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Aseguran que "el propio Estado propició la situación que atraviesa la nena"

Los Di Terlizzi defienden su derecho de adoptar

En diciembre, la Justicia desestimó la guarda de adopción de una menor a una familia santafesina. El matrimonio responsabiliza a la Subsecretaría de Niñez. Este lunes se movilizó hasta la sede del organismo.

Los Di Terlizzi defienden su derecho de adoptarLos Di Terlizzi defienden su derecho de adoptar

Lunes 17.2.2014
 22:21
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Movilizados. Esta mañana, el matrimonio Di Terlizzi y allegados a la familia se concentraron frente a la sede de la Subsecretaría de Niñez. Los Serra, que tiempo atrás pasaron por una situación parecida y consiguieron la adopción de M.J., les dieron su apoyo. Foto: Pablo Aguirre

Mónica Ritacca

mritacca@ellitoral.com

Sandra Istillarte y Rodolfo Di Terlizzi conforman el matrimonio santafesino que pretende la guarda preadoptiva de una nena de cinco años que se encuentra alojada en Casa Cuna desde los dos años y medio. El caso es similar al que protagonizó el matrimonio Serra-Bietti con la pequeña M.J., sobre la cual finalmente consiguió la adopción hace días.

Tal como se publicó ayer, el Tribunal Colegiado de Familia Nº 2 desestimó en diciembre la postulación de esta familia como posible adoptante de la menor, por lo que ahora el caso se encuentra en la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial. (Ver Argumentos judiciales).

Esta mañana, la pareja se movilizó hasta la Subsecretaría de Niñez de la provincia, relató a El Litoral su versión de los hechos y explicó por qué apelaron la sentencia. Sandra y Rodolfo responsabilizaron a ese organismo por la situación que le toca vivir a la niña y a ellos y se mostraron firmes en que no bajarán los brazos hasta lograr la adopción de “Solcito” -nombre ficticio con el que decidieron llamar a la niña en los medios de comunicación-.

“Cuando conocimos a Solcito llevábamos cuatro años como familia colaboradora de Casa Cuna. La nena tenía dos años y medio. En noviembre de 2012, nueve meses después de conocerla y debido al vínculo que creamos pero sobre todo por la necesidad de esa nena de recibir amor, pedimos la guarda preadoptiva”, manifestó Istillarte. Y agregó: “Como familia colaboradora, venía de viernes a domingos a nuestro domicilio y compartíamos muchas cosas. Nosotros tenemos dos hijos biológicos de 24 y 22 años, para quienes Solcito es su hermana”.

Uno de los motivos por el que se les negó la guarda es la existencia de una hermana melliza de la menor, quien en estos momentos vive con una familia solidaria, y la necesidad de una convivencia juntas. Al respecto, Istillarte recordó que “fue el propio Estado el que las separó cuando tenían 2 años y medio, ya que a una -por Solcito- la institucionalizó en Casa Cuna y a la otra la mandó con una familia solidaria”.

“Nosotros iniciamos los trámites de la guarda sabiendo de la existencia de la hermana melliza. Justamente para no hacer lo mismo que hizo el Estado con dos hermanas, de separar a esa nena de una familia con la que ya había establecido un vínculo, fue que solamente pedimos la guarda de Solcito. Ahora, con este argumento por el que se nos denegó nuestra solicitud, queremos a las dos niñas. De más está aclarar que estamos anotados en el Ruaga y siempre nos manejamos en la legalidad”, remarcó Sandra.

Responsabilizan al Estado

Cristian Allende, subsecretario de Niñez de la provincia, manifestó hoy en declaraciones radiales que en su momento la provincia hizo todo lo posible por alojar a las hermanas en un mismo techo pero no se encontró ninguna familia en condiciones de poder hacerlo.

Di Terlizzi dijo al respecto que, “al igual que en el caso M.J., el propio Estado fue el que con su inacción propició esto. Estuvo ausente cuando no debería haberlo estado y permitió que Solcito creara un vínculo con nosotros y nosotros con ella. La Subsecretaría de Niñez está completamente ausente y por esa razón hay chicos que se quedan por años en Casa Cuna”.

El segundo motivo por el que se desestimó a la familia Di Terlizzi para otorgarle la guarda de la menor es que la Subsecretaría de Niñez no pudo comprobar la existencia de un vínculo con la niña en las sesiones de Cámara Gesell. Sobre esto, Rodolfo refirió que “la nena fue presionada y por ello se mostró diferente ante personas que desconocía. En la Subsecretaría saben que el vínculo está y lo niegan. Se le hicieron preguntas sobre nosotros y no cuál era su deseo. La nena nos ve como sus padres y vamos a demostrar de mil formas que el vínculo existe”.

La nena se encuentra en Casa Cuna. Por orden de la Subsecretaría de Niñez, no ve a los Di Tilerzzi desde septiembre de 2013, cuando Istillarte fue separada de la vicedirección de Casa Cuna -cargo que ocupaba circunstancialmente por llevar años en la institución como colaboradora-, y el Estado empezó a ver de qué manera puede restablecer el vínculo entre las hermanas.


Argumentos judiciales

  • En diciembre de 2013 el Tribunal Colegiado de Familia desestimó la postulación de la familia reclamante, en su pretensión de obtener la guarda con fines adoptivos de la niña; esta sentencia fue apelada por el matrimonio demandante y su resolución se encuentra pendiente en la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial.
Entre los principales argumentos esgrimidos para determinar la desestimación, se valoró que la familia demandante, cuando fue consultada en entrevista judicial, manifestó su deseo de adoptar a sólo una de las hermanas, siendo esta postura contraria al interés superior de las niñas, para las cuales se anhela garantizar una futura convivencia juntas. Este criterio fue compartido y postulado en informes que suscriben profesionales de todos los organismos intervinientes.. En otro orden, se asegura que tampoco se pudo demostrar con contundencia en el proceso, según criterio judicial, la existencia de una vinculación entre la familia demandante y la niña que amerite obviar lo dictaminado respecto de la priorización de mantener el vínculo entre las hermanas mellizas, por un lado, y saltear el orden cronológico de inscripción en el Ruaga, por el otro. En ese sentido, se valoró lo informado por equipos interdisciplinarios y las conclusiones obtenidas tras la realización de dos sesiones de Cámara Gesell, de lo cual se desprende que, pese a existir “una vinculación, promovida y generada exclusivamente por los adultos, no llegó a provocar que la niña internalice un espacio de ‘hija’ en la familia del matrimonio” demandante. Por su parte, el Ministerio de Desarrollo Social de la provincia destacó que “no es competencia de la Subsecretaría de Niñez determinar quiénes se constituyen en adoptantes, sino que se limita a informar sobre cuestiones relacionadas a los niños que surgen de la intervención dirigida a preservar sus derechos”.

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