeres que eran sus parejas.
Se trata de Conrado Escudero, de 34 años, quien fue juzgado en un juicio oral y público. El tribunal lo halló responsable de “abuso sexual con acceso carnal” cometido contra dos de sus exnovias.

Un empleado judicial santafesino fue condenado a siete años de prisión por haber violado a dos mujeres que eran sus parejas.
Se trata de Conrado Escudero, de 34 años, quien fue condenado como autor de dos “abusos sexuales con acceso carnal”.
Así lo dispusieron por unanimidad los jueces Luis Octavio Silva y Pablo Ruiz Staiger y la jueza Rosana Carrara, en el marco de un juicio oral que finalizó esta mañana en los tribunales locales
El fiscal Matías Broggi estuvo a cargo de la investigación. Luego de conocer el veredicto, indicó que “estamos conformes con lo resuelto, no solo porque se dispuso la condena, sino también porque los tres jueces decidieron por unanimidad”.
De todos modos, el fiscal aclaró que “esperaremos los fundamentos de los magistrados para poder evaluar los pasos a seguir”.
Broggi sostuvo que “entre 2018 y junio de 2019, en reiteradas oportunidades, el condenado atentó contra la integridad sexual de una de las víctimas, quien por entonces era su pareja”, y aclaró que “los abusos ocurrieron en el departamento que convivían, ubicado en la ciudad de Santa Fe”.
“Escudero obligó a la víctima a tener relaciones sexuales sin consentimiento en diferentes situaciones”, aseguró el funcionario. En cuanto al contexto de lo sucedido, el fiscal señaló que “los abusos se enmarcaron en una relación de pareja que era sumamente abusiva, desigual y violenta que había comenzado en 2016”.
“En relación con la segunda víctima, los ataques se produjeron entre julio y diciembre de 2021, también en el domicilio en el que convivían”, destacó Broggi. El representante del MPA relató que “nuevamente, el condenado abusaba de la mujer que era por entonces su pareja y la obligaba a tener relaciones sexuales sin su consentimiento”.
“Además, en una oportunidad Escudero excedió los límites de consentimiento de la víctima al quitarse el profiláctico durante el acto sexual sin informar a la mujer”, puntualizó.
El fiscal explicó que “Escudero controlaba los teléfonos celulares, las redes sociales, la ropa que se ponían las mujeres y ejercía escenas de celos mientras las acusaba de engañarlo”. Al respecto, resaltó que “también agredía a las dos víctimas mediante zamarreos y empujones, y luego intercalaba promesas de que él cambiaría su forma de ser”.
En relación con las audiencias del juicio, Broggi valoró que “para acreditar la atribución delictiva presentamos pruebas contundentes: testimonios de las dos víctimas y de personas del entorno de ambas; informes de profesionales; mensajes que las víctimas y el condenado intercambiaron a través de redes sociales”.
Por otro lado, Broggi puntualizó que “desde la fiscalía solicitamos la prisión preventiva del condenado, pero el tribunal rechazó nuestra solicitud”, por lo que “hasta que el fallo adquiera firmeza, Escudero seguirá cumpliendo las medidas no privativas de la libertad con las que transitó la etapa previa al juicio”,
“Entre otras normas de conducta, tiene prohibido comunicarse y/o acercarse a 300 metros de las víctimas y salir del país”, informó el fiscal.




