El legislador también objetó la interpretación del decreto provincial 9280, que exige un piso del 3 % del padrón para acceder a una banca legislativa, y el Tribunal Electoral santafesino consideró inaplicable, por haber sido fijado por un decreto del gobernador de facto Héctor Salvi en 1983, y quedado sin efecto tras la sanción de la legislación que instituyó las Paso. En base a eso consideró que la banca correspondía a Rubén Giustiniani. La Corte Suprema santafesina convalidó esta interpretación del Tribunal Electoral, pero la Cámara de Diputados la desconoció, manteniendo el criterio tradicional fijado por el decreto 9280, y le restituyó el escaño a Palo Oliver.