La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió, a través de la Resolución 1441/2024 y la Resolución 1440/2021 publicadas en el Boletín Oficial, el uso y comercialización de dos tipos de productos domisanitarios e higiene del hogar. Por un lado una marca de lavandina y por el otro una marca de destapa cañerías.

































